Condena firme a un inspector jefe de Policía Nacional por consultas ilegales en bases de datos

Alberto Pozas

9 de noviembre de 2021 21:39 h

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El Tribunal Supremo ha confirmado una multa de 3.900 euros a un inspector jefe de Policía Nacional por hacer consultas ilegales en las bases de datos policiales. Los jueces declaran probado que existió una red de policías en dos comisarías de Madrid que, entre otras cosas, consultaban las fichas policiales de ciudadanos extranjeros que buscaban la residencia legal en nuestro país. Otro policía nacional que no recurrió ha sido condenado a pagar otra multa en este mismo caso y el supuesto cabecilla del grupo, un policía entonces jubilado, falleció antes de poder ser juzgado.

Los hechos que relatan las sentencias a las que ha tenido acceso elDiario.es describen cómo entre 2013 y 2014 un inspector jefe de Policía Nacional jubilado y otro hombre más se dedicaban a “facilitar a ciudadanos extranjeros diversos trámites relacionados con la obtención de la documentación necesaria para permanecer o residir en España”. Para esto, declaran probado en firme los jueces, necesitaban conocer si tenían o no antecedentes penales y lo descubrían a través de dos agentes: uno de la comisaría de Villaverde-Usera y el inspector jefe de la comisaría de Carabanchel, ambas en la ciudad de Madrid.

El grupo no hablaba en clave y las comunicaciones intervenidas revelan cómo los policías decían que alguien estaba “limpio” si no tenía cuentas pendientes con la Justicia o que “tiene caca” si pesaba sobre él alguna orden de arresto, antecedentes o entrada en prisión. Los pinchazos y las comunicaciones intervenidas reflejan cómo algunos incluso se ofrecían a conseguir pasaportes para criminales en búsqueda y captura.

El supuesto cabecilla del grupo falleció en 2016, varios años antes de la celebración del juicio, y los hechos probados por los distintos tribunales que han estudiado el caso no recogen si los agentes cobraban o no dinero a cambio de hacer esta consultas en las bases de datos policiales “Personas” y “Sidenpol”. Los pinchazos telefónicos y los mensajes intervenidos por orden del juzgado 1 de la Plaza de Castilla sí reflejan cómo se pedían “300 por los antecedentes” o cómo el fallecido ofreció “uno de color verde por mirar una cosita” a uno de los agentes.

En total, a lo largo de 2014, los dos agentes condenados hicieron hasta seis consultas en las bases de datos policiales por encargo del inspector jefe jubilado o de la otra persona involucrada. Uno de ellos, según los jueces, era un criminal condenado por fraude y que había escapado de una prisión francesa aprovechando un permiso penitenciario. Su objetivo era recuperar el pasaporte y saber si podía hacer la gestión en comisaría sin ser detenido.

El Tribunal Supremo, con el magistrado Manuel Marchena como ponente, acaba de sentenciar el caso en firme. La sala de lo penal ha rechazado el recurso interpuesto por el entonces inspector jefe destinado en la comisaría de Carabanchel y ha confirmado su condena de 3.900 euros de multa por un delito de revelación de secretos. El otro policía, que trabajaba entonces en la comisaría de Usera-Villaverde, no recurrió la multa de 5.100 euros que la Audiencia Provincial de Madrid le impuso por ese mismo delito hace dos años. En un primer momento la Fiscalía llegó a pedir condenas de hasta cuatro años de prisión para ellos.

Un criminal fugado

Las sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia de Madrid reflejan cómo la investigación arrancó cuando Asuntos Internos empezó a seguir la pista del inspector jefe hoy fallecido, por su posible participación en delitos de falsedad documental y cohecho. El juez acordó intervenir sus comunicaciones y poco después, en agosto de 2014, los agentes escucharon cómo el hijo de un criminal fugado de una prisión francesa contactaba con él para obtener datos sobre la posibilidad de obtener un pasaporte.

Este fue el caso que les puso sobre la pista. Según relatan ambas sentencias, los datos que buscaron en uno de los seis accesos irregulares eran de un hombre que se había fugado de una prisión francesa donde cumplía condena por fraude. El agente comprobó que tenía una orden de búsqueda y captura y advirtió a su interlocutor de que sería detenido en cuanto pusiera un pie en una comisaría.

Esta es la única intervención que la Justicia atribuye al entonces inspector jefe de Carabanchel. El Supremo confirma su condena por revelación de secretos asegurando que su juicio de condena “está sólidamente edificado sobre el material probatorio” con “prueba lícita y de signo inequívocamente incriminatorio”. Su acceso a las bases de datos para comprobar el expediente del fugado no fue, dice el Supremo, “un acceso inocuo e irrelevante a la base de datos, sino que proporcionó una estratégica ventaja a un condenado buscado internacionalmente y que quería descartar el riesgo de su detención”.

En primera instancia la Audiencia de Madrid fue contundente también al afirmar que los dos agentes condenados usaron “medios materiales y aplicaciones informáticas de la Dirección General (...) entrando en diversas bases de datos y proporcionando” al ex comisario jubilado “información relativa a antecedentes policiales y penales, órdenes de busca y captura, etc., que éste les demandaba para usos particulares y ajenos a la función pública”. Uno de ellos afirmó haber actuado bajo coacciones del antiguo alto mando y los jueces descartaron el argumento en una sentencia que recordó el tono “amigable y coloquial” que usaban para hablar del tema por teléfono.

La comisaría de Carabanchel

La investigación que ha terminado en condena firme arrancó en el verano de 2014, apenas unas semanas después del comienzo de la acusación contra otros cuatro agentes de la misma comisaría de Carabanchel por supuesta falsificación de pruebas. La Fiscalía llegó a pedir hasta seis años de cárcel para ellos por delitos de falsedad documental pero todos fueron absueltos por la Audiencia de Madrid por falta de pruebas en enero de 2018.

Los jueces rechazaron de forma tajante que la comisaría de Carabanchel se hubiera convertido en un centro de producción de pruebas falsas y colocación de huellas dactilares para reforzar acusaciones e inflar las cifras de resolución de casos, como sospechó Asuntos Internos en un primer momento. Dijo entonces la Justicia que “no se está ante una actividad prolongada en el tiempo que permita inferir un acuerdo previo entre diversos funcionarios de policía de la Comisaría de Carabanchel para realizar actos de esta naturaleza”.

Bajo la lupa de Asuntos Internos y de la Fiscalía estuvieron tres apariciones sospechosas de huellas de supuestos criminales: dentro de un coche particular, dentro de un coche patrulla y en un domicilio. Ya entonces los jueces destacaron que una auditoría interna de actuaciones en los últimos siete años de esa comisaría no dejó ninguna otra aparición de huellas dactilares que “levantara sospecha de haber sido manipulada”. Esa sentencia, explican fuentes del caso, no fue recurrida por la Fiscalía y la absolución fue declarada firme poco después.