“A ver si pueden enterarse si el coche del señor presidente del Gobierno está por ahí volando puesto que no sabemos nada y pasaba por ahí hace unos momentos”, la premonitoria frase es del mando que coordinaba por radio las primeras indagaciones policiales tras el atentado que costó la vida a Luis Carrero Blanco. Era la mañana del 20 de diciembre de 1973 y ETA acababa de hacer explotar 100 kilos de dinamita en la calle Claudio Coello de Madrid al paso del coche oficial del que, en ese momento, era el número dos de Francisco Franco, el dictador.
Después del desconcierto inicial, a los pocos minutos se supo que, efectivamente, el pesado Dodge 3700 GT negro, matrícula PMM 16.416, había volado literalmente por los aires colándose en el patio interior de un convento. H20, que así se identificaba por radio el mando policial, había acertado. Contra toda lógica, lo que parecía imposible era lo que había ocurrido, el coche ascendió por el efecto de la explosión 30 metros para caer luego diez y posarse con violencia en una terraza de un patio interior.
España quedó paralizada por la incertidumbre y el miedo. Franco y su régimen, a los que restaban apenas dos años de vida, acusaron el golpe y reaccionaron con rabia y violencia. Y en la memoria colectiva quedó la foto de un gran socavón lleno de agua y coches destrozados. Un agujero negro que se convirtió en el principio del fin de una dictadura que tristemente aún no nos hemos quitado totalmente de encima.
Más de 43 años después de que el Dodge del presidente estuviese “por ahí, volando” –qué curioso comentario–, Cassandra Vera ha sido condenada por hacer unos chistes en Twitter sobre Carrero y las circunstancias del atentado. Casi todo el mundo echa la culpa del dislate al artículo 578 del Código Penal, reformado por el PP gracias a su mayoría absoluta. Y sí, el legislador desde luego estuvo muy desafortunado en su redacción, pero no podemos obviar que detrás de las sentencias hay jueces, en el caso concreto que nos ocupa un juez ponente, Juan Francisco Martel Rivero, y dos juezas, Carmen Paloma González Pastor y Teresa Palacios Criado, todos ellos magistrados de la Sala de lo Penal, sección 4ª de la Audiencia Nacional.
Si miramos someramente en el historial de estos magistrados encontramos algunas perlas que nos ayudan a comprender el ensañamiento (un año de prisión y siete de inhabilitación) de la sentencia de Cassandra.
En 2009, el juez Martel y la jueza González Pastor, junto a la también jueza Murillo, absolvieron del delito de injurias a Francisco José Alcaraz, expresidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, que había acusado a –comparen las lindezas con los chistes de Cassandra– José Luis Rodríguez Zapatero, en ese momento presiente del gobierno, este sí, democrático, de ser “cómplice de ETA”, “preparar comunicados de la banda” y de “permitir y fomentar” su chantaje. El periódico El País, en su página editorial, les llamó leguleyos y calificó la sentencia de “chusco disparate”.
En 2007, de nuevo Martel y González se vieron implicados en una polémica con la Fiscalía a cuenta de un juicio contra Arnaldo Otegi. La bronca subió tanto de tono que en una nota de los fiscales se llegó a dudar de la falta de imparcialidad de los magistrados.
Mucho antes, en 1997, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial abrió una investigación por irregularidades en la tramitación de una demanda en la que estaba implicado un magistrado. Uno de los jueces investigado era Juan Francisco Martel, que en esos momentos estaba destinado en Canarias.
Y más cerca en el tiempo, en 2015, cuando el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó apartar a los magistrados Enrique López y Concepción Espejel del tribunal que iba a juzgar la primera parte del caso Gürtel, dado que sus relaciones con el PP podían restarles “apariencia de imparcialidad”, en ambos casos el juez Martel votó en contra de que se les apartase.
De nuevo en 2015, una decisión de la Audiencia Nacional, avalada por la jueza Palacios y el juez Martel, frenó en seco la investigación de la trama suiza del caso Gürtel cuando el juez Pablo Ruz y la Fiscalía Anticorrupción se disponían a rastrear más datos de las cuentas de Luis Bárcenas.
Supongo que todas las decisiones de estos magistrados atenderán a la literalidad de las leyes. Pero la ley, además de justa, para ser creíble debe parecerlo. Y los que la imparten, para ser respetados, deberían huir del ensañamiento y la arbitrariedad.