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Una moción de censura no es ninguna locura

Que la Constitución del 78 alteró el equilibrio de poderes en favor del Ejecutivo es una verdad incontestable que hemos venido sufriendo a lo largo de estas décadas como si fuera un designio divino.

Frente a la Constitución del 31, que establecía un Parlamento unicameral fuerte y un ejecutivo bicéfalo (presidente de la República y Gobierno), la del 78 optó abiertamente por la gobernabilidad (la alternancia de partidos mayoritarios) frente a la legitimidad democrática, consagrando el bicameralismo y el bipartidismo. Y en el lugar de la moción de censura destructiva que contemplaba la Constitución republicana, colocó una moción constructiva que frenaba la tentativa parlamentaria de embridar a un Gobierno descontrolado. Nuestra Constitución “democrática” vino a garantizar más Gobierno y menos Parlamento, haciendo depender del primero, además, la concreción de una buena parte de los preceptos constitucionales que consagraban derechos sociales, y concediéndole competencias legislativas de las que ha abusado frecuentemente a base de decretazos.

Ante semejantes superpoderes, la misma Constitución dejó a la ciudadanía silenciada porque ni podía hacer nada frente a la inacción del Gobierno (a diferencia de lo que sucede en otros países que han articulado acciones de incumplimiento –vulneración de derechos por omisión–), ni frente a su voracidad legislativa, limitando, de paso, las ya escasas fórmulas de participación directa de las que se disponía (el referéndum o la iniciativa legislativa popular).

En los oscuros tiempos que estamos viviendo, esta omnipotencia del Ejecutivo se ha sobredimensionado de manera preocupante. Aprovechando la cantinela de la crisis, el Partido Popular se ha dedicado a disparar en todas las direcciones, tanto legislando como vetando, y ha intentado debilitar aún más nuestro ya maltrecho equilibrio de poderes. Medios de comunicación, poder judicial, Parlamento… todo ha sido sometido al castrante rodillo del Partido Popular.

El disparo de salida fue el Real Decreto-ley de RTVE, que permitió nombrar al presidente de la Corporación RTVE sin contar con la oposición, y la ráfaga continuó con la reforma del Consejo General del Poder Judicial, con la que el Gobierno logró limitar el poder de los jueces manu militari, para dedicarse después a intentar inhabilitar los mecanismos de control que pudieran proceder del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Banco de España o la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Probablemente, los casos de corrupción que se les venían encima motivaron este entusiasmo desmedido.

Y ahora, en su relación con el Parlamento, el mayor problema que tenemos es el de la manera en la que el PP está utilizando el poder de veto que le otorga el artículo 134.6 de la Constitución, gracias al cual ha dinamitado 28 iniciativas parlamentarias en lo que llevamos de legislatura, utilizando la justificación económica del mismo Ministerio que veta.

El Gobierno ha vetado, entre otras cosas, la adopción de medidas para el fomento del autoconsumo eléctrico, a fin de mantener el impuesto sobre el sol; la reforma del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus progenitores, que hubiera favorecido la articulación de los cuidados como un deber compartido de civilidad; la reducción del IVA cultural, violando así uno de los derechos que tenemos reconocidos en la Constitución; la supresión o la modificación de tasas judiciales, que garantiza nuestro derecho a la tutela judicial efectiva; iniciativas autonómicas de carácter social que han adoptado Parlamentos autonómicos como el de Baleares, País Vasco, Murcia o Galicia. En fin, no hay antecedentes de una aplicación de vetos tan masiva, sistemática y corrosiva como esta.

Por supuesto, y para variar, al Gobierno le ayuda el texto constitucional que somete al consentimiento gubernamental todas las proposiciones de ley de origen parlamentario que generen incremento de gasto o disminución de ingresos (134.6), pero autoriza al Gobierno a presentar sin reparos proyectos de ley con idénticas consecuencias (art. 134.5). Esto significa que el tratamiento constitucional que reciben el Parlamento y el Ejecutivo es claramente distinto, al objeto, se dice, de facilitar que salgan adelante los Presupuestos Generales del Estado y evitando que el gasto público se desboque.

