El Gobierno perderá el mando único y no podrá limitar las salidas si el Congreso rechaza prorrogar el estado de alarma
El rechazo que ha generado en los partidos de la oposición una nueva solicitud del Gobierno para prorrogar otras dos semanas el estado de alarma dibuja un escenario muy ajustado que podría provocar que el próximo miércoles el Ejecutivo pierda la votación de la prórroga prevista en el Congreso de los Diputados y no pueda prolongar la excepcionalidad más allá del 11 de mayo.
Pablo Casado, líder del PP –la segunda fuerza del Parlamento, con 88 diputados, detrás del PSOE, que tiene 120–, aseguraba este lunes que “a día de hoy” su posición es contraria a la prórroga. ERC acordó también votar 'no' durante la reunión de su dirección, al considerar que “el estado de alarma no es el mecanismo adecuado” y que “la centralización ha sido un error”. El PNV ha puesto condiciones para su apoyo.
Y el resto de fuerzas nacionalistas e independentistas, cuyo voto sería decisivo si se confirma el 'no' de los populares, vinculaban su respaldo a que Moncloa garantice una mayor coordinación con las comunidades autónomas y ponga fin a la “recentralización” en competencias en materia de sanidad o educación –EH Bildu ha anunciado que negocia con otros grupos una enmienda al respecto– que a su juicio se ha llevado a cabo por parte del mando único del Gobierno. También han mostrado sus reticencias las comunidades autónomas no gobernadas por el PSOE.
Si finalmente todos estos partidos cumplen con sus amenazas y el Ejecutivo no consigue los votos necesarios para convalidar la nueva prórroga –lo que según el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, generaría un “caos sanitario y económico”–, expertos constitucionalistas consultados por eldiario.es advierten de que el Gobierno, además de perder ese mando único, se quedaría también sin la facultad para limitar los movimientos en toda España o para mantener el cierre de comercios.
Los analistas matizan, no obstante, que el rechazo del Parlamento no implicaría la derogación de los decretos económicos para paliar las consecuencias de la pandemia del coronavirus aprobados en las últimas semanas por los sucesivos Consejos de Ministros.
Las comunidades pueden confinar municipios
“Sin el paraguas del estado de alarma no se podrán limitar las libertades, como las de circulación y de reunión”, explica Juan María Bilbao, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid. Se trata de una opinión que comparten también la catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad Jaume I de Castellón, Rosario García Mahamut, y el catedrático de la misma materia de la Universidad de Barcelona, Xavier Arbós.
Este último advierte de que el rechazo del Congreso provocaría que la competencia en materia de Sanidad “volviera a las comunidades autónomas, que podrían hacer lo que ya hicieron desde el momento en que llegó el primer aviso de la pandemia y hasta que se decretó el estado de alarma a principios de marzo”. Por ejemplo, explica Arbós, los gobiernos autonómicos podrían decretar el confinamiento de poblaciones concretas, como ocurrió con Igualada (Barcelona) o Labastida (Álava) al inicio de la emergencia sanitaria.
“Cada comunidad tomaría sus propias decisiones, pero lo que no podría hacer es impedir la circulación entre distintas autonomías. Estas pueden determinar el confinamiento de puertas adentro, pero no pueden cerrar las puertas porque la libertad de circulación seguiría en vigor en el conjunto del país”, advierte Arbós.
En lo que también coinciden todos los analistas es en que el Gobierno perdería el poder para dar órdenes al resto de las administraciones. “El estado de alarma está pensado para conceder al Gobierno central competencias de mando único, dado que ante una emergencia que afecta a todo el territorio es el Ejecutivo el que decide la política de todo el país. Si desaparece esa cobertura nada impide que las comunidades autónomas pongan fin al confinamiento”, apunta Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y exletrado del Tribunal Constitucional.
Disposiciones “con rango de ley”
Fuentes parlamentarias precisan que si no se prorroga el estado de alarma “todas las medidas de restricción decaen”. No decaerían el día de la votación, prevista para este miércoles, sino cuando expira el plazo para la tercera prórroga, el próximo lunes día 11.
También explican que aunque existen “dudas” respecto a la continuidad de la vigencia de los decretos económicos aprobados durante el estado de alarma –“¿Qué pasaría con los trabajadores en ERTE sin el estado de alarma?”, se preguntó Sánchez en su comparecencia del sábado–, estos textos son decretos leyes convalidados por el Parlamento, a excepción de los dos últimos, que aún no han sido sometidos a votación. Por tanto, “son disposiciones con rango de ley”. Para invalidar su aplicación, apuntan esas mismas fuentes, se requeriría un recurso de inconstitucionalidad.
Rosario Mahamut incide en esta idea. En su opinión, los decretos económicos seguirían en vigor al ser “medidas que reconocen derechos de carácter económico, dictadas al amparo de resolver una situación que ha causado un perjuicio económico gravísimo a un sector amplísimo de la sociedad”. “Lo que sí que decaerían serían las medidas administrativas y sancionadoras salvo las que sean firmes, es decir, las que no estén pendientes ante los tribunales”, apunta.
Juan María Bilbao y Joaquín Urías critican, por todo ello, que el Gobierno trate de vincular un posible rechazo a la prórroga del estado de alarma a los cobros de los ERTE o a otras medidas económicas aprobadas en las últimas semanas. “El Gobierno intenta vincularlo todo y no, yo no asociaría las libertades individuales con las medidas económicas. Es una forma de presionar a la oposición para eso de que no hay plan B y creo que es una táctica política”, apunta el primero.
Urías añade: “El Gobierno está presentando como derivadas del estado de alarma algunas cosas que no son del estado de alarma. Las medidas de fomento económico no tienen ninguna vinculación con el estado de alarma. Los ERTE o la paga social están desvinculadas jurídicamente del estado de alarma”.
El margen de actuación del Gobierno
En todo caso, sin el estado de alarma, ¿seguiría teniendo el Gobierno margen de maniobra para asumir el control de la situación? Los analistas consultados apelan a la Ley de Salud Pública, que, en su artículo 19, establece que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que está “coordinado” por el Ejecutivo, es el encargado de “acordar” la lista “de acciones preventivas poblacionales e individuales” que se deban aplicar en todo el país, como “un confinamiento epidemiológico”, como lo define Joaquín Urías.
Pero Rosario Mahamut advierte: “Otras normas de nuestro ordenamiento, como pudiera ser la ley orgánica de medidas especiales en materia de salud pública o la ley general de salud pública, entre otras, no permiten imponer medidas coercitivas generales bajo el mando único, sino medidas de cooperación y coordinación con las comunidades autónomas”. Son, además, “normas que en modo alguno amparan la limitación de derechos fundamentales como el de la libre circulación de personas”.
“El Congreso de los Diputados es el único soberano para establecer el alcance y las condiciones del estado de alarma prorrogado. No es el Gobierno. De ahí la responsabilidad de las fuerzas políticas en que si no se aceptan el ámbito territorial, duración y efectos que se proponen en la prórroga del estado de alarma por el Gobierno, sean ellas en el Congreso las encargadas de acordar las medidas, la duración y el alcance”, añade la catedrática de la Universidad Jaume I.
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