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El Congreso introduce una 'cláusula antihuelgas' en el contrato para el servicio de su cafetería

La cafetería del Congreso.

Gonzalo Cortizo

El Congreso de los Diputados se ha garantizado el servicio de cafetería por encima de cualquier huelga que puedan hacer los trabajadores que sirven desayunos, menús y tapas a diputados, periodistas y trabajadores de la cámara baja. La Mesa del Parlamento acaba de aprobar el nuevo pliego de condiciones para la prestación del servicio. En ese listado de requisitos figura un apartado bajo el epígrafe de “huelgas”, en el que se exigen garantías para que la empresa adjudicataria no pare sus cocinas a pesar de que sus trabajadores estén de paro legal.

El párrafo en cuestión dice así: “En caso de huelga legal de los trabajadores, la empresa adjudicataria se comprometerá a ofrecer las soluciones que garanticen un funcionamiento mínimo de las instalaciones, informando a los responsables del Departamento sobre su desarrollo y servicios mínimos que se vayan a realizar”.

La salvaguarda sobre huelgas no es inédita en el mundo de los contratos públicos. Según ha podido comprobar eldiario.es, el párrafo ha sido copiado íntegramente de otro pliego similar, referido al servicio de una cafetería dependiente del Ministerio de Fomento.

El pliego de condiciones fue analizado por la junta de contratación del Congreso, sin que ningún grupo consiguiera frenar su aprobación. Una vez reunida la Mesa para la aprobación definitiva, solo Unidos Podemos votó en contra del texto propuesto, sin la fuerza suficiente como para impedir su aprobación y posterior publicación en el BOE.

Fuentes de la presidencia del Congreso aseguran que “ningún concurso sale sin el visto bueno de la asesoría jurídica”. Asimismo, desde el entorno de Ana Pastor se asegura que el pliego “no despertó ningún reparo entre los partidos con representación en la mesa de contratación”.

En Unidos Podemos discrepan de esta última afirmación. Según los representantes de la formación morada, sus representantes manifestaron su deseo de no aprobar el contrato, para adaptarlo a la nueva legislación en contratos del Estado, cuya entrada en vigor era inminente y que “incluye cláusulas sociales”.

La legislación vigente sobre huelga asegura que mientras duren las huelgas, “el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que n estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma”.

Con su pliego, el Congreso advierte a las empresas de que deben contar con trabajadores en nómina que puedan mover de centro de trabajo para garantizar la prestación de un servicio como el de cafetería que, en virtud del pliego de contratación, se considera susceptible de ser incluido en los servicios mínimos.

Durante la huelga del 8M, el Congreso ya experimentó una situación similar. Los trabajadores de la empresa (Mediapro) que realizan las labores de grabación y difusión de imágenes en pool se sumaron a los paros convocados por los convocantes de la protesta. Ese día, el Parlamento había preparado un coloquio sobre igualdad, que presidía Ana Pastor. Para garantizarse la cobertura del coloquio, la empresa trasladó a equipos de otros centros, lo que ha provocado una denuncia por parte de los operarios que habían decidido parar en sus actividades.

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