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La Fiscalía plantea como “alternativa” una rebaja a 20 meses de cárcel en la condena al profesor de Gaztelueta

El docente acusado, José María Martínez Sanz

Iker Rioja Andueza

Terminado el juicio, la Fiscalía mantiene una petición de cárcel contra el profesor José María Martínez Sanz, acusado por un antiguo alumno suyo en el colegio Gaztelueta de Leioa, masculino y vinculado al Opus Dei. Sin embargo, entiende que a pesar de dar credibilidad a la acusación de tocamientos “continuados” -“al menos en cuatro ocasiones”- no ve probado que existieran masturbaciones y penetración, como también refiere la víctima. Por todo ello, en su informe de conclusiones, el fiscal Alejandro Torán ha planteado como “alternativa” a su solicitud inicial de 3 años de cárcel una “rebaja” a un máximo de 20 meses en aplicación de una interpretación más ventajosa del Código Penal tras su reforma más reciente. Las solicitudes inferiores a 2 años no implican el ingreso efectivo en la cárcel si se carece de antecedentes penales.

Torán ha argumentado, apelando a “jurisprudencia” de la propia Audiencia Provincial de Bizkaia y del Tribunal Supremo, que existe un “triple filtro” para dar credibilidad a una denuncia de estas características, que es la “única prueba directa” para condenar al acusado. Por la coherencia de su relato desde 2011, la Fiscalía da por probados los tocamientos y que, además, fueron continuados. Sin embargo, no lo aprecia en lo relativo a las agresiones más graves, reveladas cuando en 2015 el joven cumplió la mayoría de edad y denunció en primera persona los hechos, acaecidos cuando tenía 12 y 13 años y cursaba los primeros cursos de Secundaria en Gaztelueta. Entiende que estas acusaciones no cumplen el tercero de los criterios, el de “persistencia” en el tiempo.

“A nuestro juicio, ese triple filtro se supera desde el primer momento respecto de las caricias, de las fotos en Internet [de mujeres desnudas que se le exhibían], de sentarle en las rodillas y de respecto de los tocamientos, pero no lo supera respecto de la masturbación y de la introducción por vía anal”, ha argumentado el fiscal Torán. No obstante, ha querido aclarar que este cambio “no afecta a la calificación” jurídica de que el acusado es culpable, pero sí “al relato de hechos”. Finalmente, el ministerio fiscal no reclamará que el centro escolar sea responsable civil subsidiario, alegando que la familia ya emprenderá acciones legales separadas en caso de que se confirme la condena.

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