El calendario electoral que se dibuja para las elecciones generales del 28 de abril

Tras la decisión del presidente del Gobierno de convocar un adelanto electoral para el próximo 28 de abril, se pone en marcha de nuevo un calendario electoral que comenzará de manera oficial el 5 de marzo. Ese día se publicará en el Boletín Oficial del Estado el decreto de convocatoria de los comicios.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General es la normativa bajo la cual se enmarcan plazos y procedimientos que tienen que cumplir los partidos y las coaliciones que quieran participar en la cita electoral. Esta normativa también rige los pasos que llevan a cabo las administraciones públicas que son las encargadas de garantizar la legalidad del proceso hasta que se formen nuevas Cortes.

Según los tiempos legales, la fecha para que se constituyan las Cortes se tiene que fijar en los 25 días posteriores al 28 de abril, esto significa que los nuevos grupos parlamentarios tendrán que llegar a su primer pacto antes del 23 de mayo. En esta primera negociación tendrán que elegir al presidente del Congreso y a la Mesa del Congreso. Todo esto sucederá muy pocos días antes de las elecciones municipales y autonómicas del 26 de mayo.

Como se ha demostrado durante esta legislatura, la Mesa del Congreso es clave para que se tramiten las proposiciones y proyectos de ley puesto que tiene el poder de aligerar o demorar estos procesos parlamentarios a base de inadmisiones y enmiendas.

Estas son algunas de las fechas claves de cara a las elecciones del 28 de abril:

  • 5 de marzo: este día se publicará en el BOE el decreto de disolución de las Cortes que convocará las elecciones generales para el próximo 28 de abril. La fecha para la constitución de las Cortes se fijará en los 25 días posteriores al 28 de abril, es decir, nunca después del 23 de mayo.

En esta jornada se abrirá también el plazo para solicitar el voto por correo. Este mecanismo previsto para poder votar desde el extranjero se podrá seguir pidiendo hasta el décimo día anterior a la votación, es decir, hasta el 18 de abril.

  • 15 de marzo: este es el último día en el que los partidos que se quieren presentar en coalición con otras formaciones pueden comunicarlos a las Juntas Electorales correspondientes.
  • 25 de marzo: en esta jornada se acaba el plazo para que los partidos y las coaliciones presenten sus candidaturas ante la Junta Electoral.
  • 30 de marzo: este día las candidaturas se harán oficiales tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
  • 30 de marzo – 3 de abril: Entre los días comprendidos entre estas dos fechas se realizarán los sorteos para designar a los miembros de las mesas electorales. “El presidente y los vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente que sepa leer y escribir”.

Además, el 30 de marzo también concluye el plazo para solicitar el voto de los españoles que residen en el extranjero.

  • 2 de abril: Este día se publicará en el BOE las candidaturas proclamadas tras haberse subsanado posibles irregularidades.
  • 12 de abril: A partir de las 00 de este día, arranca la campaña electoral.
  • 18 de abril: fin del plazo para solicitar el voto por correo para aquellos españoles ausentes en su localidad el día de las elecciones.
  • 23 de abril: Fecha a partir de la cual estará prohibido publicar sondeos y encuestas electorales.
  • 26 de abril: Fin de la campaña electoral a las 23:59 horas.
  • 27 de abril: Jornada de reflexión.
  • 28 de abril: Elecciones Generales.
  • 23 de mayo: antes de este día se debe haber fijado la fecha para la constitución de las nuevas Cortes.