La Audiencia Nacional confirma las penas para los condenados de Alsasua pero insiste en que no fue terrorismo
La Audiencia Nacional publica este jueves una sentencia sobre el caso de la pelea en un bar de Alsasua. El tribunal ha matizado las dos sentencias anteriores en Navarra al considerar que no ve delito de terrorismo en este caso, aunque mantiene la consideración de agravante por discriminación ideológica.
La sentencia, difundida este jueves, desestima así el recurso planteado por la Fiscalía, que sí calificaba los hechos como terroristas, así como los planteados por la defensa. De este modo, ratifica las condenas para los encausados por la agresión en octubre de 2016 a dos guardia civiles y sus parejas en la localidad navarra, salvo para el caso de Iñaki Abad.
Abad fue sentenciado a 10 años de prisión y ahora la Sala rebaja la pena a 6 años al apreciar además de un delito de desórdenes públicos, un solo delito de atentado a la autoridad y un solo delito de lesiones, y no los dos que inicialmente se le habían atribuido.
En el resto de los casos, confirma la sentencia inicial que impuso 13 años de cárcel para Ohian Arnanz, 12 para Jokin Unamuno y Adur Ramírez, 9 años en el caso de Jon Ander Cob, Julen Goicoechea y Ararz Urriola y 2 años para Ainhara Urquijo, la única condenada que no ha llegado a ingresar en prisión.
La Audiencia Nacional considera que no fue una pelea de bar sino que agredieron a los dos guardias civiles por el hecho de serlo. El tribunal se basa a dos anteriores sentencias del Tribunal Supremo para contemplar este agravante de discriminación ideológica. Se trata de la condena de un ataque a la delegación de la Generalitat de Catalunya en Madrid a manos de un grupo de ultraderecha y, por el otro, el asesinato de un simpatizante abertzale perpetrado por un policía y su hijo.