Prohibido circular sin etiqueta por la almendra central de Madrid: estas son las cámaras que multarán primero

Este 1 de enero ha entrado en vigor el área de circulación restringida más grande de la capital. Comienza Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) un espacio que incluye todo el interior de la almendra central de Madrid, toda la parte de la ciudad incluida en el perímetro que marca la M-30 y en la que tienen prohibida su circulación los coches sin etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), salvo algunas excepciones.

En concreto, la restricción afecta a aquellos vehículos que funcionan con gasolina matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel matriculados antes de 2006, que son los más contaminantes. Pero de esta medida están exentos todos los domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y que figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.

Esta zona de bajas emisiones se une a las ya existentes en Distrito Centro (antiguo Madrid Central), que cuenta con mayores restricciones de acceso -por allí tampoco pueden circular los vehículos con etiquetas B y C- y en Plaza Elíptica, que comenzó hace unos días. Todas parten de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada hace unos meses.

De momento no habrá multas aunque sí que llegarán notificaciones informativas a los vehículos infractores. El Ayuntamiento de Madrid ha previsto un periodo de aviso de dos meses, contados desde las 00:00 horas del día 1 de enero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de marzo de 2022, por el que los sistemas de control no impondrán las sanciones.

Por el momento serán 15 las cámaras que puedan multar a los vehículos infractores, aunque el área de Movilidad y Medio Ambiente prevé aumentar su número a lo largo de este año. Desde este sábado se utilizarán las existentes en los semáforos foto-rojo, que sancionan a los conductores que se saltan el disco rojo en determinados pasos de cebra. El siguiente mapa muestra su localización:

La ZBE irá restringiendo el acceso y circulación de forma progresiva a diferentes anillos territoriales hasta 2025 a determinados turismos con clasificación ambiental A, siguiendo estas directrices:

  • Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y circulación por la M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.