Este miércoles ha ingresado en prisión el investigado por la muerte de su hermano en Tafalla tras haber prestado declaración judicial, en la que ha reconocido ser el autor material de los hechos. Así lo ha decretado en el auto la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Tafalla, que señala que los indicios “de la comisión de hechos con caracteres de delito” son “contundentes”, según recoge Europa Press.
Asimismo, establece que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato con agravante de parentesco, por lo que la pena superaría los dos años, mínimo establecido para fijar prisión provisional. Según recoge el auto, los hechos “vienen acreditados indiciariamente por la confesión del detenido, C.G.Z.”, quien se presentó en la comisaría de Tafalla con manchas de sangre y afirmó haber matado a su hermano, tras lo que se procedió a su detención y se le practicaron pruebas de consumo de alcohol y drogas, que arrojaron un resultado negativo.
En el atestado policial consta que en la vivienda se encontró el cuerpo de la víctima con restos de sangre y heridas provocadas, presuntamente, por un cuchillo de cocina que se localizó junto al cuerpo. La autopsia ha determinado como causa del fallecimiento un “shock hipovolémico-rotura aortica y herida por arma blanca” tras sufrir un mínimo de quince heridas por arma blanca, de las que ocho se localizaban en el cuello.
En su declaración en sede judicial de este miércoles, el investigado ha justificado los hechos alegando que tenía mala relación con su hermano, quien, según su declaración, habría estado en la cárcel y tendría trastornos psicológicos. Además, afirmó haber sufrido un “arrebato” tras una discusión por algunos objetos personales.
La adopción de la medida de prisión provisional viene motivada por el riesgo de fuga dada la gravedad de los hechos que se le imputan, que conllevan elevadas penas de prisión, además de la falta de arraigo laboral y familiar. La defensa ha solicitado que fuera ingresado en un centro psiquiátrico, que ha sido rechazado por la jueza al no padecer ningún brote psiquiátrico. A pesar de que el investigado ha explicado que sufre un trastorno disocial de la personalidad, no está en tratamiento y, por ello, se ha procedido a la prisión provisional como medida cautelar. La resolución no es firme y cabe recurso de reforma en un plazo de tres días y de apelación en cinco días.