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Derecho humano al agua: ¿utopía o realidad?

'Derecho humano al Agua ¿Utopia o Realidad?', es el nombre de la jornada que, organizada por EAPN-RM en colaboración con el Ayuntamiento de Totana y la Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS), reunirá este viernes en la localidad murciana a personal técnico y concejales de varios ayuntamientos de la Región, junto con miembros de diferentes entidades sociales y diputados de la Asamblea Regional.

La jornada contará con la presencia de Rafael del Castillo Gomariz, delegado de Servicios Sociales, Cooperación, Solidaridad y Mayores, y de la Oficina en Defensa de la Vivienda del Ayuntamiento de Córdoba, que expondrá una de las fórmulas de aplicación del llamado 'derecho humano al agua': este concepto alude al mínimo vital que cada persona necesita consumir para atender sus necesidades básicas y, muy importante, sin que se le interrumpa el suministro de agua aunque la persona no pueda hacer frente al pago; en el caso de Córdoba, la cantidad sería la de tres metros cúbicos de agua por persona y mes a todos los usuarios del servicio que se encuentren en situación de exclusión social.

“El abastecimiento y saneamiento del agua es un servicio básico de primera necesidad que debe ser satisfecho por los poderes públicos para garantizar una calidad de vida digna a toda la ciudadanía, con independencia de su capacidad económica”, explican desde EAPN por medio de un comunicado, y añaden que “el derecho humano al agua, reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2010, tiene como fin garantizar a cada ser humano una cantidad de agua suficiente”.

“En un país como España, el volumen oscila entre los 60-100 litros por habitante y día, saludable -de buena calidad-, aceptable, físicamente accesible, y económicamente asequible -tarifas sociales, gratuidad, fuente pública-”, relata EAPN. La Red Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social concluye recordando que “en el fundamento de este derecho subyace la idea de que nadie puede ser privado de la cantidad de agua suficiente e indispensable para desarrollar una vida digna, aunque no disponga de medios económicos para pagarla”, y que “son los ayuntamientos los que están obligados a garantizar el acceso al agua potable a toda la ciudadanía sin discriminación”.