La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Tarjetas revolving, una normativa necesaria

Patricia Suárez / Patricia Suárez

Presidenta de ASUFIN —

0

Un asociado de ASUFIN contrató, en 2009, la tarjeta que ofrecía una cadena de gasolineras; “cuando tú vuelvas”, se hacía llamar. No era una tarjeta habitual, el producto ofrecía un línea de crédito abierta a cambio de una cómoda cuota fija al mes. El problema: esas cuotas no cubrían el principal y generaban nuevos intereses que se acumulaban al capital pendiente de pago. Otra asociada de Fuengirola se encontró con que prácticamente había devuelto la totalidad de lo concedido, algo más de 30.500 euros de los cerca de 31.900 iniciales y que aún debía a la entidad casi 10.000 euros. Una TAE, o precio total, que supera las del mercado y se considera usura por el Banco de España. ¿Qué tenían en común estas tarjetas? Se trataba de tarjetas o préstamos 'revolving' o revolventes, una manera de pagar aparentemente fácil pero que apareja un sistema complejo de amortización que puede salir muy caro.

Muchas sentencias están siendo favorables a los consumidores y no tienen que hacer frente a unos intereses usurarios, pero casos así son más frecuentes de lo que parece. Es por ello que el Ministerio de Economía se ha visto obligado a presentar un proyecto de orden que introduzca más transparencia a los comúnmente conocidos como créditos 'revolving'. En ASUFIN, conocedores de los riesgos de estos préstamos, hemos presentado propuestas para mejorar el futuro texto legal con cuestiones que consideramos clave si se quiere atacar de forma efectiva los flancos débiles de esta realidad que tantos estragos está causando a muchas familias.

En primer lugar, el texto parece dejar fuera los préstamos y solo se circunscribe a las tarjetas. Un error que debe ser corregido pues, con independencia de la forma de contratación, los riesgos son los mismos. Es más, si tenemos en cuenta el impacto de los nuevos operadores tecnológicos, las llamadas Fintech, es más que probable que se darán nuevas formas de contratación, a golpe de clic, que podrían quedarse al margen de este texto legal si no se remedia.

Por otro lado, hay que limitar el plazo de amortización del crédito 'revolving' ya que ahí radica uno de los mayores peligros: el pago eterno de intereses y recapitalización de los mismos que hace genera auténticas espirales de sobrecoste de los préstamos.

Finalmente, en ASUFIN valoramos muy positivamente la introducción de parámetros para una correcta evaluación de la solvencia del prestatario, sin embargo, echamos de menos consecuencias contundentes para el prestamista en caso de incumplimiento. Al mismo tiempo, nuestro sistema actual basado en ficheros negativos de solvencia no ayuda ni a los consumidores ni a los prestamistas. Un sistema que incorpore los ficheros positivos de solvencia supondría un gran avance en cuanto a la evaluación de la solvencia, la mejora de la competencia y el premio a los buenos pagadores que son, sin ninguna duda y atendiendo a la ratio de morosidad, la mayoría de los españoles.

Esta fuente de información crediticia dotaría al mercado de mayor transparencia, ayudaría a la educación financiera de los consumidores y mejoraría la competencia.