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CASO OSASUNA

La primera sentencia condenatoria por amaño de partidos en España lleva a la cárcel a cinco exdirectivos de Osasuna y dos exjugadores del Betis

La sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha dado a conocer este viernes, menos de dos meses después de que finalizara el juicio, la sentencia del 'Caso Osasuna', que es la primera que condena los delitos de corrupción deportiva en España por el amaño de partidos. Las tres magistradas condenan con penas de entre los ocho años y ocho meses de prisión y un año de cárcel a cinco exdirectivos de Osasuna, dos exjugadores del Betis y dos agentes inmobiliarios por delitos como el de apropiación indebida, falsedad documental o corrupción deportiva. La misma sentencia absuelve a uno de los directivos y un exjugaodor del Betis, a quien ya se le había notificado la decisión en el último día de juicio, por no encontrar pruebas que le vinculen con los delitos.

De esta forma, el tribunal considera probado que Osasuna pagó al Betis para que venciera al Valladolid en la penúltima jornada de la 2012/13 y se dejara ganar la siguiente en Pamplona, un arreglo por el que la entidad navarra pagó 650.000 euros a los futbolistas verdiblancos. La sentencia contempla que Torres y Amaya, en representación de la plantilla del Betis, “hicieron un acuerdo global” con los directivos de Osasuna, sellados en dos reuniones, una en Madrid y otra en Sevilla. Por ello, se les condena a un delito de corrupción deportiva.

El exgerente Vizcay, el cabecilla

En concreto la mayor condena más grave es la impuesta al ex gerente Ángel M. Vizcay a quien la Sección Segunda de la Audiencia Provincial condena a ocho años y ocho meses de cárcel por un delito continuado de apropiación indebida, dos delitos de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de falsedad contable y un delito de corrupción deportiva.

Las magistradas, a pesar de aplicarle a Vizcay el atenuante de confesión, le han aplicado una pena mayor que al resto de exmandatarios del club navarro por considerarlo único responsable del delito de falsedad cometido en la temporada 2013/2014 con la elaboración del contrato falso con la entidad portuguesa Flefield y la creación de tres facturas simuladas para cuadrar el descuadre de las cuentas de esa temporada. La sentencia da por probado además que Vizcay falseó dicho contrato haciendo constar en él una firma que aparentaba ser la del expresidente Archanco.

Asimismo, la sentencia condena al expresidente Miguel Archanco y al exdirectivo Jesús Peralta a a siete años y cinco meses por un delito continuado de apropiación indebida, un delito de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de falsedad contable y un delito de corrupción deportiva. También ha sido condenado por los mismos delitos, el entonces vicepresidente de la junta directiva, Juan Antonio Pascual con una pena de seis años y seis meses.

Por su parte la Audiencia ha decidido absolver al tesorero de la junta directiva Sancho Bandrés del delito de corrupción deportiva y le condena por la apropiación indebida y falsedad, por un delito continuado de apropiación indebida y otro de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de falsedad contable, con una pena de cinco años y seis meses de cárcel.

A los inmobiliarios Cristina Valencia y Albert Nolla, por su parte, se les impone a cada uno de ellos las penas de nueve meses de prisión y seis meses de multa con cuota diaria de 30 euros por un delito de falsedad en documento mercantil.

Se condena por último a los dos exjugadores del Real Betis Antonio Amaya y Xavier Torres por un delito de corrupción deportiva a cada uno de ellos a las penas de un año de prisión y dos años de inhabilitación para el ejercicio de la actividad de fútbol profesional y 900.000 euros de multa.

Primera sentencia por amaño de partidos

Las magistradas concluyen que hubo un acuerdo entre los miembros de la Junta condenados y el gerente del club con los dos jugadores del Real Betis, no solo para incentivar su victoria ante el Real Valladolid sino para que se dejaran ganar en el último partido de Liga que les iba a enfrentar a Osasuna, tratándose por tanto de un acuerdo global de amaño de partidos. En cuanto a primar a terceros por ganar, se argumenta que el ofrecimiento de cantidades o beneficios a un club por ganar un encuentro busca una ventaja propia pero además produce una serie de efectos concatenados como son, entre otros, el perjuicio de otros equipos que dependen de esos resultados de terceros y los perjuicios económicos derivados de las apuestas o quinielas. Los incentivos económicos por parte de un tercer club a otro para fomentar un resultado positivo influyen en la competición y por ello se condena.

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