El Supremo corrige al CGPJ y desbarata la maniobra que ascendió a uno de los jueces de referencia del PP
El Tribunal Supremo ha anulado este jueves los ascensos a la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional de los magistrados Eloy Velasco y Enrique López, y que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió en base a un curso que habían realizado ambos hace más de dos décadas y despreciando otro similar que curaron otros aspirantes. López es uno de los jueces de referencia del PP, al que durante años trató de meter en el Tribunal Constitucional y que fue recusado del caso Gürtel por su proximidad a este partido.
Según ha informado el Supremo en una nota de prensa, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso que pusieron dos magistrados -Manuela Fernández Prado y Carlos Valle- contra los nombramientos de Velasco y López. La sentencia se conocerá en los próximos días, pero el recurso de Fernández Prado, que iba firmado por otros cinco jueces, apuntaba a que a los dos ascendidos se les valoró como mérito un curso de menor entidad que el que habían superado los aspirantes que se quedaron fuera.
La Sala de Apelaciones a la que Velasco y López accedieron es un proyecto que el Gobierno del PP retomó en marzo de 2017 después de estar aparcado desde 2003. Esta sala surge como respuesta a un reproche de Europa porque la Audiencia Nacional carecía de una segunda instancia que revisara sus sentencias. Entre los últimos fallos que han revisado está el de Alsasua: insistió en que no había terrorismo pero confirmó las penas para los acusados.
La decisión la ha tomado la Sección Sexta de lo Contencioso Administrativo, la encargada de revisar los asuntos que proceden del CGPJ. Está integrada por el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, y los presidente de todas las secciones. La anulación de los ascensos no afecta a las sentencias que ya ha dictado la Sala de Apelaciones, según informan fuentes de la Audiencia Nacional.
Según esas mismas fuentes, el CGPJ no actuó correctamente al valorar como mérito únicamente un curso de especialización que hicieron López y Velasco, y obviar el que hicieron el resto de aspirantes a la misma plaza. Apuntan a que el órgano de gobierno de los jueces hizo una interpretación errónea del Reglamento de la Carrera Judicial.
El Gobierno aprobó el 10 de marzo de hace dos años que se creasen tres plazas para esa sala. Una iba a ser ocupada de forma automática por el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, mientras que para las otras dos podrían presentarse los jueces y juezas que cumpliesen una serie de requisitos.
Un acuerdo posterior del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con una mayoría de vocales propuestos por el PP, estableció que a igualdad de méritos de los aspirantes se primaría a quienes tuviesen un curso de especialización en derecho penal que muy pocos jueces ostentan. Tanto Velasco como López tienen ese título, por lo que se colocaron desde un principio como favoritos para la plaza que finalmente lograron.
El ascenso de Velasco implicó que abandonó la investigación de los casos de corrupción más graves que afectan al PP y cuya investigación está aún abierta: la pieza del caso Púnica que investiga su financiación irregular del PP de Madrid y la Operación Lezo, que tiene a Ignacio González como principal acusado. Tras su nombramiento, fuentes jurídicas criticaron que llegase a un órgano que se iba a dedicar a revisar sentencias cuando él apenas las había puesto unas pocas.
La misma crítica le hicieron a López, pero su caso tiene mayor trascendencia por el empeño del PP de aupar a este juez a las más altas instancias del sistema judicial. Los populares batallaron durante años para incluirle como magistrado en el Tribunal Constitucional a pesar de que no reunía los méritos para ello. Encontraron siempre la oposición del PSOE hasta que el Gobierno de Mariano Rajoy usó su mayoría absoluta para auparlo a ese puesto.
López duró poco como magistrado del Constitucional. En junio de 2016 la Policía Nacional lo paró cuando conducía su moto sin casco y borracho a las 7.30 de la mañana. Tuvo que dimitir y volver a su puesto de juez en la Audiencia Nacional hasta que se presentó otra oportunidad de ascenso con la convocatoria de plazas para la Sala de Apelaciones.
Este juez es uno de los tres magistrados de Gürtel apartados por su proximidad al PP que ha logrado un ascenso en los últimos años, junto a Concepción Espejel, ascendida a la presidencia de la Sala de lo Penal, y Juan Pablo González, elegido hace unos meses nuevo presidente de la Audiencia Provincial de Madrid solo con los votos del bloque conservador del CGPJ.
En el caso de López, fue separado de la causa que llevó a la caída del Gobierno del PP porque sus compañeros de la Audiencia Nacional entendieron que no podía juzgar el caso por haber participado en más de medio centenar de actos de FAES, la fundación adscrita al partido. Además, se tuvo en cuenta que fue propuesto por el PP tanto para el CGPJ como para el Constitucional.
Una oposición sencilla hace 20 años
Tras el nombramiento de López y Velasco, varios magistrados que también se habían postulado para la Sala de Apelaciones presentaron un recurso. En él cargaban especialmente contra el curso de especialización en Derecho Penal que permitió a los dos jueces situarse los primeros en la valoración de méritos. Ese curso era una oposición sencilla que algunos jueces superaron hace más de 20 años, un examen de promoción de juez a magistrado -que reducía ese trámite en uno o dos años- y que a la vez otorgaba la condición de especialista en penal y civil. La oposición se ceñía unos setenta temas, un temario considerado menor en la carrera judicial.
Los jueces que presentaron el recurso -Ángel Hurtado, Manuela Fernández Prado, José Ricardo de Prada, Ramón Sáez y Clara Bayarri- habían superado en 2011 una oposición anónima, más dura y que permitía la misma especialización. Sin embargo, esas pruebas fueron anuladas por el Tribunal Supremo.
En su fallo, el Alto Tribunal especificaba que, en cualquier caso, la superación de esas pruebas, muy exigentes y a las que se concurría de forma anónima, serían tenidas en cuenta como mérito para la promoción futura en la carrera judicial. Después, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2015 aprobó que el CGPJ convocara nuevas pruebas de especialización. Pero el actual Poder Judicial nunca ha llegado a hacerlo.
El recurso que presentaron los cinco magistrados fue rechazado en junio de 2017 por la Comisión Permanente del CGPJ, de mayoría conservadora, y pasó entonces a manos del Tribunal Supremo, que ha aceptado los argumentos de los recurrentes y ha anulado los nombramientos de Velasco y López, que ahora tendrán que regresar a sus plazas.
Según fuentes del Supremo, el CGPJ hizo un interpretación incorrecta del artículo 37.2 del reglamento de la Carrera Judicial, que establece que “para la cobertura de aquellas plazas a las que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a la especialización el carácter de mérito preferente, los jueces y magistrados que hayan superado las pruebas de promoción o especialización previstas para los órdenes civil y penal tendrán la consideración de especialistas en los respectivos órdenes”.
Es decir, que el curso que superaron los aspirantes que no consiguieron la plaza debió tenerse en cuenta. Aunque el Supremo estableció que no tenía validez la especialización en civil y penal, sí que dejó claro que esas pruebas debían tenerse en cuenta a la hora de valorar los méritos, algo que no ha hecho el CGPJ.
“El CGPJ únicamente valora como mérito preferente unas pruebas de promoción de ascenso de juez a magistrado [las que hicieron Velasco y López]”, sostienen las fuentes del Alto Tribunal. Ahora, el órgano de gobierno de los jueces tendrá que valorar de nuevo los méritos de los aspirantes teniendo en cuenta las pruebas superadas por el resto de magistrados. Y a igualdad de mérito, pesará la antigüedad de los aspirantes.