Un Constitucional dividido rechaza el recurso de Junqueras contra su prisión preventiva
El Tribunal Constitucional ha decidido desestimar los recursos de amparo presentados por Oriol Junqueras contra su prisión provisional y la negativa del Supremo a dejarle asistir a la sesión de investidura en la que se preveía votar a Carles Puigdemont como presidente. El alto tribunal ha adoptado su decisión dividido con una sentencia contra la que se han emitido tres votos particulares.
Es la primera vez que el Constitucional se divide ante una decisión clave como la calificación de la prisión provisional de uno de los principales líderes del procés. En mayo, las discrepancias ya empezaron a aflorar en el TC durante el debate sobre la sanción impuesta a Jordi Sánchez por el uso de un teléfono móvil para hacer campaña desde la cárcel. Los mismos magistrados que ahora se oponen a la decisión sobre Junqueras también emitieron entonces un voto particular. Aquel fue el primer crujido de una división que ahora se manifiesta sobre una de las cuestiones fundamentales del conflicto catalán: el análisis de si el encarcelamiento preventivo de los líderes independentistas es acorde a la Constitución.
La sentencia, cuyo contenido íntegro se publicará en los próximos días, concluye que el encarcelamiento preventivo de Oriol Junqueras no vulneró sus derechos constitucionales a la participación política. La decisión, que responde a dos recursos presentados por Junqueras, no se ha adoptado por consenso y está pendiente de ser completada con los votos particulares que han anunciado los magistrados progresistas José Antonio Xiol, Asunción Balaguer y Fernando Valdés.
El Constitucional llegaba a este debate tras casi un año aplazando su decisión. En enero los magistrados constataron la existencia de posturas encontradas en torno a las reclamaciones efectuadas por el líder independentista. En aquel momento, tal y como avanzó eldiario.es, el presidente del tribunal decidió meter el asunto en el cajón con la excusa de que una sentencia sobre la materia podría interferir en el desarrollo del juicio del procés cuyo inicio estaba previsto para un mes después.
El debate debía aclarar si los diputados, por su condición de representantes públicos, tienen derechos por encima del común de la población reclusa en situación de preventiva que garanticen el derecho que recoge la Constitución de participar en asuntos públicos. En su momento el Supremo decidió autorizar que Junqueras podía seguir participando en política pero a través de un voto delegado y sin desplazarse al Parlament.
La defensa del líder independentista quiere llevar su reclamación hasta el final y, tras la sentencia dictada por el Constitucional, avanzaron que pondrán el caso en manos del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. En ese recurso, los abogados de Junqueras intentarán hacer valer los tres votos particulares que se han emitido contra el criterio general de los nueve magistrados que por mayoría han adoptado la decisión.