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La Audiencia Nacional deja en evidencia a García Castellón por alargar de forma irregular una pieza del caso Villarejo

El juez Manuel García-Castellón entra a la Audiencia Nacional

Elena Herrera

4 de marzo de 2024 22:35 h

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La Audiencia Nacional ha anulado la orden con la que Manuel García Castellón pretendía prolongar de forma irregular durante seis meses la investigación en una de las ramificaciones del 'caso Villarejo': la que analiza si un empresario contrató al comisario jubilado para extorsionar a su expareja. La Sala de lo Penal recuerda al juez que “en manera alguna” podía añadir seis meses más a una causa que lleva cuatro años y medio en marcha solo por estar esperando a que Rumanía envíe datos del caso. Recientemente un imputado del caso Tsunami Democràtic se ha quejado ante el Supremo de que esta causa también se prorrogó de forma irregular al hacerlo el juez un día fuera de plazo.

La pieza número 14 del caso Tándem, bautizada como Proyecto Ámbar, lleva abierta desde septiembre de 2019 y en ella el juez García Castellón investiga si un empresario y dueño de un restaurante en Madrid pagó 300.000 euros a José Manuel Villarejo para extorsionar a su expareja. Una causa en la que también se investiga si Carlos Salamanca, antiguo comisario jefe del aeropuerto de Barajas, disfrutó de viajes de lujo pagados por el empresario con dinero procedente de Suiza.

Las diligencias llevan abiertas desde septiembre de 2019 en el juzgado seis de la Audiencia Nacional y el instructor ha firmado hasta siete prórrogas de medio año en medio año. La última, a finales de enero, cuando Manuel García Castellón se apoyó en la Fiscalía y la acusación para explicar que necesitaban más tiempo para recibir información clave: que Rumanía explique si en 2012 Salamanca y el empresario fueron juntos de viaje a Bucarest, un posible delito de cohecho si todo estuviera conectado con el supuesto encargo a Villarejo.

El propio García Castellón explica en su último auto que la prórroga anterior, de julio de 2023, se pensó para poner en marcha esta diligencia, pero lamenta tambien que Rumanía no haya contestado todavía y que necesite seis meses más para recibir la respuesta. Y justificó esa prórroga en varias cuestiones: tener que esperar a la información de ese país pero también que, una vez analizada la información, podría necesitar poner más diligencias en marcha. La pieza 14 del caso Tándem, dijo el juez, es “dinámica, activa y compleja” y su prolongación por séptima vez está “más que justificada”.

Una opinión que no compartía ni la defensa de Carlos Salamanca, que recurrió, ni la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que acaba de estimar ese recurso y ha anulado la ampliación de la investigación en enero. Los jueces que supervisan la causa recuerdan a García Castellón que el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula la prolongación de las causas judiciales, tiene un artículo específico para este tipo de casos: si la diligencia se pidió en plazo, su resultado sigue siendo válido.

El instructor, sin embargo, no acordó ninguna diligencia nueva ni indicó que tuviera otras pendientes de poner en marcha. “La contestación de las autoridades de Rumania podrá ser valorada como realizada dentro del plazo de instrucción prorrogado”, dice la Sala. Pero intentar alargar la causa para poner en marcha hipotéticas diligencias, critican, se haría “contraviniéndose así la finalidad de acortar temporalmente las investigaciones de las causas penales”.

En su recurso, el comisario Carlos Salamanca –juzgado recientemente en otra de las piezas del caso Villarejo– se quejaba que en los últimos años el juez apenas ha practicado “una decena de diligencias, siendo el resultado de todas ellas más que infructuoso”. La decisión de la Sala, en la práctica, permite a García Castellón contar con todo el material que haya recabado desde septiembre desde 2019 hasta la fecha, incluyendo la información que remitan las autoridades de Rumanía sobre ese viaje, pero no puede solicitar más diligencias sobre el caso. Tendrá que decidir si lo manda así a juicio.

Los plazos del caso Tsunami

La séptima prórroga de esta pieza separada del caso Tándem, una de las menos conocidas y con menos proyección pública de las varias decenas que brotaron de la detención de José Manuel Villarejo en 2017, no pasa el filtro de la Sala de lo Penal no por un incumplimiento de los plazos, sino por un incumplimiento de las previsiones legales para poder firmarla. Otra de sus prórrogas también ha sido recientemente cuestionada ante el Tribunal Supremo: la del caso Tsunami Democràtic.

Las defensas de varios acusados, entre ellas la de Marta Rovira, Oriol Soler o Xavier Vendrell, se suman a la crítica que ya hizo otro imputado, Josep Lluís Alay, y focalizan sus alegaciones en una fecha: el 30 de julio de 2021. Ese día, según sus escritos que por ahora no han recibido respuesta, Manuel García Castellón prolongó la investigación de la causa, una de tantas veces dentro de su desarrollo. El problema es que, según estos recursos, para entonces ya había entrado en vigor la reforma del artículo 324 del Código Penal que le hubiera obligado a hacerlo 24 horas antes. El 29 de julio de 2021.

Está por ver la respuesta que esta alegación tiene tanto por parte de la Audiencia Nacional como por parte del Tribunal Supremo. Los imputados entienden que este supuesto desliz de un día de Manuel García Castellón puede llevarse por delante los últimos dos años y medio de investigación, incluyendo por tanto algunos de sus puntos clave más recientes.

En contacto con elDiario.es, el catedrático de Derecho Procesal, Juan Luis Gómez Colomer, explica que este es un caso “complejo y defendible” y que “en ningún caso se produce la nulidad automática”. El Supremo tiene dicho, afirma el jurista, que aunque se anulen las diligencias acordadas fuera de plazo, el procedimiento “sigue y puede ser válida una condena” en base a otras pruebas que sí sean válidas.

También explica que, en el caso de Tsunami, la reforma de 2020 sobre los plazos procesales entró en vigor en plena investigación. “Hablamos de investigaciones que estaban sometidas a un plazo que ha sido modificado, pero primero hay que cumplir ese plazo. Y, cuando acabe, entonces ya se aplicará el plazo de la nueva ley”. No significa, según su criterio, que en 2020 empezara a correr el plazo de un año si ya existía uno anterior: “Si estaba concedido tres años y no han acabado los tres, ese año solamente será posible cuando acaben los tres”, afirma.

Jordi Nieva Fenoll, también catedrático de Derecho Procesal, rechaza que una posible estimación pueda llevar a la anulación de toda la causa y entiende que la reforma de 2020 buscaba evitar, precisamente, que “una investigación muriera simplemente porque se hubiera pasado el plazo”. “La ley fue reformada para que no ocurriera eso. Tal y como está escrito, es una especie de plazo orientativo, tampoco es absolutamente evidente que si no lo haces no tengas manera de continuar investigando”, explica a este periódico. “¿Que podría interpretarse lo contrario? Por supuesto. Pero no era la intención del legislador”, añade. El Tribunal Supremo, considera, podría poner encima “argumentos de eficacia de las investigaciones” para rechazar la alegación.

El caso Tsunami está en manos del Tribunal Supremo desde que hace unos días la Sala de lo Penal decidiera admitir la exposición razonada de García Castellón y abrir una causa por terrorismo contra Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg, ambos acusados de jugar un papel protagonista en el nacimiento y funcionamiento de la plataforma que impulsó las manifestaciones masivas contra la sentencia del procés en 2019.

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