La ley foral regula el consumo de cannabis compartido, así como el abastecimiento para consumo propio, dentro de clubes colectivos privados de usuarios de cannabis.
El Gobierno central considera que la regulación navarra “invade” las competencias estatales sobre legislación penal, seguridad pública, bases de la Sanidad y legislación de productos farmacéuticos, “reconocidas por el artículo 149.1 de la Constitución Española, al regular el consumo de cannabis más allá de los límites admitidos por la legislación estatal”.
En este sentido, la ley foral regula las condiciones para ser integrante de los clubes y el suministro de cannabis a los mismos, “en contra de los criterios admisibles para que el consumo de esta sustancia no sea castigado penalmente”, según argumenta el Gobierno central.
El Ejecutivo añade que la propia existencia de estos clubes permanentes “se aleja de la excepcionalidad penal del consumo compartido que establece la Jurisprudencia, que requiere un consumo esporádico, de pocas personas, íntimo, sin trascendencia y de cantidad insignificante”.
Por otra parte, más allá del ámbito penal, a juicio del Gobierno central “la regulación tampoco respeta las condiciones que para la distribución y el consumo de sustancias estupefacientes se contienen en la legislación estatal reguladora de estas sustancias”.
En consecuencia, según el Gobierno, “legalizar a los colectivos de usuarios de cannabis supondría generar confusión sobre el alcance de determinadas conductas con alcance penal, lo que invade la competencia estatal, ya que, en todo caso, es el legislador estatal el competente para regular estos aspectos en la legislación penal, farmacéutica y sanitaria correspondiente”.