La Audiencia Nacional mantiene en libertad a Villarejo tras su condena a 19 años porque no ve riesgo de fuga
El tribunal de la Audiencia Nacional que condenó a 19 años de cárcel al comisario jubilado José Manuel Villarejo ha rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción y de las acusaciones para que ingrese en prisión provisional —la sentencia todavía no es firme— y ha acordado que siga en libertad con medidas cautelares. Los jueces han tomado la misma decisión respecto a su socio, Rafael Redondo, condenado a 13 años de cárcel.
En un auto, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Penal imponen a los dos condenados la obligación de comparecer en el juzgado de su domicilio cada 15 días y también ante la Audiencia siempre que fueran requeridos, la prohibición de salir del territorio nacional, la retirada de pasaporte y la comunicación de cualquier cambio de domicilio.
La Sala considera que no solo se requiere para acordar el ingreso en prisión la existencia de una condena elevada, pues esta debe ir acompañada de circunstancias adversas que evidencien un riesgo de fuga. Y en este caso, señala que Villarejo estuvo en prisión desde el 3 de noviembre de 2017 hasta el 10 de febrero de 2020, que ha atendido a todos los llamamientos judiciales y ha comparecido a todas las sesiones del juicio menos aquellas en las que se autorizó su ausencia. Apunta, además, que se personó sin demora en la secretaría del Tribunal para que se le notificara la sentencia a pesar de que era conocedor del fallo condenatorio.
La Audiencia explica que Villarejo ha sido condenado a 19 años de prisión, pero no lo fue en virtud de un delito de extrema gravedad merecedor de tan severa sanción, si no que esa condena resulta de la adición de penas impuestas por delitos de encubrimiento y revelación de secretos de empresa y particulares (cuatro) y falsedad en documento mercantil (dos).
“El solo dato de las elevadas penas impuestas no conlleva una justificación autónoma suficiente para determinar la legitimidad de la adopción de esta medida, debiendo de apreciarse en conjunción con los demás requisitos, no bastando con atender sólo a la gravedad de la pena concretamente impuesta”, afirma el auto, haciendo referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional en este sentido.
Los jueces han tomado esta decisión tras la vista solicitada por la Fiscalía Anticorrupción para valorar las medidas cautelares a imponer tras esa primera resolución. En este primer juicio se juzgaban tres encargos al comisario: el de un bufete de abogados que quería perjudicar a otros letrados que habían trabajado en él hasta crear su propio despacho (pieza Iron), el de miembros de la familia García Cereceda enfrentados por una herencia (pieza Land) y el de dos hermanos empresarios, uno de ellos marido de Ana Rosa Quintana, que querían perjudicar a un rival con información personal (pieza Pintor).
La Audiencia Nacional condenó a Villarejo por delitos de revelación de secretos de empresa en la pieza Iron y de particulares en la pieza Land, además de por falsedad en documento mercantil, mientras que le absolvió de cohecho en ambas y de extorsión en grado de conspiración en la pieza Pintor.
Por contra, el policía jubilado fue absuelto de la acusación de haber cobrado por los encargos aprovechando su condición de policía en activo, piedra angular de la investigación. Los jueces concluyeron que no se le puede condenar por cohecho porque no se servía de su destino en la Policía para confeccionar los dosieres que luego vendía, lo que puede afectar a piezas como la que se juzgará próximamente contra los directores de seguridad de Repsol y Caixabank.
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