Este escrito procede de una colaboración en una obra colectiva publicada en 1977 con el título 'Los homosexuales frente a la Ley'. Ley 16/1970 “sobre peligrosidad y rehabilitación social”, que incluía entre los calificados como de “estado peligroso” a quienes “realicen actos de homosexualidad”. Ley vigente hasta principios de 1979.
Describo mi respuesta a la primera pregunta de una larga entrevista: la homosexualidad no es peligrosa para la sociedad. Es sólo una expresión de los impulsos sexuales humanos que, por razones diversas, toma un rumbo distinto a los que la sociedad dominante entiende como normales. Y esta diversificación de los impulsos sexuales -homo y heterosexuales- no debe ser calificada de “peligrosa”, pues no es sino la expresión, que debe ser respetada, de las formas de relaciones afectivas. La prohibición y/o la persecución de la homosexualidad es imponer al hombre o a la mujer un 'corsé histórico', contrario a la riqueza de la evolución histórica y a la espontaneidad y capacidad creadora del ser humano. Es inaceptable la oposición a dichas relaciones sexuales cuando la máxima expresión de la relación heterosexual, el matrimonio, ha sido el gran instrumento para sojuzgar a la mujer, víctima de toda clase de humillaciones y violencias.
Quienes atribuyen a las personas -hombre o mujer- homosexuales ciertas dimensiones de anormalidad, carencias o deficiencias psíquicas están rotundamente equivocados. Además, favorecen una hostilidad ambiental, absolutamente rechazable. La relación homosexual, al igual que la heterosexual, favorece el desarrollo afectivo, somático e intelectual de ambas partes. Pero, incomprensiblemente, aún persisten personas e ideologías -lo estamos comprobando estos días- que mantienen una irracional y reaccionaria oposición a la plena legitimidad y legalidad de la homosexualidad. Posición propia de una moral burguesa y reaccionaria que, incomprensiblemente, aún persiste en círculos políticos y sectores sociales que se mantienen fieles a los principios propios de la Ley franquista de 1970. Parecen continuar fieles a las posiciones, ya superadas, de los Tribunales que, en aquellas fechas, expresaban un “rechazo profundo” a la homosexualidad, “acentuando su marginación”, lo que generaba en ellos y ellas “una carga de resentimiento y de temor”.
Lo que es muy preocupante, cuando resulta evidente que la homosexualidad y su expresión pública ha adquirido plenamente carta de ciudadanía. Y concluyo con mi respuesta a esta pregunta: ¿Una asociación homosexual, al estilo del 'Front d’Alliberament Gay' de Barcelona, sería asociación ilícita de acuerdo con el art. 172 (del C. Penal)? “Creo que hoy, por las particulares circunstancias que estamos atravesando, los órganos jurisdiccionales o administrativos carecerían de fuerza suficiente para perseguir ese tipo de manifestaciones. Estamos asistiendo a un deterioro progresivo de la moral dominante, sobre todo en lo que afecta a las relaciones afectivas y familiares, a la vez que crece una nueva sensibilidad hacia formas de comportamiento y relaciones interpersonales que, cualquiera que sea su contenido, son dignas de respeto si están presididas por el respeto mutuo y la comprensión recíproca que garantiza la autonomía de la personas y su realización personal (…)”.
Dicha entrevista concluía con una rotunda crítica y descalificación de la entonces aún vigente Ley franquista de Peligrosidad, que, con una total ausencia de garantías jurídicas, sancionaba con privaciones de libertad en centros penitenciarios a los y las homosexuales. “Es un proceso inquisitivo a las intenciones, a las tendencias de ciertos individuos, que choca con los principios de un Derecho penal democrático” .