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Discriminatorio… pero razonable

  • Ojalá el caso Semenya sea el nuevo caso Katherine Switzer , que en 1967 supuso el punto de inflexión de la participación de la mujer en el atletismo

Tras el anuncio del Tribunal Arbitral del Deporte que obliga a la atleta Caster Semenya a un dopaje inverso para controlar la testosterona que naturalmente produce su cuerpo, cabe plantearse qué se esconde tras esta decisión que el organismo de arbitraje califica de “discriminatoria”, pero aún así “necesaria, razonable y proporcionada”.

Que modifiquen genéticamente al nadador Michael Phelps (su cuerpo genera menos ácido láctico de lo habitual). Que al triatleta Javier Gómez Noya lo dopen para subirle las pulsaciones (más bajas que la mayor parte de sus competidores). Que no permitan jugar a baloncestistas con gran altura. Absurdo, ¿verdad? Pues el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) acaba de plantear una medida similar con la atleta Caster Semenya tras años de disputas.

Caster Semenya es, a sus 28 años, otro prodigio del deporte. Lo gana casi todo en su disciplina, los 800 metros (tres veces campeona del mundo y dos juegos olímpicos). También es un perfil que incomoda, y mucho, más allá del criterio deportivo: mujer con un cuerpo fuera de los cánones, lesbiana, negra y africana.

A los 18 años, tras proclamarse campeona del mundo en Berlín 2009, algunas competidoras denunciaron su aspecto (“es un hombre disfrazado”) y a partir de ahí comenzó un calvario para la atleta con la IAFF (Federación Internacional de Asociaciones de Atletismo) convertida en su eterna némesis. Tuvo que someterse a las anticuadas y humillantes pruebas de verificación de género (que gracias a la Asamblea de Naciones Unidas se dejaron de realizar) y poner sus triunfos en duda ante una hormona, la testosterona, que aún a día de hoy no tiene su papel como condicionante de mejor rendimiento confirmado, ni científica ni estadísticamente.

El juicio deportivo acompañó al social, igualmente dañino no solo para Semenya, sino para todas las mujeres intersexuales (o con “Desarrollo Sexual Diferente”, como lo denominan los organismos deportivos): para demostrar su feminidad, aceptó salir en la portada de una revista maquillada, con joyas y vestido. Transformamos a esta chica poderosa en una mujer glamurosa… ¡Y le encanta! rezaba el titular de la revista You.

Citius, altius fortius. Quien sea más veloz, más alto, más fuerte. El lema olímpico queda en papel mojado cada vez que discrimina y no va acorde a los tiempos. Cada vez que prohíbe competir, sin mayor debate ni consenso, a personas intersexuales o transexuales. Si tanto incomoda esta cuestión, hay vías alternativas como la que propone el investigador Claudio Tamburrini: competición por grado de testosterona, al igual que se compite por peso en boxeo.

El deporte ensalza prodigios, pero también valores: empoderar a personas con diversidad funcional, potenciar el sacrificio, la disciplina, la convivencia, el juego limpio. Ojalá el caso Semenya sea el nuevo caso Katherine Switzer , que en 1967 supuso el punto de inflexión de la participación de la mujer en el atletismo. La diversidad en el deporte debería ocupar podio en los pulsos que le echa a las instituciones que lo regulan y promocionan.

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Tras el anuncio del Tribunal Arbitral del Deporte que obliga a la atleta Caster Semenya a un dopaje inverso para controlar la testosterona que naturalmente produce su cuerpo, cabe plantearse qué se esconde tras esta decisión que el organismo de arbitraje califica de “discriminatoria”, pero aún así “necesaria, razonable y proporcionada”.