La ley de amnistía ya está en el Congreso. El texto cristaliza semanas de negociaciones entre PSOE y Junts y fija las bases para perdonar a los implicados procesos judiciales por su relación con la consulta del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017, aunque el ámbito territorial que abarca es más amplio. Estas son las claves de una ley que se justifica por la necesidad de “normalización institucional, política y social en Cataluña”.
¿Cómo justifica el texto la amnistía jurídicamente?
El redactado de la ley señala que la amnistía es “un medio adecuado para abordar circunstancias políticas excepcionales” y que “en el seno de un Estado de derecho” busca “la consecución de un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social”.
A partir de ahí, el texto cita el antecedente de la ley de amnistía de 1977, señala que la medida se recoge en el ordenamiento jurídico de países de nuestro entorno y que desde la Segunda Guerra Mundial “se han promulgado más de medio centenar de estas leyes en los citados países”. Es más, señala que cabe dentro del marco jurídico de la Unión Europea.
¿Y políticamente cómo se argumenta?
Hay algunos párrafos para la justificación política. Se busca “dar una respuesta adecuada más de diez años después del comienzo del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca establecer las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro”. La ley asegura que la amnistía es “un paso necesario para superar las tensiones”. “Esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil, pero a la vez valiente y reconciliador”, añade.
¿Cómo se define a España?
El texto señala que España cuenta con una Constitución que “garantiza los derechos fundamentales individualmente considerados y preserva los derechos ideológicos y políticos de todos” y añade que es “una democracia y un Estado de derecho, en el que el principio de legalidad, el principio democrático y el respeto a los derechos fundamentales se configuran como pilares esenciales”.
¿Qué época abarca?
Este apartado lo regula el título II de la ley, que señala que la amnistía abarca “los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable, vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017”.
Eso sí, amplia al plazo temporal a antes del primer referéndum y a después del segundo. Es decir; quedan amparados todos los actos relacionados con esas consultas desde 1 de enero de 2012, “año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista”, señala el texto, hasta el 13 de noviembre de 2023.
¿A quién incluye la ley de amnistía?
La ley de amnistía no solo va a amparar a a quienes participaran en la organización y celebración de la consulta, sino también los delitos que “guardan una profunda conexión con los mismos”. Y cita ejemplos: las acciones de protesta –como los delitos de desórdenes públicos o atentado a la autoridad–, el asesoramiento, la financiación –es decir, la malversación–, la aprobación de leyes para la celebración de esas consultas –delito de prevaricación– la protección a los responsables “así como todos los actos objeto de la presente Ley que acreditan una tensión política, social e institucional”.
Aquí tienes una relación completa con los nombres de quienes se verán beneficiados por la ley.
¿Y qué queda específicamente fuera de la amnistía?
Un apartado en concreto regula qué delitos se quedan fuera de la ley. Por ejemplo, los actos dolosos “que hubieran producido resultado de muerte”, las torturas o tratos inhumanos, los actos tipificados como terrorismo –con una definición específica–, los de traición, los que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea y aquellos que tengan motivaciones “racistas, antisemitas, antigitanas u otra clase de discriminación”.
¿Cómo queda específicamente el delito de terrorismo?
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón investiga a Carles Puigdemont por terrorismo en la causa de Tsunami, al considerar que hay indicios de que el expresidente de Catalunya pudo participar en la organización de los actos de protesta. Además, deja abierta la puerta a culparle de la muerte de un francés que sufrió un infarto durante el bloqueo del aeropuerto del Prat, lo que obligó a modificar la parte del terrorismo de la ley, que amparaba todos los actos salvo que hubiera muertos.
Ahora, el texto registrado se remite a las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 de lucha contra el terrorismo. En lo que concierne a las causas relacionadas con el procés establece que quedarían excluidos de la aplicación de la amnistía conductas como “la fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de explosivos”, si bien requiere que para que exista esa exclusión debe haber sentencia firme. Ocho de los 12 activistas de los Comités de la Defensa por la República (CDR) están procesados por tenencia de sustancias explosivas, aunque todavía no han sido juzgados.
Además, en referencia al francés que falleció de un infarto durante las protestas, la ley excluye del perdón los actos “dolosos”, es decir, aquellos que se produjeron con intención de causar la muerte. Con ese redactado se busca proteger a Puigdemont y al resto de cargos imputados en esa causa, porque difícilmente se podrá entender que los actos buscaron causar la muerte de ese ciudadano.
¿Y el 'lawfare'?
El 'lawfare' es la “instrumentalización de la Justicia, judicialización de la política o persecución judicial”. El acuerdo político entre socialistas y posconvergentes sí habilita que este tipo de causas se aborden en comisiones de investigación en el Congreso, pero la ley de amnistía no incluye ninguna referencia al 'lawfare' en los procesos contra los líderes independentistas.
¿Qué pasa con los casos específicos de Josep Lluís Alay, Miquel Busch y de Laura Borràs?
La amnistía sí cubrirá al historiador, jefe de la oficina de Puigdemont, procesado por malversación al gastar 4.580 para asistir a un referéndum de autodeterminación en Nueva Caledonia. O al exconseller Buch, por facilitar un escolta –también condenado– a Puigdemont, porque el texto ampara la asistencia, asesoramiento y protección a los responsables del procés.
No se aplicará, eso sí, a Laura Borràs, cuyo caso nunca entró en las negociaciones, en contra de lo publicado algunos medios.
¿Los policías y guardias civiles investigados por el 1-O entran en la amnistía?
Hay varios agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil que están investigados en Catalunya por la violencia empleada el 1 de octubre de 2017 para impedir la celebración del referéndum. La ley de amnistía también se extenderá a ellos, porque recoge “las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa comprendidos en este artículo”.
Es más, en el preámbulo hay un párrafo dedicado a esos policías, en los que se dice el hecho de que la amnistía se extienda a ellos “no supone demérito o reproche alguno” ni supone su “criminalización”, sino que “persigue aliviar la situación procesal de los encausados”.
¿Qué tendrán que hacer los jueces cuando se apruebe la amnistía definitivamente?
Cuando la ley complete la tramitación parlamentaria y sea aprobada, los jueces “ordenarán la inmediata puesta en libertad de las personas beneficiadas por la amnistía que se hallaran en prisión”, se eliminarán los antecedentes penales relacionados con la amnistía, se anularán las órdenes de busca y captura y quedarán sin efecto todas las medidas cautelares.
Los tribunales tendrán un plazo máximo de dos meses desde la aprobación de la ley para tomar estas decisiones.
¿Podrá haber recursos contra esas decisiones judiciales?
Sí, la ley contempla que se planteen recursos contra las resoluciones que extingan las responsabilidades criminales o las infracciones administrativas o contables.
¿Y los policías?
Volverán a sus puestos inmediatamente. No recibirán un pago por el tiempo que estuvieron suspendidos, pero ese tiempo les contará como antigüedad, y se les eliminarán las notas desfavorables en la hoja de servicios.