Diez años que acaban en nada: cómo afecta a una víctima de abusos a menores un proceso judicial cargado de impunidad
Han pasado dos semanas desde que se zanjó a precio de saldo el juicio contra una red de explotación de menores en la Región de Murcia. Han pasado diez años desde que tuvieron lugar los hechos, y durante el tiempo de espera a las víctimas les ha dado tiempo a cumplir de 24 a 27 años.
Las menores explotadas no tienen nombre y, algunas de ellas, ni paradero, pero son el rostro de las niñas que, como ellas, han sufrido el engaño y la coacción para ser abusadas sexualmente. Se han librado de ir a prisión tanto los siete empresarios murcianos que violaron a las adolescentes, como los colaboradores y las proxenetas que las buscaban en los colegios o discotecas light. La dilación indebida del caso ha rebajado las penas hasta en dos grados, lo que ha supuesto que la máxima condena para cada delito individual de los condenados se encuentre entre los cinco y siete meses de cárcel.
De acuerdo con la experta en psiquiatría legal Isabel Peñalver, la celebración de este tipo de juicios produce una “revictimización” de las entonces adolescentes, al revivir estas experiencias que se produjeron con un “consentimiento viciado por el engaño y el aprovechamiento de personas manifiestamente vulnerables”. Vuelven a verse expuestas otra vez públicamente. “Para ellas es una reviviscencia de las situaciones de vejaciones que sufrieron, del hecho de sentirse usadas, lo cual les podría generar cuadros de ansiedad”.
Más trauma y humillación
“Este proceso no está conllevando ningún tipo de justicia ni de reparación de las víctimas. Tiene que haber sido algo todavía más traumático y humillante para ellas”, advierte la psiquiatra, quien cuenta con experiencia en valoración de abusos sexuales a menores. Para Peñalver, se trata de una condena “poco adecuada” ante un “delito tan grave”.
“Creo que al final, las víctimas acaban siendo todavía más víctimas con este tipo de sentencias por parte de la justicia, aunque haya habido acuerdo entre las partes”, apunta esta psiquiatra del Hospital General Universitario Reina Sofía de Murcia.
La especialista también se pregunta por el apoyo psicológico que hayan podido recibir las víctimas. “Es una cuestión fundamental porque, dependiendo de eso, a lo mejor tienen más posibilidades de digerir la experiencia y rehacer su vida o, lo mismo, se pueden quedar con muchos problemas”. “Creo que de este tema no solo se tiene que ocupar la justicia, sino que también requiere un abordaje social y de salud mental”.
Reparación y vínculos de apoyo
“El impacto en las víctimas que ahora son personas adultas dependerá de muchos factores, entre ellos las posibilidades que hayan tenido de recuperación, los vínculos de apoyo con los que hayan contado en este tiempo, la existencia de experiencias reparatorias, la posibilidad de haber expresado en un entorno seguro lo vivido y haber podido identificar, desprendiéndose del sentimiento de vergüenza y culpa, la forma en que fueron inducidas y captadas, resignificando la experiencia vivida”, enumera Elena Sánchez Hernández, psicóloga del Grupo de Trabajo de Intervención Social del Colegio Oficial de Psicología de la Región de Murcia.
“Este sería el mejor de los escenarios, en el que no podemos asegurar la inexistencia de síntomas de ansiedad, depresión, dificultades para el manejo de los afectos, insomnio, problemas de salud”, apunta.
Además a esta edad temprana, las menores no cuentan con modelos y experiencias, por lo que desarrollan la creencia de que “el deseo de la mujer no existe y es mero objeto e instrumento para el placer de otro, el abuso de sus cuerpos y de su persona, las lleva a naturalizar este tipo de relaciones abusivas y depredadoras y a reproducirlas a lo largo del tiempo”.
“Nos preocupa que esta sentencia genere una desconfianza en las víctimas que no han sido liberadas, que no recurren a la justicia porque sienten que no les va a proteger”, ha lamentado María José Partera, psicóloga y vicepresidenta de AMAIM, la Asociación Murciana de Apoyo a la Infancia Maltratada.
“Según nuestra experiencia, la tónica general es que los acusados se vayan de rositas. Si el juicio termina sin condena, realmente es desesperanzador para todas las víctimas”, insiste Partera.
Para la vicepresidenta de AMAIM no es una sorpresa que procesos judiciales como este se extiendan tanto en el tiempo: “He tenido casos en los que a lo mejor la víctima era una niña y, luego, cuando ha ido a juicio, ya era madre”, recuerda.
“Amenazas, engaños y secretos”
“El menor no puede dar consentimiento porque es menor. Los medios también tienen mucho trabajo que hacer, se ha llegado a hablar en el caso de estas niñas explotadas de que los condenados mantenían relaciones sexuales con menores. Eso no es así: fueron violadas, un abuso en toda regla”, puntualiza Partera.
“En la mayoría de los casos [la explotación sexual] funciona bajo amenazas, engaños y secretos”, explica. “Cuando se trata de los más pequeños, al tener pensamiento mágico -le dices algo y se lo creen-, son aún más susceptibles”, añade.
La psicóloga explica que esto hace a los menores vulnerables a la explotación sexual teniendo en cuenta, además, un entorno en el que está muy normalizada tanto la cultura de la violación como la de la pederastia: “Cuando hubo la pandemia del VIH, muchos buscaban niñas porque entendían que no se podían contagiar después. Ahora se siguen buscando niñas porque creen que no les pueden transmitir ninguna enfermedad”, denuncia Partera. “Hay que cortar esto y solo se hará con sentencias ejemplares”, insiste la vicepresidenta de AMAIM.
Los acuerdos de conformidad, “habituales”
“Se critica mucho en el mundo doctrinal el abuso de los acuerdos de conformidad”, incide Sergio Marco, abogado y profesor asociado de Derecho Procesal. “Es habitual que los procedimientos penales en el momento del juicio se cierren con una conformidad del acusado y esto significa que éste reconoce los hechos, se declara culpable y acepta la mayor de las peticiones de condena que se les formule”, explica.
El abogado abunda en que “las conformidades tienen un tope máximo, que son los seis años de prisión, a partir de ahí debe haber juicio. Pero es fácil saltarse esta restricción, solo hay que pedir la conformidad por menos de ese tiempo de cárcel”.
“Para fomentar esa conformidad por parte del acusador -que suele ser el Ministerio Fiscal o la acusación particular, que en este caso no había- se le reduce la petición de pena con todos los argumentos legales que pueda haber”, abunda. “Se buscan todas las circunstancias atenuantes que puede haber en el caso. Las circunstancias atenuantes las establece el Código Penal y son situaciones que, si se han dado, van reduciendo la pena partiéndola por la mitad, por así decirlo, aplicando la que es inferior en grado”.
Para el abogado, la condena es “muy llamativa” y el tiempo de duración del procedimiento inusual: “Podemos entender que un procedimiento con jurado donde hay un asesinato dure de dos a cuatro años, que es lo que se está tardando en la Audiencia Provincial de Murcia. Pero diez años no es un buen ejemplo de administración de justicia”.
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