La decisión del Supremo sobre Casado allana el camino para que la jueza lo cite como testigo
El Tribunal Supremo dio este viernes carpetazo definitivo a la posibilidad de que Pablo Casado sea investigado por el máster que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos. Pero el archivo de las actuaciones no supone que el líder del PP no tenga que dar ninguna explicación en sede judicial sobre la causa en la que siguen imputadas otras tres alumnas que hicieron el posgrado de Derecho Autonómico y Local con él, así como su responsable, el catedrático Enrique Álvarez Conde.
La jueza Carmen Rodríguez-Medel no puede ya citarle como imputado, pero sí tiene la posibilidad de escucharle en calidad de testigo. Para ello, fuentes jurídicas apuntan a eldiario.es que la magistrada que instruye el caso planea preguntar al Tribunal Supremo la conveniencia de citarlo como testigo, una condición que le obligaría a decir la verdad en todas las preguntas que se le formularan.
Casado, al ser únicamente diputado, no tendría el privilegio de poder declarar por escrito, una prerrogativa reservada a puestos de mayor responsabilidad. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sí tendría la posibilidad de comparecer desde su despacho oficial, a donde se podría trasladar en persona la magistrada para plantearle las preguntas que estimara oportuno. Lo que no podría pedirle es que le entregara el ordenador con el que realizó los trabajos del máster y esos documentos, algo que sí había sugerido que hiciera el Supremo.
Con esta consulta al Tribunal Supremo sobre la posibilidad de citar a Casado como testigo, la jueza Rodríguez-Medel asegura procesalmente la instrucción y se protege de posibles querellas. Las fuentes consultadas señalan que no existen argumentos jurídicos que justificaran que los jueces del alto tribunal, que en su auto reconocen indicios de “trato de favor” en la forma en la que Casado obtuvo ese título, se posicionaran en contra de su declaración como testigo.
De hecho, el auto del que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero allana el camino hacia esa citación, pues a pesar de reconocer la “inexistencia de datos que avalen la presentación de trabajos que sustituyeran otros méritos inexistentes”, como el hecho de que el presidente del PP no asistiera a clase, dice que estas son actuaciones “imputables al responsable de su valoración”. Es decir, a los profesores.
Los jueces del alto tribunal exoneran a Casado y también ponen el foco en la actuación de los responsables del máster en otra cuestión central: la convalidación de todas las asignaturas a excepción de cuatro, que aprobó con sobresaliente con otros tantos trabajos que sumaban entre todos 92 páginas. Sobre esta cuestión dicen que es cierto que otros alumnos no solicitaron ese reconocimiento masivo de créditos, aunque mantienen que eso puede deberse, de nuevo, a un comportamiento “irregular” de los docentes.
Casado, el único VIP que no ha declarado
Para probar la posible actuación delictiva de los responsables del máster puede resultar muy valiosa la información que puedan aportar los alumnos en sede judicial. Y se da la circunstancia de que el líder del PP es el único de los estudiantes “escogidos” –según la propia denominación que la jueza Rodríguez-Medel hizo en la exposición de motivos para elevarlo al Tribunal Supremo– que no ha comparecido ante la Justicia.
Ante la jueza, las alumnas imputadas reconocieron que no habían ido a clase y que lograron el título sin mucho esfuerzo gracias al director del departamento que otorgaba el título, el ahora imputado Álvarez Conde, tal y como acreditaron las grabaciones de sus declaraciones que publicó la Cadena Ser. Las tres, que se sacaron el máster en las mismas condiciones que Casado, siguen investigadas por los delitos de cohecho impropio y prevaricación administrativa.
Una de ellas, María Dolores Cancio, reconoció que Álvarez Conde le dijo que no tenía que hacer trabajos ni ir a clase y que le indicó cómo convalidar las asignaturas. Las otras dos alumnas investigadas, María Mateo Feito y Alida Consuelo Mas Taberner, también admitieron que el catedrático las había eximido de ir a clase a pesar de que el curso era presencial.