La Audiencia de Álava tumba también el 'caso Epsilon' en puertas de la sentencia del 'caso De Miguel'
Además del 'caso Hiriko', el fracasado coche eléctrico vasco, la Audiencia Provincial de Álava ha acordado también que no haya juicio en la pieza penal que faltaba del 'caso Epsilon', según ha podido saber este periódico. En esta ocasión se investigaba el aval encubierto de 16 millones que el parque tecnológico de Miñano concedió a la automovilística de Joan Villadelprat, que impulsó el fallido sueño de crear una escudería vasca de Fórmula 1. Hiriko y Epsilon-Euskadi, impulsados por el PNV, se tragaron en conjunto más de 60 millones de euros en ayudas públicas.
La doble resolución de la Audiencia de Álava en torno a los casos de Hiriko y Epsilon-Euskadi llega mientras este órgano judicial redacta la sentencia del mayor caso de corrupción, el 'caso De Miguel', que sí llegó a juicio por el factor diferencial de que el juez instructor, Roberto Ramos, ordenó en 2010 el arresto de los principales acusados, entre ellos los dirigentes del PNV alavés Alfredo de Miguel, Koldo Ochandiano y Aitor Tellería. Ello permitió disponer de una elevada cantidad de pruebas documentales e informáticas.
Además, dos de los tres miembros del tribunal del 'caso De Miguel', su presidente, Jaime Tapia, y Raúl Aztiria han participado en la resolución de archivo de ambos procedimientos, en los que no hay votos particulares ni voces discrepantes. No obstante, es la tercera magistrada de ese tribunal, Elena Cabero, la que se halla liberada desde hace meses para la redacción de este fallo judicial, para el que no hay fecha definida.
Ambas resoluciones de la Audiencia de Álava echan por tierra las acusaciones de la Fiscalía de Álava y de la Abogacía del Estado -el grueso de las subvenciones eran estatales fruto de acuerdos políticos del PNV con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero- y dan una simbólica victoria a los letrados de los investigados, Adolfo Saiz Coca en el 'caso Epsilon' y Gonzalo Susaeta y Javier Beramendi en Hiriko. Los tres fueron destacados participantes en el 'caso De Miguel' y pueden anotarse ya el tanto de una primera victoria frente al fiscal Josu Izaguirre.
Sánchez Alegría, imputado en el 'caso De Miguel', absuelto
En cuanto al 'caso Epsilon', el único imputado era Julián Sánchez Alegría, presidente de los parques tecnológicos de Euskadi hasta 2009. Él fue el firmante del acuerdo de cesión de rango hipotecario por el cual una sociedad pública como es el parque de Miñano asumiría las instalaciones de la empresa de Villadelprat si, como sucedió, entraba en quiebra. Según la Fiscalía, Sánchez Alegría cometió tres delitos (prevaricación, administración desleal y malversación) al excederse del objeto social del parque tecnológico y comprometer patrimonio público con la operación, que obligó a poner 16 millones de euros para recomprar a Kutxabank los pabellones de Epsilon cuando entró en concurso de acreedores.
El tribunal desecha -como arguía su defensa- que el alto cargo se limitara a firmar documentos ya preparados por técnicos jurídicos y administrativos, pero sí entiende que el polígono de Miñano, dentro de sus funciones de “estimular y promover” la actividad económica, puede ejecutar “diferentes actos” y “es de pensar que éstos puedan suponer también algún riesgo económico”.
La Audiencia entiende también que la ejecución del aval por 16 millones puede resultar incluso ventajosa ya que “se ha acreditado que el citado edificio tiene un valor superior”. Habla de hasta 24 millones. Se da la circunstancia, sin embargo, de que esas instalaciones llevan años abandonadas y con una tecnología en riesgo de quedar obsoleta, como es el túnel del viento. En enero, este periódico pudo acceder a su interior.
Así las cosas, Sánchez Alegría no tendrá que exponerse a un juicio por Epsilon después de que fuera uno de los 26 acusados del 'caso De Miguel', que se originó precisamente con una contratación en Miñano por la cual, aparentemente, Alfredo de Miguel quiso cobrar una comisión de 100.000 euros a la adjudicataria, Ainhoa Alberdi. El proceso ha sido el siguiente: la juez de Vitoria Ana Jesús Zulueta (Instrucción 2, donde se investigará la OPE de Osakidetza) completó la investigación y vio indicios de delito, la Audiencia ordenó que motivara mejor sus acusaciones, la instructora lo hizo y, ante los recursos de la defensa de Sánchez Alegría, se aceptó un sobreseimiento “provisional” de la causa. Ante esta situación, la Fiscalía interpuso un recurso al que da carpetazo esta resolución del 15 de enero de 2009 de la que ha sido ponente el juez Tapia.
En el 'caso Epsilon' hubo otros dos procedimientos que sí llegaron a juicio. En la vía mercantil, Villadelprat fue condenado en 2013 a devolver 900.000 euros por haber agravado la insolvencia de la empresa con su gestión. Por esos mismos hechos, sin embargo, quedó absuelto en vía penal. En el 'caso Hiriko', la Audiencia ha estimado que los promotores del fallido vehículo eléctrico con label vasco, igualmente, ya han depurado sus responsabilidades con una condena parcial en vía mercantil. Precisamente, la condena se basa en que Hiriko adquirió a Epsilon por más de 500.000 euros un monoplaza de carreras que no tenía utilidad alguna para una investigación de movilidad eléctrica y que pasó directamente a engrosar la colección particular de coches del principal promotor, Jesús Echave.
Proyectos con “pólvora de rey” pero sin indicios de delito
La Audiencia, a pesar de cerrar ambos casos, sí que refiere que es censurable la “alegría” con la que se dilapidaron recursos públicos en ambos proyectos, que están interrelacionados: “El problema deriva del modelo de negocio y financiación: un/os particular/es ”vende/n“ una idea a las administraciones públicas, el Gobierno vasco apuesta por ella, pero lo hace principalmente con dinero que gestiona el Gobierno central y el siempre reducido presupuesto público para I+D (y más reducido en plena crisis económica) se gasta en una idea que no termina de materializarse, aunque se intenta, salvas con pólvora de rey”. Pero añaden los jueces que “no hay bastantes indicios de delito en ello y la solución la ha ofrecido en ambos casos la jurisdicción mercantil”.
Fuentes judiciales apuntan a la dificultad extrema de lograr condenas en la Audiencia de Álava en materias relativas a delitos económicos, ya de por sí complejos de probar. Destacan además que la figura empleada del “sobreseimiento provisional” frente al “sobreseimiento libre” impide a las acusaciones, Fiscalía y Abogacía del Estado, recurrir el cierre de estos casos ante el Tribunal Supremo, batalla que ya se había producido en ocasiones anteriores.