La querella de Sandro Rosell contra la jueza Lamela: “Ocultó deliberadamente 1.200 folios muy relevantes para la causa”
“La señora Lamela ocultó injustificada y deliberadamente, y hasta en tres ocasiones, la existencia de un conjunto de información (más de 1.200 folios) de gran relevancia para la causa”. Sobre esta acusación se erige la querella que el empresario Sandro Rosell, expresidente del FC Barcelona, ha presentado en el Tribunal Supremo contra Carmen Lamela, la jueza que le mantuvo 22 meses en prisión provisional para que después fuera absuelto por la Audiencia Nacional.
Esos 1.209 folios a los que se refiere Rosell completan una comisión rogatoria internacional que Estados Unidos remitió a España y que desapareció del proceso hasta el comienzo de la vista contra los acusados, momento en el que el expresidente del Barça y su amigo Joan Basolí, también firmante de la querella contra Lamela, fueron por fin puestos en libertad. Los delitos que la representación legal de ambos atribuye a Lamela son los de prevaricación y falsificación en documento público.
La trascendencia de esa comisión rogatoria reside en que es el documento del que partió la Fiscalía de la Audiencia Nacional para comenzar a investigar a Rosell, un trabajo en secreto de dos años hasta tener lista la querella que desembocó en la apertura de la causa contra el empresario y su consiguiente detención. Mientras todo esto ocurría, los abogados de Rosell no tenían acceso al documento que había originado el proceso pese a solicitarlo en tres ocasiones.
“La ahora querellada negó inicialmente la existencia de la comisión rogatoria internacional (CRI). Insistida por los querellantes, finalmente reconoció su existencia, pero alegó que aquella CRI ya no se encontraba a disposición del Juzgado por haberse remitido al órgano requiriente. Todo ello resultó ser falso, pues la información solicitada siempre obró en su juzgado”, figura en la querella de Rosell, a la que ha tenido acceso eldiario.es.
En el marco del caso Fifagate, Estados Unidos preguntó por transacciones financieras de varios sospechosos e incluyó una realizada supuestamente desde una cuenta bancaria de Rosell en la entidad Goldman Sachs a otra en La Caixa. Se trataba de un error. Hubo una transferencia y desde esa misma entidad, pero no procedente de Estados Unidos sino de una cuenta de Rosell en Reino Unido. En la causa aparece la petición de información estadounidense como el motivo por el que la Fiscalía de la Audiencia Nacional se interesa por los presuntos delitos de Sandro Rosell.
Para sostener su acusación de prevaricación, el abogado Andrés Maluenda enumera los indicios por los que Lamela habría adoptado una resolución injusta a sabiendas. Afirma el letrado que la jueza, ahora ascendida a la Sala Segunda del Tribunal Supremo pero entonces titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, fue quien había cursado en persona y tramitado la comisión rogatoria dos años antes, un documento de extraordinario volumen como para ser distraído.
Pero sobre todo, destaca la representación legal de Rosell, ocurrió que fue la propia Carmen Lamela quien firmó una resolución en la que se ordena que quedara “una copia testimoniada” en su juzgado, providencia del 17 de junio de 2016 que adjunta la querella [imagen que encabeza esta información]. Ante la posibilidad de que la jueza pudiera alegar desconocimiento, la defensa de Rosell alega que solicitó en tres ocasiones el documento. “Y pese a ello, la querellada lo negó”, añade su escrito, que adjunta la providencia correspondiente de fecha 31 de mayo de 2018 [y que se reproduce a continuación de este párrafo]. Finalmente, “solo hizo falta una petición al órgano enjuiciador -el tribunal que absolvió a Rosell- para poder disponer de la referida comisión rogatoria internacional”, remata.
“Lo relatado no fue un error ni una negligencia de la magistrada. Si se tiene en cuenta en qué momento y condiciones se produjeron aquellos hechos, deberemos concluir necesariamente que los mismos no fueron fruto del azar sino por una aversión de la querellada respecto a los señores Rosell y Besolí, a quienes, en los más de 21 meses en que estuvieron privados de libertad, les denegó todas y cada una de las peticiones que su defensa técnica planteó. Todas y cada una”, remarca la querella.
La representación legal de los empresarios destaca el papel de la Fiscalía. Recupera que el Ministerio Público se pronunció en todas las peticiones que realizó a Lamela durante la instrucción excepto en las referentes a la desaparición de la comisión rogatoria. “La fiscal omitió pronunciamiento alguno en este punto tan conflictivo, a pesar de que debería haberse situado en defensa del investigado, quizás por ser ya conocedora del irregular actuar de la magistrada y no querer participar en aquel despropósito”, escribe el letrado.
La querella de la representación legal de Rosell y Besolí está pendiente del informe de la Fiscalía. Cuando éste se pronuncie, una sala de admisiones formada por compañeros de Lamela en la Sala Segunda del Tribunal Supremo se pronunciará sobre su admisión a trámite. Como en el caso de cualquier aforado, el tribunal está presidido por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, al que por reparto acompañan en este caso los magistrados Juan Ramón Berdurgo y Vicente Magro.
Sandro Rosell fue absuelto de los delitos de blanqueo de capitales y pertenencia a un grupo criminal que le atribuía la Fiscalía y por el que se le pedían seis años de cárcel, si bien la petición original era de 11. El Ministerio Público le acusó de encabezar una red de sociedades que habría permitido al expresidente de la Confederación Brasileña de Fútbol embolsarse casi 20 millones de euros en comisiones ilegales por derechos televisivos, a los que sumaba otros 12 para Rosell. Durante la instrucción, la propia Confederación brasileña negó el perjuicio que atribuía la Fiscalía.
La Sección Primera absolvió al expresidente del Barça por falta de pruebas en una sentencia que ratificó después la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional. En el fallo, esta segunda instancia rechazó la pretensión de la defensa de Rosell de declarar la investigación a la que fue sometido de prospectiva y de que su prisión provisional, de las más altas para un acusado que luego fue absuelto, hubiera vulnerado su derecho a la defensa. El tribunal alegó que la comisión rogatoria internacional que estuvo desaparecida era una “noticia de delito” que obligó a la Fiscalía a investigar.
31