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Anticorrupción recurre la concesión del tercer grado a Carlos Fabra

Anticorrupción recurre la concesión del tercer grado a Carlos Fabra

EFE

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La Fiscalía Anticorrupción ha presentado hoy un recurso contra la resolución de la juez de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Madrid que concedió la progresión al tercer grado al expresidente de la Diputación Provincial de Castellón Carlos Fabra.

El Ministerio Público ha informado de la presentación del recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a la que pide la revocación del tercer grado a Fabra, quien actualmente cumple condena desde diciembre de 2014 por varios delitos fiscales en la cárcel de Aranjuez.

La fiscalía, así como la Junta de Tratamiento de la prisión y la Secretaría de Instituciones Penitenciarias se opusieron a la concesión del tercer grado a Fabra, que finalmente otorgó la juez de vigilancia penitenciaria a la que recurrió la defensa del interno.

Aunque la decisión ha sido recurrida, la aplicación del tercer grado es inmediata, según consta en el auto de la juez, al que tuvo acceso Efe, de forma que la Junta de Tratamiento de la prisión debe decidir la modalidad del cumplimiento de este régimen, paso previo a la concesión de la libertad condicional, a la que el expresidente de la Diputación de Castellón podría acceder en los próximos meses.

La juez argumenta en el auto que el interno tiene un riesgo de reincidencia “medio-bajo”, ha evolucionado favorablemente en prisión, ha abonado la mayor parte de la responsabilidad civil, tiene una condena corta y 70 años.

Contrario a estos argumentos, el fiscal se opuso al recurso de Fabra contra la decisión de la prisión de seguir calificándolo en segundo grado al tener en cuenta la gravedad de los delitos fiscales por los que fue condenado, que no ha cumplido su compromiso de pago de responsabilidad civil y que su pronóstico de reincidencia “es medio alto”.

Para la Fiscalía, su buena conducta en prisión y su apoyo familiar no son “datos indicativos ni relevantes” que justifiquen la progresión de grado “al ser habitual en quienes cometen este tipo de delitos”.

Con todo, la juez María del Prado Torrecilla rebate los argumentos del fiscal, considera que la ley obliga a tener en cuenta el comportamiento del preso a la hora de evaluar una recalificación y estima que se han cumplido todos los requisitos necesarios para pasar al tercer grado.

Sostiene la juez en contra del fiscal que los delitos por los que fue condenado “no son graves”, dado que están penados con menos de cinco años, y agrega que la condena que asume es corta: tres años por cuatro delitos fiscales al aplicarse el límite de cumplimiento.

Otros factores favorables son el ingreso voluntario, la buena conducta penitenciaria, la asunción correcta el régimen de la prisión, la correcta participación en las actividades programadas, la ausencia de sanciones, el apoyo familiar.

También tiene en cuenta el compromiso de pago de la responsabilidad civil, al haber satisfecho 729.672,70 euros (693.074,30 del importe íntegro principal y el resto como parte de los intereses) y al tener embargadas las propiedades para garantizar el pago restante.

Por ello, al haber disfrutado ya de tres permisos penitenciarios sin que conste incidencia negativa alguna durante los mismos y dado que el 30 de mayo cumplirá la mitad de la condena, “lo que le permitirá el acceso a la suspensión de la ejecución y concesión de la libertad condicional”, accede a concederle el tercer grado.

También tiene en cuenta la edad de Fabra, que ya ha cumplido 70 años, “y su delicado estado de salud, como consecuencia del trasplante de hígado al que fue sometido, que exige continuas revisiones y seguimiento médico”.

E incide en que no se puede afirmar -como hace el fiscal- la existencia de un riesgo “medio-alto” de reincidencia.

La juez cree que el interno “ya está capacitado para vivir en régimen de semilibertad, aunque no considera que proceda ”en este momento“ la aplicación de los medios telemáticos que ha pedido”.

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