Sin embargo, con todo, hay algunos puntos que distan de estar claros aquí y que el PP ha interpretado abusiva e interesadamente, porque la Constitución no determina quién ha de valorar si se da o no un aumento de gasto o una disminución de ingresos, ni en un primer momento ni de forma definitiva.

Aunque el Tribunal Constitucional solo ha dirimido conflictos entre Parlamento y Gobierno en el nivel autonómico, y aunque su respuesta ha variado en este punto según los casos, no puede obviarse que la STC 242/2006, de 24 julio, encomendó a la Mesa del Parlamento Vasco un cierto margen para apreciar el mayor o menor impacto presupuestario de una proposición de ley. De hecho, si tal margen no existiera, la deriva autoritaria del Gobierno sería por completo inapelable y el Parlamento quedaría invalidado como organismo democrático de control.

Es cierto que si se dotara a la Mesa de esta prerrogativa de manera definitiva, el balance final tampoco sería satisfactorio, y si se hiciera de forma provisional y el Gobierno decidiera recurrir cada caso al TC, la vida parlamentaria se ralentizaría y estaría sujeta permanentemente a una eventual presunción de inconstitucionalidad. Pero cabe imaginar también soluciones alternativas que no impidan el debate político en la Cámara ni las funciones legislativas, ni revoquen la planificación económica del Gobierno. Y, desde luego, se podría modificar el Reglamento del Congreso para permitir, por ejemplo, que la Mesa decidiera de forma provisional siguiendo las directrices de una comisión de expertos, como se hace en otros países (dado que la actual Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales es prácticamente inexistente).

En Francia, para casos de proposiciones de ley y enmiendas que incrementen los gastos presupuestarios, la Mesa de la Asamblea decide para las primeras y el presidente de la Comisión competente para las segundas. Y si el Gobierno muestra su disconformidad prevalece la decisión parlamentaria, pudiendo recurrir, en su caso, ante el Consejo Constitucional. En Alemania, lo que puede exigir el Gobierno es que el Bundestag suspenda su decisión sobre la ley correspondiente, pero no decretar sin más su finiquito. Y en Italia no se dice nada sobre una supuesta potestad del Gobierno para oponerse a la tramitación de las iniciativas parlamentarias. Es más, se prevé que un organismo independiente sea el que analice las decisiones con repercusiones para la Hacienda pública y valore la observancia del equilibrio presupuestario. Pero la cuestión es que estamos en España y la Constitución del 78, combinada con un partido gubernamental de tendencias antidemocráticas, se traduce en un continuo boicoteo de la soberanía popular.

Para rematar, en estos días, además, el Gobierno se ha dedicado a frustrar los escasos procesos de descentralización que ya quiso abortar con su reforma del 135 y su lamentable Ley Montoro. En el borrador de los PGE se ponen trabas evidentes a la remunicipalización de los servicios externalizados incluyendo disposiciones que impiden que los empleados de una concesionaria puedan reincorporarse como trabajadores públicos (disposiciones 27 y 35). Esto significa, además, que estos trabajadores perderían el derecho a la subrogación que tienen reconocido por la normativa laboral en tales supuestos. Las grandes contratas que ahora defiende el PP con sus presupuestos, son, en buena parte, las mismas que están implicadas en sus casos de corrupción, así que lo que se pretende es la cuadratura del círculo.

En fin, ahí lo tienen: una Constitución para el Gobierno; una ciudadanía silenciada, con estrechísimos canales de participación; un Gobierno que vulnera derechos civiles, recorta derechos sociales y laborales, centraliza y concentra las competencias, ataca a los medios públicos, limita el poder de los jueces y ningunea descaradamente al Parlamento; un Gobierno acosado por unos casos de corrupción que son solo la punta del inmenso iceberg de su despelote.

Así que, con este panorama, decidan ustedes mismos si está o no está justificada una moción de censura. Y sobre todo, piensen, detenidamente, en las razones que pueden tener quienes se niegan sistemáticamente a apoyarla.