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El prestigio de la Justicia española

Antes de que finalice el domingo, sobre las 11 de la noche, una vez que haya finalizado el escrutinio provisional de las mesas electorales para las elecciones al Parlamento Europeo, sabremos que Oriol Junqueras ha sido elegido para ser miembro del mismo. Es en el día de la votación en el que a través del ejercicio del derecho de sufragio por los ciudadanos se produce la elección de los diputados: europeos, nacionales o autonómicos.

No será proclamado candidato electo, sin embargo, hasta unas semanas después, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Desde la noche del domingo Oriol Junqueras será materialmente diputado en el Parlamento Europeo, pero no lo será todavía formalmente.

Con esta distancia temporal entre el momento de la elección y el momento de la proclamación es con la que parece estar jugando el Tribunal Supremo para sortear el escollo de la inmunidad parlamentaria. Hemos sabido por los medios de comunicación que el Tribunal Supremo tiene previsto finalizar la vista oral el 11 de junio, cuatro días antes de que se produzca la proclamación de Oriol Junqueras como parlamentario electo.

De esta manera la Sala confía en que no estaría obligada a solicitar el suplicatorio y detener el juicio hasta que el Parlamento Europeo resolviera sobre dicha solicitud. El juicio ya está visto para sentencia y, en consecuencia, no sería necesario solicitar autorización alguna para proceder contra quien ha sido proclamado parlamentario con posterioridad.

Previsiblemente, la Sala acordaría en ese momento poner fin a la medida de prisión provisional, de tal manera que se pudiera justificar en ella la renuncia del Parlamento europeo a exigir la tramitación del suplicatorio. En tal caso la Sala se encontraría con la dificultad de que no podría acordar el fin de la prisión provisional respecto de Oriol Junqueras exclusivamente, sino que tendría que hacerlo respecto de todos los procesados, con lo cual los tres diputados y el senador suspendidos esta semana dejarían de estarlo, al no estar en prisión provisional, que es lo que exige el artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que les ha sido aplicado. Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado tendrían que revisar su decisión y reponer a los parlamentarios suspendidos en el ejercicio de sus funciones. Podría hacerse antes de la sesión de investidura, con lo que la mayoría absoluta sería indiscutiblemente 176, lo que no facilitaría la investidura de Pedro Sánchez en primera votación. Todo muy edificante.

Nos encontraríamos ante una nueva fase de confusión entre la esfera judicial y la esfera parlamentaria, que ha estado presente a lo largo de todo el juicio del “caso procés”. Confusión deletérea tanto para el ejercicio de la potestad parlamentaria como para el de la potestad jurisdiccional.

El Tribunal Supremo sabe que no puede salir del obstáculo que representa la elección de Oriol Junqueras como parlamentario europeo de la misma forma que ha salido del obstáculo que representaba su elección como parlamentario español. De este último ha salido de manera jurídicamente esperpéntica, haciendo añicos el principio de exclusividad jurisdiccional y forzando de manera incalificable a la Mesa del Congreso de los Diputados a hacer lo que no puede hacer: tomar una decisión materialmente jurisdiccional. Del primero no puede salir de esa manera. De ahí la composición de lugar que se está haciendo.

Ya veremos si dicha composición de lugar es aceptada por el Parlamento Europeo o no lo es. En unos veinticinco días Oriol Junqueras será parlamentario europeo electo y continuará estando en posesión de todos sus derechos porque no habrá ninguna sentencia firme contra él.  No cabe duda de que estará protegido por la inmunidad parlamentaria. ¿Prevalecerá la interpretación de la inmunidad parlamentaria tradicional sobre la que pretende hacer el Tribunal Supremo u ocurrirá lo contrario y exigirá el Parlamento Europeo la tramitación del suplicatorio? ¿Aceptará el Parlamento Europeo el precedente que supondría una interpretación como la que pretende el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo ha tirado una moneda al aire, esperando que caiga de una determinada manera. No es la mejor manera de prestigiar a la justicia española, que es lo que está en juego en este juicio.