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Franco también es una víctima del terrorismo, no hagan chistes

ETA mató a Carrero. ETA es una organización terrorista. Carrero es una víctima del terrorismo. Humillar a Carrero es humillar a las víctimas. La humillación de las víctimas está castigada en el Código Penal.

Ese parece el razonamiento deductivo que siguieron los jueces para condenar a Cassandra Vera: Carrero-ETA-víctimas-Código Penal. Intento seguir la secuencia, para llegar al final y así sumarme a la discusión de fondo: si el honor de las víctimas debe protegerse en el Código Penal o por otras vías. Pero cada vez que lo intento, no consigo pasar de la tercera premisa, la de “Carrero es una víctima del terrorismo”.

Lo intento una vez más, venga: “ETA mató a Carrero” es un hecho histórico, vale. “ETA es una organización terrorista”, estamos de acuerdo, aunque podríamos discutir sobre la legitimidad de sus acciones contra una dictadura, pero venga, sigamos. “Carrero es una víctima del terrorismo”. Nada, cortocircuito. ¿En serio Carrero es una víctima que merezca el “reconocimiento y protección integral” que da la ley a las víctimas?

A efectos legales lo es, de acuerdo: la legislación española extiende la consideración de víctima hasta 1960, y Carrero voló, voló, y hasta el alero llegó en 1973. Pero si nos ponemos puntillosos (y los jueces, de puntillas saben un rato, no solo las que llevan en la toga), si seguimos la ley al pie de la letra, podríamos llegar a considerar al mismísimo Franco víctima del terrorismo, merecedor de reconocimiento y protección.

No, no se rían. No lo voy a decir muy alto, no sea que sus herederos se enteren y acaben consiguiendo una ayuda o condecoración, pero técnicamente Franco es también una víctima del terrorismo, con tanto derecho a ser protegido como Carrero Blanco. No, a Franco no lo mató un atentado, pero la Ley 29/2011 (ya dije que me iba a poner puntilloso) considera acción terrorista “la llevada a cabo por personas integradas en organizaciones o grupos criminales que tengan por finalidad o por objeto subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública” (artículo 3). Y considera víctima a los fallecidos pero también quienes “han sufrido daños físicos y/o psíquicos” (artículo 4). Yendo un paso más lejos, el reglamento que desarrolló la ley (Real Decreto 671/2013, toma puntilla) incluyó a los “amenazados” desde 1960, y posteriores sentencias añadieron a quienes salieron ilesos de atentados.

Pues bien, Franco no solo estaba “amenazado” por “terroristas” (ETA y otros grupos armados desde 1936 en adelante), sino que hubo hasta una docena de intentos fallidos de asesinarlo. Bombas que no explotaron a tiempo, francotiradores sin acierto, un ametrallamiento a su coche blindado, un avión con explosivos, y hasta un bonzo. Incluso Arrabal dice que lo intentó. No le tocaron un pelo, pero insistieron una y otra vez, lo que ya vale para ser considerado víctima. Y por lo menos cuatro intentos son posteriores a 1960.

Así que, siguiendo la doctrina loca de la Audiencia Nacional tampoco deberíamos reírnos muy fuerte de Franco, que es una víctima. ¿Les parece un disparate? Lo es, y muy gordo. Pero no mucho mayor que el disparate firmado por tres jueces, al considerar a Carrero Blanco una víctima del terrorismo en el mismo plano que las demás. Por respeto a las víctimas y sus familias, yo nunca diría que Franco es una víctima. Pero tampoco Carrero, o no debería serlo como merecedor de “reconocimiento y protección integral”, y mucho menos que toda una Audiencia Nacional gaste tiempo y dinero en defender su memoria contra unos chistes.

Esa es la verdadera humillación a las víctimas del terrorismo: considerar al represor Carrero al mismo nivel que quienes defendían la democracia, incluso quienes la defendieron contra Carrero (pues ETA también asesinó antifranquistas). No se me ocurre mayor “desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta”.

Pero la Audiencia ha conseguido el combo doble: humillar en una misma sentencia a las víctimas del terrorismo, y a las víctimas del franquismo. Bingo.