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La Justicia ya tumbó una venta irregular de la fundación de la Iglesia que liquidó 14 edificios de una herencia

Portal del edificio ubicado en la calle Santa Teresa, en el barrio de Chueca. / Olmo Calvo

Sofía Pérez Mendoza

No es la primera vez que la sospecha de irregularidades sobrevuela a la fundación vinculada a la Iglesia que se deshizo durante los últimos meses de 14 edificios procedentes de una herencia y que tenían a 200 inquilinos en régimen de alquiler. Otra operación de venta de patrimonio llevada a cabo por la Fundación de Santamarca y San Ramón y San Antonio ya fue anulada en los tribunales tras una denuncia del Gobierno de Felipe González a finales de los años ochenta.

La entidad entonces estaba partida en dos. La mitad implicada, el Orfelinato de San Ramón y San Antonio, trató de enajenar unas acciones vinculadas a unas termas de Zaragoza –Termas Pallarés S.A– y que eran parte de la herencia. Lo hizo sin la necesaria autorización del Gobierno central por un precio “exiguo” y a través de un intermediario que las vendió semanas después a los hijos del secretario de la fundación, que fue apartado de los órganos rectores de la entidad. Esa operación, finalmente tumbada, habría supuesto un “perjuicio económico” para la fundación, según las palabras de la ministra de Asuntos Sociales del momento, Matilde Fernández, quien se vio obligada a responder en el Congreso de los Diputados sobre el caso. Al final, la enajenación de acciones terminó en el Audiencia Provincial de Madrid.

Aquella sentencia, fechada en 1997, puede servir como base en el futuro pleito que algunos inquilinos de los edificios recién enajenados pretenden plantear contra la fundación. Doscientas personas siguen viviendo en los inmuebles y sus rentas de alquiler han servido durante los últimos años para dar cumplimiento a los fines fundacionales: mantener en funcionamiento dos residencias que acogen a niños vulnerables.

En la venta de acciones de los años ochenta, el Gobierno de Felipe González intervino directamente. La ley de fundaciones estatal regía para esta entidad en aquel momento porque tenía bienes en varias comunidades autónomas. Esta norma establece que todas las operaciones de enajenación de patrimonio deben contar con una autorización previa del Protectorado de Fundaciones.

La venta de 14 inmuebles en Madrid, sin embargo, se rige por la ley autonómica, posterior y más laxa. Como regla general solo exige una comunicación al Registro, pero no el permiso para vender patrimonio. Pero el criterio de una registradora de la propiedad, que ha suspendido la inscripción de uno de los inmuebles, podría obligarles a necesitar una autorización.

La especialista pide a los participantes en la operación en un documento al que ha tenido acceso eldiario.es que especifiquen si “los bienes enajenados son o no dotacionales” porque, si lo son, el Protectorado debe autorizar la venta. En este caso, la fundación fue constituida sobre la herencia de estos 14 inmuebles y el beneficio que se extrae de ellos está dirigido a los fines fundacionales.

Con este precedente, los afectados por la venta de 2019, que liquidó bienes valorados en 54 millones de euros, llevarán a la fundación ante los tribunales en las próximas semanas. Mientras tanto, el proceso de venta continúa en suspenso. Otro registrador de la propiedad ha llamado la atención sobre un bloque comprado que tiene como carga añadida el pago vitalicio de las pensiones a dos personas, según la documentación a la que ha tenido acceso eldiario.es. Hace dos semanas, el Registro de la Propiedad constató irregularidades en otros cinco edificios: la operación se hizo a espaldas de la Comunidad de Madrid, en ella no constan todas las firmas y que la persona que ejerció poderes en la venta no los tenía.

La justicia dictó en 1997 que, más allá de las irregularidades en el precio, en el proceso y en los permisos, la fundación tiene limitaciones para llevar a cabo sus operaciones y que solo pueden alcanzar a los “bienes no amortizados”. “La facultad particular [de venta], concebida para un momento muy concreto, no puede ser extendida para inferir de ella plena capacidad de disposición y en todo momento de los bienes de la fundación”.

En principio todos esos bienes están amortizados y dan beneficios. La entidad obtuvo 2,8 millones de euros en 2018 por estos alquileres, aunque solo dedicó 323.500 a los orfelinatos, la razón de su existencia. Pese a ello, la fundación argumenta que los pisos se han vendido para poder mantener estas instituciones y ante la imposibilidad de acometer en los inmuebles reformas que necesitan. Estos ingresos se emplean también, según la fundación, en los dos colegios concertados gestionados por la entidad y que funcionan en régimen de concierto. Es decir, que reciben dinero público por cada alumno.

Los estatutos de Fusara, además, incluyen entre sus patronos a dos instituciones más de las que no hay ni rastro en el Patronato actual que votó la venta y que equilibrarían la balanza a la cuota civil con la religiosa: el consejero de Políticas Sociales de la Comunidad de Madrid y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Fuentes del Gobierno regional aseguran que no han tenido contacto con esta fundación nunca y justifican que la operación se aprobó “con el anterior gobierno”.

Hay más concomitancias del caso de los años ochenta con el actual. Aquel patronato estaba presidido igualmente por el Arzobispo de Madrid, que en aquel momento era Antonio María Rouco Varela. Las explicaciones sobre la operación y su aprobación en el órgano de Gobierno se camufló dos veces en el orden del día: primero en el turno de ruegos y preguntas, y después con un título genérico que hacía imposible saber de qué se trataba. El alcalde de Madrid, Agustín Rodríguez Sahagún (UCD), protestó pero terminó ratificando el acuerdo, según recoge la sentencia. En la reunión solo estuvieron, además de él, e l arzobispo, un cura, y el secretario de la fundación, en cuyas manos acabarían las acciones antes de que la Justicia anulase la venta. La Delegación del Gobierno no acudió, como ha pasado en 2019.

La ministra Matilde Fernández explicó ante los diputados en octubre de 1992 que el Gobierno había intentado deshacer la venta sin recurrir a la Justicia pero la fundación se opuso. “ Como este proceso no ha tenido éxito, se ha continuado el proceso jurídico que está ya ante el magistrado juez de Primera Instancia número 7 de la capital de Madrid”, avanzó Fernández.

La fundación cerró la operación de venta de 2.470 acciones de las termas (el 8% del capital social de la empresa propietaria) por nueve millones de pesetas (54.000 euros) pese a que tuvo ofertas en años anteriores de hasta 23 millones de pesetas (138.000 euros). El comprador fue un intermediario que las revendió semanas después a los hijos del gerente del Orfelinato por 9.300.000 pesetas alegando que era el enlace “con un grupo de médicos”. “Una afirmación muy poco creíble”, concluyó la Audiencia Provincial. Para hacer posible la operación, además, se cambió la composición del consejo de administración y las restricciones en la “transmisibilidad” de las acciones. Actualmente estos bienes ya no forman parte de la fundación, por lo que se deduce que se vendieron posteriormente.

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