La Justicia condena a un año de cárcel al exconcejal socialista de Madrid Chema Dávila por abuso sexual

elDiario.es

Europa Press —

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exconcejal del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid Chema Dávila a un año de cárcel por un delito de abuso sexual contra una exmilitante socialista y extrabajadora del partido, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas y ha confirmado el condenado, que recurrirá la sentencia.

Los hechos juzgados tuvieron lugar hace dos años y medio, antes del cambio legislativo por el que todos los abusos se convirtieron en agresiones sexuales. La mujer, de 27 años, denunció a Dávila, edil socialista madrileño desde 2015 a 2019 y ahora fuera del partido, por unos supuestos tocamientos durante un encuentro entre ambos. La Fiscalía de Madrid solicitó un año y medio de prisión. La condena incluye, además de un año de prisión, una pena de inhabilitación especial por un periodo de cuatro años y una indemnización a la demandante por un importe de 8.000 euros en concepto de reparación de daños morales.

En declaraciones a Europa Press, Chema Dávila ha confirmado el fallo judicial, pero ha subrayado que lo recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), confiando que el caso se aclare en este instancia lo antes posible “e impere el sentido común”. El exedil ha negado en todo momento los hechos y apunta a las contradicciones y diferentes versiones de la víctima sobre lo ocurrido.

La denunciante es la misma persona que denunció también hace tiempo al actual diputado socialista en la Asamblea de Madrid Javier Guardiola por la presunta comisión de un delito contra la libertad sexual en relación a una supuesta agresión sexual. El caso fue archivado esta primavera por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, por el que los magistrados desestiman el recurso de apelación interpuesto por la víctima contra el auto, del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, que acordó el sobreseimiento provisional de la causa.

Los magistrados exponen que no existe “un testimonio consistente de la denunciante”, que no cuenta con corroboración y que no existen datos para poder concluir que tuviera “afectada su capacidad de conocimiento y decisión por la supuesta ingesta de pastillas”.