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No, los asesinos de menores no salían a la calle en siete años sin la prisión permanente revisable

Mariano Rajoy junto a las familias de Sandra Palo y Marta del Castillo

José Precedo

En la subasta electoral abierta entre el Partido Popular y Ciudadanos a propósito del endurecimiento de penas -con los crímenes de Diana Quer y el pequeño Gabriel como telón de fondo en todas las televisiones- vale todo. Y eso incluye utilizar la filtración de una carta enviada por el autor confeso de la muerte de Diana Quer, José Enrique Abuín, a su familia en la que pronostica (sin ninguna base) que en siete años volverá a estar en la calle.

En la misiva, un texto manuscrito publicado por el Abc, el único detenido por la muerte de la joven madrileña, asegura a sus familiares: “Vosotros tranquilos. Aquí ya me dijo la abogada que me iban a pedir homicidio (son de 10 a 15 años) pero a los siete ya estaría fuera y con tres o cuatro de permiso. Tranquilos, vale. Sed fuertes y gracias por el apoyo”.

La carta ha sido utilizada por dirigentes del PP para defender una nueva modificación del Código Penal que amplíe la prisión permanente revisable -esa especie de cadena perpetua introducida en 2015 en la que a los 25 años de cárcel un tribunal debe evaluar si el preso está reinsertado para decidir sobre su libertad- a casos como el de Diana Quer.

El viceportavoz del partido Pablo Casado citó el lunes esos párrafos el pasado lunes tras la reunión de la Ejecutiva de su partido para meter más presión al resto de partidos que se han comprometido a derogar esa modificación del Código Penal. “Hemos leído la carta de este desalmado. Que un preso tras cometer esta atrocidad haga cálculos de beneficios penitenciario y del dinero que se va a llevar en las tertulias es indignante”, aseguró Casado, antes de defender “sin rencor y sin revancha” pero “con mucha responsabilidad” el mantenimiento de esa pena.

La ya famosa misiva del autor de la muerte de Diana Quer ha sido utilizada -en las vísperas del debate parlamentario sobre la prisión permanente que se celebra este jueves en el Congreso- como argumento de autoridad en tertulias y columnas de opinión por los partidarios de la cadena perpetua.

La realidad es que no existe ningún indicio para concluir que Abuín quedaría libre en siete años, si finalmente es condenado. Tampoco hay elementos para aventurar que será acusado de homicidio cuando se celebre el juicio. El Código Penal español, uno de los más duros de Europa, ya establecía antes de su última reforma -para introducir la prisión permanente- penas de entre 15 y 25 años en caso de asesinato. El homicidio se castigaba con entre 10 a 15 años. La diferencia es que el asesinato requiere haber llevado a cabo el crimen con alguno de estos elementos “alevosía; por precio, recompensa o promesa; ensañamiento; o para facilitar la comisión de otro delito o evitar que se descubra”. El juez que investiga el caso no ha descartado el asesinato. Serán los tribunales quienes dicten la condena al autor de la muerte de Diana Quer cuando haya una sentencia. Es seguro que su caso no será castigado con prisión permanente revisable, porque en su actual formulación solo rige para las muertes de menores de 16 años.

En el otro crimen que monopoliza estos días las parrillas de las televisiones, el del pequeño Gabriel en Almería, sí podría aplicarse la cadena perpetua introducida en la legislación española en 2015. Los juristas consultados por eldiario.es sostienen que lo que se conoce de la muerte del niño almeriense sí encajaría en los supuestos introducidos por el Partido Popular en el Código Penal y que la presunta autora del crimen, Ana Julia Quezada, podría enfrentarse a esa acusación.

En caso de ser condenada a prisión permanente revisable, el castigo iría de los 25 a los 35 años de prisión, y tendría que ser un tribunal el que evaluase al final de todos esos años sí la reclusa está reinsertada para volver a la sociedad. Con el viejo Código Penal en caso de asesinato la escala oscilaría entre los 15 y los 25 años de prisión. Lo que no cambiaría es el régimen de permisos: tanto antes de la modificación como ahora, un condenado por asesinato o a prisión permanente revisable debería pasar al menos ocho años entre rejas antes de poder disfrutar de una salida. En este caso sería el juez de vigilancia penitenciaria el que decidiría basándose en los informes de los equipos psicosociales de la prisión.

La regulación de la prisión permanente revisable sí endurece el acceso al el tercer grado que permite al recluso un régimen de semilibertad -de 16 horas al día fuera de la prisión- como un paso intermedio para rehacer la vida fuera cuando expire la condena. Para que un condenado a prisión permanente pueda acceder a él debe pasar antes 18 años en la cárcel. En el caso de los condenados por asesinato con el código antiguo, el recluso debía haber cumplido al menos la mitad de la condena, además de pasar una serie de exámenes.

En la hemeroteca de los últimos crímenes de menores que causaron gran impacto en la opinión pública figuran sentencias ejemplarizantes. El asesino de Marta del Castillo, Miguel Carcaño fue condenado a 21 años y tres meses de cárcel. La Fiscalía había pedido para él 52 años por un delito de asesinato, dos de agresión sexual y otro contra la integridad moral.

En el caso de la niña Mari Luz, una niña de cinco años asesinada en Sevilla en 2008, Santiago Del Valle fue sentenciado a 22 años por asesinato y abusos sexuales con el agravante de reincidencia.

En ambos casos todavía existía la prisión permanente revisable y las familias de las dos menores organizaron campañas de recogidas de firmas para que se instaurase la cadena perpetua en España, abolida durante la dictadura de Primo de Rivera.

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