La Audiencia Nacional concluye que Villarejo usó su placa para los encargos privados y le condena por cohecho

Pedro Águeda

13 de noviembre de 2024 17:47 h

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La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, la máxima instancia del tribunal especializado, ha resuelto la discrepancia jurídica que atravesaba la gran causa de corrupción conocida como caso Villarejo. El comisario jubilado ha sido finalmente condenado por cohecho, lo que implica que los jueces dan por acreditado que para elaborar los dosieres sobre terceros que vendía a clientes privados se sirvió de su condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía. Algo que aparentemente resultaba evidente dejó de parecerlo cuando la Sala de lo Penal, por dos veces, absolvió a Villarejo de este delito al desvincular su condición de policía nacional de la confección de los informes que vendía a precios astronómicos.

En una sentencia conocida este miércoles, la Sala de Apelación ha condenado a Villarejo como autor de un delito de cohecho pasivo por las ganancias que obtuvo al haber investigado de forma ilícita, y por encargo de Planeta, a uno de los árbitros del laudo que mantenía este grupo con los propietarios de la emisora Kiss FM. El comisario bautizó el Proyecto July y cobró un millón de euros, una cantidad que supera en 333 veces el sueldo mensual de un comisario, destaca la sentencia.

Para los magistrados no existe duda acerca de que el comisario ofreció sus condiciones como policía para investigar un presunto soborno arbitral y prometió que lo haría de forma extraoficial, así como la utilización de “métodos ilícitos” tales como las consultas de bases de datos oficiales o la retribución a colaboradores. El comisario investigó el patrimonio del árbitro sospechoso, así como sus datos personales y los de sus allegados. Nunca oficializó la investigación o informó a sus superiores.

El Proyecto July ha llegado a la Sala de Apelación porque el tribunal que juzgó a Villarejo, con la recién jubilada Ángela Murillo al frente, estimó que el comisario elaboraba sus dosieres al frente de su empresa Cenyt, que ofrecía asesoramiento y defensa jurídica y también tareas de investigación. La condena por cohecho pasivo supone tres años de cárcel para que el comisario sume a las decenas a las que ya ha sido condenado en otras piezas.

La Sala de Apelación es una doble instancia creada en 2017 en el seno de la Audiencia Nacional después de los requerimientos en ese sentido de la Unión Europea. Esta sala revisa las condenas que dicta la Sala de lo Penal y sus decisiones aún pueden ser revisadas por el Tribunal Supremo.

La relevancia de esta condena por cohecho tiene que ver con el empeño de la Sección de la Sala de lo Penal que juzga las piezas del caso Villarejo en absolver al comisario por el delito de cohecho. Así lo hizo, por segunda vez, el pasado mes de octubre, cuando no apreció este delito en los encargos examinados en el primer juicio contra el comisario, las piezas Iron, Land y Pintor. Absolver a Villarejo de cohecho y no reconocer que utilizó su condición de Policía destinado en el corazón de la seguridad del Estado hacía tambalearse toda la instrucción que se lleva a cabo desde hace siete años.

En el caso del juicio por las citadas tres piezas, la Sala de Apelación ordenó a la sección de Murillo a repetir la sentencia porque considera que no había valorado correctamente todos los indicios. El tribunal reescribió el fallo y volvió a absolver a Villarejo de cohecho. También lo hizo por el encargo de Planeta en el Proyecto July. El recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra esa absolución por cohecho es el que ha motivado la sentencia de la Sala de Apelación.