La transparencia y la limpieza deben regir los actos de toda administración y, como no, aún más si cabe del órgano de Gobierno de los jueces que son aquellos llamados a controlar la de los otros. Por eso, cuando la sombra de la duda se cierne sobre sus actos es necesario que estos sean explicados, aclarados y dejados fuera de toda sospecha ante la ciudadanía y ante aquellos que puedan haberse visto agraviados por ellos. Si el acto que semeja mancillado lo es, además, por la sombra del nepotismo, no cabe dilación a la hora de hacerlo.
Este es el caso de la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado de la adjudicación de la plaza número 36, de la convocatoria pública de 35 plazas de fiscal, a la hija del presidente de la Sala II del Tribunal Supremo, Manuel Marchena. Hace calor y en muchos rincones de España, jóvenes esperanzados estudian su oposición con gran sacrificio personal. Ayer estaban soliviantados. ¿Cómo se concede la plaza número 36 si sólo había 35 plazas? ¿Cómo es que esa plaza inesperada es para Sofía Marchena Pereda, hija del magistrado Marchena? ¿Deben comenzar a desconfiar de algo que les parecía tan sólido y neutro y justo como una dura oposición? ¿Debemos hacerlo los ciudadanos? Voy a intentar responder a algunas de estas preguntas pero es seguro que serán otros los que tendrán que hacerlo para asumir su responsabilidad.
Comenzaré por el principio para ver dónde se hallan las grandes dudas de un proceso que puede resultarles farragoso.
La hija de Marchena aprobó en 2016 la oposición común a las carreras fiscal y judicial con una nota de 68’20 y eligió irse a la Escuela Judicial para ser juez. Según los datos públicos de la convocatoria, el último aspirante que eligió ser fiscal tenía un 50’66 lo que significa que ella podía haber elegido ser fiscal. No fue así. Optó por ser juez. Esto es importante porque una vez elegida una u otra carrera, la permeabilidad entre ambas es nula. Sofía Marchena se incorporó a la Escuela Judicial y al mes de estar en ella tuvo que abandonarla por una enfermedad. Lo cierto es que no es la primera vez que esto sucede, evidentemente. La ley ya dice claramente que a quien le suceda esto, se le permitirá incorporarse a superar su fase de Escuela con otra promoción. ¿Por qué no pasa eso con la hija de Marchena? ¿Por qué no se espera a que se recupere para volver a incorporarse?
Lo que sucede es algo bien distinto. El día 21 de diciembre de 2017, al filo de la Nochebuena, se toma un acuerdo en la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mediante el cual la aspirante a juez Marchena es suspendida como funcionaria en prácticas por su enfermedad pero, además, resuelve que la hija de Marchena “se incorpore a la relación de aspirantes que superen el proceso selectivo inmediato al dictado de esta resolución”, es decir, la retrotrae al momento en el que aún no había elegido entre ser juez y fiscal. ¿Por qué se hace esto? Es inaudito. Ningún director de la Escuela Judicial recuerda que un caso de ausencia por enfermedad se resolviera de ninguna otra manera que como está indicado: volviendo a iniciar el curso con otra promoción. El acuerdo de Nochebuena dice además que conservará la nota y todos sus derechos. Podría parecer justo pero al propio CGPJ no se lo ha parecido puesto que, a pesar de haberlo acordado, hoy hemos sabido que se le asignó otra nota inferior a esa (52’31) justo por debajo del último admitido “para no perjudicar a nadie”. ¿Cómo se explica que el CGPJ acuerde y publique en BOE una cosa y luego no la cumpla para no perjudicar?
¿Cómo y por qué adopta este acuerdo la Comisión Permanente -el sanedrín reducido de Lesmes-? ¿A petición de quién? Aclaremos que un órgano de este tipo no se pronuncia en el vacío sino que el problema o la cuestión ha de llegar por vía legalmente autorizada para estimular la adopción de ese acuerdo. El CGPJ ha aclarado que tal cuestión llegó a la mesa de la Permanente a través de una propuesta de la Directora de la Escuela Judicial. ¿Por qué y a título de qué la directora de la Escuela propone que se adopte una resolución sobre un problema cuya solución ya se conoce porque la fija la ley? ¿En qué términos lo hace? Nunca se había dado un caso así. Ninguna otra vez un director de la Escuela Judicial ha consultado que sucede con un alumno enfermo al CGPJ, ¿tiene algo que ver que la directora consultante sea la mujer del magistrado Llarena que pertenece a la sala que preside el padre de la joven?
La citada resolución se publicó a hurtadillas justo antes de Nochebuena e incluía la indicación de que podía ser impugnado durante dos meses ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Como se ha visto ningún opositor o interesado lo vio o lo impugnó así que devino firme y eso es lo que utiliza ahora el CGPJ para revestir de legalidad lo que sigue pareciendo totalmente ajeno a la normalidad de una oposición.
Como hemos dicho, la hija de Marchena ha optado esta vez por elegir la carrera fiscal. Ha tenido la posibilidad debido a su infausta enfermedad de volver a replantearse sus opciones profesionales y elegir otras, algo que le está vedado a todos los demás componentes de su promoción y de las restantes. Nunca había pasado. Ya es cosa del destino que vaya a suceder con la hija del presidente de la Sala II del Tribunal Supremo.
Insiste mucho el CGPJ en que no se ha perjudicado a nadie, pero es que ni siquiera este extremo lo podríamos firmar a ciegas. Yendo la última de los aprobados, con una nota que no es la suya ni la aprobada en la Permanente sino elegida a posteriori, ha elegido fiscal en una plaza inexistente en principio. ¿Le ofrecieron a los anteriores opositores, del 93 al 97 que eligieron juez la plaza supletoria, la plaza de más? ¿Eligieron juez todos por voluntad propia o alguno lo hizo porque la plaza 35 ya se había consumido por el opositor 92 y ya no quedaban más?
El presidente del CGPJ debería de explicar todos estos extremos y mostrar la documentación pertinente para alejar la sospecha de que esto seas una cacicada a la que se ha revestido de una legalidad nunca vista antes para permitir que la hija del magistrado Marchena cambiara su elección de juez a fiscal sin volverse a examinar. Deberíamos poder ver los términos del escrito de la directora de la Escuela y los informes técnicos o deliberaciones que llevaron a este acuerdo. En caso contrario muchos opositores y muchos que no lo somos vamos a pensar que el triángulo mujer de Llarena-Padre Marchena y Lesmes se cerró para hacerle un favor concreto a una persona determinada. Eso en castellano del que le gusta a Reverte se llama nepotismo. Eso lanzaría una sombra de duda sobre el sistema de acceso a la judicatura y al ministerio fiscal y nos enseñaría hasta que punto de desvergüenza institucional se puede llegar.
Las explicaciones dadas hasta el momento, como les he mostrado, no son suficientes. Hay un dicho jocoso en el mundo judicial que dice que en el CGPJ el principio de legalidad resulta revolucionario. Es un chascarrillo. Es seguro que todo el proceso pasa de largo la prueba del algodón, sólo tienen que mostrárnoslo.