'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes.
Tres casos reales de adoptantes condenados por incumplir el contrato de adopción
Hace poco impartí en el IPA (Instituto de Protección Animal) un Taller online sobre contratos de adopción de animales, donde expliqué a mis alumnos cuál es la ley que regula este contrato atípico, y cómo actuar legalmente para proteger lo máximo posible a un animal objeto de adopción.
En el curso analicé tres casos reales, y las sentencias de tres juzgados, en las que los jueces se pronunciaron a favor de protectoras de animales, al coincidir los tres casos, en demandas judiciales por procedimiento verbal, debido al incumplimiento del contrato de adopción de un animal del adoptante.
A este curso también asistieron abogados especializados en derecho animal que se están formando conmigo en DeAnimals, ya que se trata de un tema poco estudiado, del cual apenas se conocen las sentencias que hay sobre este tipo de casos.
En este artículo voy a analizar tres casos reales de adoptantes que no atendieron bien a los animales que adoptaron, a pesar de haberse comprometido a ello, por medio de un contrato de adopción de animales.
1. Sentencia de Gatocan, Ferrol (Galicia), 2010. Gato Pitufo
Es la primera sentencia por incumplimiento de un contrato de adopción de animales por parte del adoptante de un gato llamado Pitufo.
La sentencia fue emitida por el el juzgado de primera instancia nº1 de Ferrol en Galicia, con nº de sentencia 272/2010, de fecha 1 de diciembre de 2010.
Esta sentencia resolvió a favor de la protectora de animales Gatocan, que demandó por la vía civil al adoptante de su gato Pitufo, para que el juez resolviera el contrato de adopción por incumplimiento del contrato de adopción del gato Pitufo por parte del adoptante.
El mal adoptante fue condenado a devolver el gato a la protectora y, en caso de no hacerlo, debería pagar 700 euros de penalización. Estos 700 euros mencionados figuraban dentro de las cláusulas del contrato de adopción, como una cláusula penal.
Por eso, si eres una protectora de animales, te aconsejo que incluyas en tu contrato de adopción una cláusula penal con un precio entre 400 a 900 euros, como cláusula a pagar por el adoptante que incumpla sus obligaciones de cuidar bien al animal adoptado, de informar a la protectora sobre su estado, etcétera.
2. Sentencia del perro de nombre Millonario, Granada 2019
El perro llamado Millonario fue rescatado de cachorro por una protectora de Granada. Poco después fue dado en adopción a una chica con su correspondiente contrato de adopción. La adoptante irresponsable, un día se cansó de él y envío a un familiar a que lo llevará a la perrera de su zona. Millonario acabó en la perrera y fue sacrificado. La adoptante no avisó a la protectora de que ya no lo quería. Cuando la protectora se enteró, la demandó por incumplimiento del contrato de adopción.
La adoptante de Millonario fue condenada por incumplir el contrato de adopción, por el juzgado de primera instancia nº 14 de Granada, en la sentencia nº 12/19 de fecha 29 de enero de 2019., que revocó el citado contrato y tuvo que pagar 400 euros, con concepto de la cláusula penal contenida en el contrato.
3. Sentencia de la perra Brenda, Granada 2018
La perrita Brenda fue rescatada por una protectora de animales que poco después la dio en adopción. El adoptante, poco después de adoptar a Brenda, la dejó de cuidar bien. Cuando la protectora se puso en contacto para hacer seguimiento a Brenda, el adoptante le dijo que no sabía dónde estaba. Por este motivo fue demandado: por no cuidar adecuadamente a la perrita Brenda y no tenerla con él, cosa a la que se había comprometido con el contrato.
El juzgado de primera instancia nº 1 de Granada, en sentencia nº 195/2008 revocó el contrato por el incumplimiento acreditado del adoptante y le obligó a devolver la perrita ¨Brenda a la protectora.
Finalizo este post con un consejo para protectoras de animales.
“Si perteneces a una protectora de animales, incluye como mínimo una cláusula penal indemnizatoria, en el caso de que el animal que des en adopción no sea bien atendido”.
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