Alves, el dinero y el dolor
Cómo se repara el daño, el dolor causado, es una pregunta de difícil respuesta. Es posible que para cuando se publique esta columna Dani Alves haya salido de prisión o esté a punto de hacerlo. Y lo hará por varios motivos. El primero, porque un tribunal ha decidido concederle la libertad provisional bajo fianza de un millón de euros. Esa decisión forma parte de una cadena de hechos en la que el dinero, los estereotipos, y la valoración del dolor ocupan papeles importantes.
La Audiencia de Barcelona condenaba a Alves a cuatro años y medio de prisión por un delito de agresión sexual. Esa pena, situada en la parte baja de la horquilla posible, se justificaba, según la sentencia, en la indemnización de 150.000 euros que el futbolista había abonado a la víctima. Ese pago implicaba, según el tribunal, una reparación del daño que servía como atenuante de la pena.
Tanto los 150.000 euros de indemnización como el millón de euros de fianza son cantidades muy elevadas que, sin embargo, se estipulan conforme a la capacidad económica del acusado o condenado, en este caso un futbolista de élite con un patrimonio millonario. Si el hombre que se hubiera sentado en el banquillo hubiera sido, no sé, un dependiente, un enfermero, un administrativo, lo más probable es que indemnización y fianza hubieran sido muy inferiores. Pero eso no quiere decir que el dinero no esté siendo un elemento central en el caso. Tampoco que esas cantidades impliquen reparación para la víctima.
En primer lugar, porque la sospecha hacia la mujer que le denunció se centró en el dinero: ella le acusaba porque él era rico y famoso y, por tanto, quería dinero y quizá fama. El estereotipo de mujer que denuncia para obtener provecho económico a cambio llega a tal punto que la víctima renunció en un primer momento a cobrar una indemnización. Posteriormente, y tras muchas muestras públicas de apoyo, su acusación rectificó esa posición. Esa idea inicial no era una excepción: las expertas alertaron entonces de que esa renuncia al dinero era algo muy frecuente en las víctimas de violencia sexual, un comportamiento dirigido a ser creídas, a romper esa creencia de social que, saben, las señalará como mentirosas o manipuladoras.
En segundo lugar, porque Alves ha podido pagar una potente defensa que, sin su patrimonio y contactos, no podría haber tenido. Esa defensa no ha sido solo legal, sino también social: fue su estatus el que le permitió grabar un vídeo en redes para asegurar su inocencia y criticar a la víctima. Es su estatus el que hace que su madre pueda difundir imágenes y datos de la superviviente a sabiendas de la repercusión que tendrán.
Si bien la indemnización solicitada por la Fiscalía o la fianza impuesta por el tribunal para la libertad provisional hubieran sido menores en el caso de un acusado con una renta media o baja, puede que ni aún así el reo pudiera afrontarlas. Es decir, que las probabilidades de hacer frente una indemnización y beneficiarse, por tanto, de una atenuante de reparación del daño, o de acceder a la libertad provisional bajo fianza depende de las posibilidades económicas de cada cual, del estatus. Es posible que sea Neymar el que le preste el dinero a Alves para su fianza, un gesto que pone en evidencia que la fratría entre hombres también se ejerce con apoyo económico.
Si lo miramos desde el punto de vista de las víctimas, esta arbitrariedad mediada por el dinero, genera asimetrías difícilmente explicables. Unas víctimas verán la condena de su agresor reducida porque puede pagar para “atenuar” el daño. Como si el mero desembolso económico implicara necesariamente una reparación del daño o su reparación total. En el caso de Alves, no ha pedido perdón (de hecho, ha recurrido la sentencia), ha cambiado varias veces de versión, él y su entorno han revictimizado a la mujer con algunas de sus declaraciones, y su madre ha difundido datos e imágenes sobre ella. Es más, fue la Fiscalía quien solicitó esa indemnización de 150.000 euros, no su defensa quien se ofreció primero a hacerlo. Parece difícil que una mujer pueda sentir así su daño reparado.
Pero sí, el dinero es una parte de la reparación. No debería sustituir a la condena, sino ser un elemento más de esa justicia reparadora. Precisamente por eso no tiene sentido que no exista todavía un baremo que homogenice las indemnizaciones en los casos de violencia sexual, como sí sucede por ejemplo para los accidentes de trabajo o los accidentes laborales. La ley del 'solo sí es sí' sí establece por primera vez algunos parámetros que los tribunales deberían tener en cuenta. A día de hoy, y según varios estudios, muchas sentencias o no contemplan la indemnización o consignan cantidades muy bajas que no compensan los daños morales, psicológicos y económicos que sufren las supervivientes. Cuando existen, esas indemnizaciones pueden ser muy dispares en función del tribunal.
Un informe del Grupo Antígona analizó 167 fallos emitidos en 2016 y 2017 en Andalucía, Catalunya y Madrid: encontró que cerca del 60% de las sentencias por agresión y abusos tenían reconocidas indemnizaciones por daños morales inferiores a los 6.000 euros. De ellas, el 42%, estaban por debajo de los 3.000 euros. Otro estudio, liderado por la profesora Helena Soleto, muestra que el 37,7% de las víctimas que sí tienen contemplada una indemnización en la sentencia ni siquiera llegan a cobrarla. En el resto de delitos ese porcentaje es del 32,3%.
Por utilizar un caso cercano y también muy mediático. Si Alves ha pagado 150.000 euros de indemnización, la sentencia a los cinco hombres condenados por la violación de 'la manada' incluía 100.000 euros por daños a pagar entre ellos. Eso después de que el Supremo elevara la cifra establecida en la anterior condena, que la cifró en 50.000 euros.
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