Segunda multa de 2.001 euros en Madrid por dejar una caja de cartón fuera del contenedor: “Es algo desproporcionado, no soy una delincuente”

Diego Casado

26 de septiembre de 2022 17:03 h

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El Ayuntamiento de Madrid está decidido a que desaparezcan las imágenes de contenedores a rebosar que cualquier ciudadano puede observar por las calles y que en ocasiones inundan las redes sociales. Y está utilizando la herramienta de las multas ejemplarizantes como una de sus armas para conseguirlo: el área de Medio Ambiente está aplicando sanciones de 2.001 euros a personas que dejaron una caja de cartón fuera del contenedor de reciclaje y que pudieron ser identificadas por las etiquetas de su nombre y dirección presentes en el embajale.

Es lo que le ocurrió a una vecina de Barajas hace unos días días. Recibió una multa con dicho importe en una notificación oficial del Ayuntamiento, por “abandonar una caja fuera del contenedor establecido para el desposito de cartón”, reza el formulario de la sanción al que ha tenido acceso ese periódico. Junto a los motivos, el Ayuntamiento de Madrid indica el importe que debe abonar la presunta infractora: 2.001 euros o 1.200,60 euros si decide acogerse al pronto pago, descartando cualquier posible reclamación. Los hechos a los que se refieren datan de hace más de cuatro meses.

“Es algo desproporciano, no soy una delincuente ni la Putin del medio ambiente”, lamenta la sancionada en conversación con Somos Madrid, mientras intenta recordar el motivo de la multa, ya que la denuncia del Ayuntamiento de Madrid no vino acompañada de ninguna imagen que atestiguara su infracción. Ella cree que el apercibimiento se refiere a la caja de una bicicleta estática que le regalaron sus hijos por el día de la madre, para que pudiera hacer el ejercicio que le recomendaban los médicos para casa. Recuerda que el embajale no cabía en el contenedor y lo pudo dejar fuera, apoyado. Meses después, le han llegado los 2.001 euros de multa.

La afectada no se explica “qué sentido tienen” la “brutal” cuantía de la sanción. Lleva una semana sin dormir por el agujero que va a hacer en su economía una multa por una situación que asegura que fue puntual. “Normalmente no compro nada por internet, para no acumular cartones e intentar evitar la deforestación”, indica con pena. Ella se resigna a abonar el importe de la sanción o a sustituirla con una prestación ambiental a la que tiene derecho. En el 010 le han dicho que puede pasar 40 horas limpiando las calles para compensarla. “No me multan por infractora, lo hacen porque se quedó una etiqueta con mi nombre en el cartón”, se queja la sancionada.

La multa de Barajas es la segunda que se conoce después de otra en Aravaca, publicada este lunes por el diario El País. Somos Madrid ha preguntado al área de Medio Ambiente cuántas sanciones de este tipo se han impuesto hasta la fecha, sin obtener hasta ahora respuesta. Sus fuentes indican que, en cualquier caso, los inspectores solo multan cuando el cartón se deposita fuera con el contenedor lleno. La ley, sin embargo, permitiría hacerlo también cuando se encuentra a rebosar, algo que los ciudadanos pueden observar con bastante frecuencia.

Una severa interpretación de una ley estatal

Las multas enviadas por el Ayuntamiento de Madrid remiten a una ley aprobada este año por el Gobierno nacional. Se trata de la LRESCO, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que tipifica como infración muy grave “el abandono, incluido el de basura dispersa, el vertido y la gestión incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente”.

No hay constancia de que ningún otro ayuntamiento esté aplicando multas tan cuantiosas a los ciudadanos que dejan una caja de cartón fuera del contenedor. En el mismo apartado de sanciones, el texto de la ley estatal sobre la que se apoya el consistorio indica que será leve “la comisión de alguna de las infracciones indicadas en los apartados anteriores cuando, por su escasa cuantía o entidad, no merezcan la calificación de muy graves o graves”. Y en su artículo 110, la legislación recuerda que “las administraciones públicas deberán guardar la debida adecuación entre la sanción y el hecho constitutivo de la infracción”.

Desde el área de Medio Ambiente defienden el importe de la sanción y recuerdan que la futura Ordenanza de Limpieza de Madrid se encuentra ahora en periodo de información pública, por lo que los ciudadanos pueden alegar qué cuantías les parecen excesivas. El propio alcalde de la ciudad, José Luis Martínez-Almeida, se ha mostrado “sorprendido” por lo elevado de la multa y ha explicado que deja a la tramitación de la nueva ordenanza los importes finales de las sanciones, sin indicar qué se hará con las que ya se han impuesto.

La oposición ha criticado que paguen “los vecinos” el problema de la suciedad en Madrid. “Almeida ha tenido tres años y medio para solucionar el problema y su principal aportación fue olvidarse de 260 zonas interbloques”, denuncia Rita Maestre, portavoz de Más Madrid. “Tres años después de noticias de ratas, de acumulaciones de basura comercial, el problema es de los vecinos. La gente tiene que ensuciar menos, pero sobre todo el Ayuntamiento tiene que limpiar más y tiene que limpiar mejor”, concluye.

La duda de recurrir o aceptar la pena para sustituirla

La sancionada en Barajas se encuentra estos días decidiendo qué hacer ante un importe de multa que considera excesivo: “Si me hubiera saltado un stop con un coche, poniendo en peligro la vida de las personas, hubiera tenido que pagar menos”, dice poniendo un ejemplo extremo, intentando visibilizar lo absurdo de la sanción.

Aunque cree que podría intentar recurrir la multa, ya que el Ayuntamiento no le ha mostrado ninguna imagen que pruebe su infracción, si lo hace perdería el derecho al descuento del 40%, que rebajaría en 800 euros el importe final. O a conmutar la pena por trabajos comunitarios, que en su caso podrían ser unas 40 horas de limpieza en las calles o unos cursos sobre este tema.

La última opción, a la que puede optar porque nunca antes había sido sancionada, presenta muchas incertidumbres ya que se encuentra cerca de la edad de jubilación y sufre bastantes complicaciones médicas que le impiden desarrollar trabajos físicos, como artrosis, hipertensión y una reciente operación abdominal, entre otras afecciones.

La decisión final de cuántas horas tendría que pasar limpiando las calles ni siquiera dependerá del Ayuntamiento de Madrid: una empresa privada, Aebia, se encarga de este tipo de conmutaciones a través de un contrato, según la información facilitada a la afectada por el consistorio. A través de ella le dirían si le sustituyen la pena y en qué horario, a través de jornadas de entre 4 y 8 horas diarias, hasta completar el periodo que consideren adecuado. También le indicaron en el Ayuntamiento que la sustitución por cursos está pensada para personas con graves discapacidades, como ceguera o estar postradas en sillas de ruedas.