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'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes. 

Las viejas y las nuevas leyes autonómicas de protección animal

Gato de una colonia felina en un núcleo urbano.

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En España existen diecisiete Comunidades Autónomas y cada una de ellas tiene su propia ley autonómica que regula la protección, tenencia, sanidad, seguridad, maltrato y abandono de los animales domésticos considerados como animales de compañía.

Además de estas diecisiete leyes autonómicas de protección animal, las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla, también cuentan con una normativa específica administrativa, denominada reglamento, a través de la que regulan sus respectivos animales de compañía.

Vamos a ver a continuación dónde surgieron las primeras leyes autonómicas de protección animal.

La primera ley de protección de los animales en España se publicó en el BOE el 4 de marzo de 1988 en la Comunidad Autónoma de Cataluña, con la denominación de Ley de protección de los animales.

Esta ley fue objeto de varias reformas en los años siguientes, en concreto, en 2003 y en 2006. De ahí, que en el año 2008, se refundiese el contenido de este texto normativo y sus respectivas modificaciones a través de la figura jurídica del Real Decreto Legislativo 2/20008 en un nuevo texto legal denominado Texto Refundido de la Ley de Protección de los Animales de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Poco después en el año 2015, la citada norma fue reformada para prohibir los circos con animales de la fauna silvestre.

A partir de la publicación en el BOE de la ley de protección animal catalana del año 1988 otras Comunidades Autónomas comenzaron a publicar sus respectivas leyes autonómicas protección animal durante los años siguientes, tal y como sucedió en el siguiente orden cronológico:

•      Año 1990 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de Madrid, Murcia y Castilla -La Mancha.

•      Año 1991 se publicó la ley autonómica de protección animal de las Islas Canarias.

•      Año 1992 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de Cantabria e Islas Baleares.

•      Año 1993 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de País Vasco y Galicia.

•      Año 1994 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de Valencia y Navarra.

•      Año 1995 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de La Rioja.

•      Año 1997 se publicaron las leyes autonómicas de protección animal de Castilla -León.

A pesar de que durante la década de los 90 la mayoría de Comunidades Autónomas aprobaron sus respectivas normas autonómicas de protección animal, hubo cuatro Comunidades Autónomas que se demoraron un poco más en el tiempo, como fue el caso de las Comunidades Autónomas de Asturias y Extremadura que lo hicieron en el año 2002 y el de Andalucía y Aragón que lo hicieron en el año 2003.

Todas la normas autonómicas tenían en común tres puntos:

1.  Permitían el sacrificio de animales capturados y llevados a perreras, transcurrido un plazo de tiempo no superior a 20 días, en la mayoría de las citadas Comunidades Autónomas.

 2.  No regulaban las colonias felinas, ni su control poblacional, salvo la Ley de Asturias que es del año 2.002, y más tarde en el 2.008 la de Cataluña.

 3.  Las sanciones económicas en caso de cometerse infracciones graves o muy graves, como el abandono y/o maltrato de un animal contemplaban multas ridículas, es decir, salía muy barato maltratar o abandonar un animal.

Estos tres puntos, promovieron que años más tarde, las asociaciones protectoras de animales con el apoyo de abogados especializados en derecho animal impulsaran en sus respectivas Comunidades Autónomas que se modificase y/o aprobase una nueva ley de protección animal más actualizada y acorde al contexto social y jurídico actual.

A día de hoy Cataluña, Madrid, Murcia, Galicia, La Rioja, Navarra y Castilla – La Mancha, junto con la Ciudad Autónoma de Ceuta han mejorada sus leyes de protección animal, mientras tanto, las Comunidades Autónomas de Valencia, Cantabria, Andalucía, Canarias y País Vasco están en fase de actualizar sus respectivas leyes.

En todas estas nuevas leyes, hay tres puntos importantes:

1.    la regulación de las colonias felinas,

2.    prohibir la norma general de sacrificar animales sanos en perreras transcurridos veintes días sin ser dados en adopción y

3.    aumentar las sanciones económicas.

Ojalá, que en las futuras leyes autonómicas de protección animal de Valencia, Cantabria, Andalucía, Canarias y País Vasco, podamos apreciar también estos tres puntos rojos.

Como dato curioso, te comento lo que sucedió con la ley autonómica de Murcia.

La nueva ley autonómica de Murcia fue llevada a la Asamblea Regional de Murcia en 2015 y 2016. En esos dos años no se aprobó porque no contemplaba la regulación de las colonias felinas, aunque sí contemplaba los otros dos puntos rojos.

Finalmente en 2017 se aprobó la ley 6/2017, regulando las colonias felinas en el artículo 25, y definiendo al gato de colonia como gato feral en el artículo 2.4g.

Recientemente el 5 de julio de 2021 comenzó en el IPA, INSTITUTO DE PROTECCIÓN ANIMAL un curso online de 80 horas titulado “Colonias Felinas. Legislación y Responsabilidades”, destinado a personal de Ayuntamientos, concejales y agentes de la autoridad.

Como puedes observar toda esta legislación autonómica de protección animal es bastante compleja para el ciudadano/a. Pr eso he querido informarte sobre ella, en este post. Espero que te sirva, al menos un poquito, para comprender el panorama actual que existe en España en materia de legislación de protección animal a nivel autonómico.

Si eres jurista o abogado/a puedes contactarme a través de la web de deanimals para solicitar una invitación a las reuniones online que hacemos para juristas para debatir estas leyes de protección animal y otras, así como sentencias sobre delitos de maltrato animal.

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