Un juzgado militar condena a cuatro guardias civiles destinados en Noia (A Coruña) por vejar y humillar durante cuatro años a un compañero con comentarios homófobos. La sentencia recoge que uno de los acusados llegó a realizar manifestaciones como estas: “Los maricones no deberían de estar en la Guardia Civil”, “arriba España y muerte a los maricones”, “Prefiero tener un hijo muerto o drogadicto que maricón”.
El tribunal expone que los procesados “actuaron de una manera concurrente, conjunta y persistente” y les condena por “abuso de autoridad” –se aplica el Código Penal Militar– a diez meses de prisión y diez mil euros de indemnización por los daños psíquicos y morales causados a la víctima.
Los hechos, que comenzaron en 2010, se produjeron “de forma ininterrumpida”. El hostigamiento solo finalizó cuando la víctima se apartó del servicio. En noviembre de 2014 el agente Alexander (nombre ficticio) fue atendido en un centro de salud “por una crisis de ansiedad” y derivado posteriormente a la Unidad de Psiquiatría del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago tras un incidente con un compañero. Desde entonces está de baja con un diagnóstico de trastorno mental severo, según recoge la sentencia. Antes del incidente juzgado, la víctima “no presentaba antecedentes personales de problemática mental”, añade el tribunal
Los hechos probados constatan que previamente a su llegada al cuartel de Noia uno de los condenados ya había advertido de que “iba a llegar al puesto un 'maricón”. Desde entonces, comenzaron “a difundir rumores referentes a su orientación sexual, diciendo que 'era homosexual”, además, se referían a Alexander como “prima”, “perla”, “la mujer del puesto” y se le empezó “a tildar de 'vago, incompetente y mal profesional”, recoge la sentencia emitida en junio por el tribunal militar territorial de A Coruña. El fallo no es firme y ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo.
“A lo largo del tiempo, la situación de menosprecio se mantuvo, siendo los rumores, cuchicheos, bromas y comentarios acerca de su orientación sexual, el principal origen de su desprestigio, que posteriormente se amplía a su profesionalidad y a la manera de desarrollar sus funciones como miembro de la Guardia Civil”, continúa la sentencia.
Los desprecios se extendieron por la localidad
Los desprecios por parte de sus compañeros hacia la víctima se extendieron por la localidad. La sentencia recoge dos ejemplos que demuestran cómo el acoso sufrido por el agente no se produjo solo en el cuartel. En uno de ellos describen que los comentarios “referentes a su supuesta orientación sexual llegaron a ser muy difundidos”, ya que “algunos detenidos”, conocidos de dos de los condenados, “llegaron a burlarse” del denunciante “llamándolo 'maricón’ y diciéndole que les habían dicho que si lo engatusaba les dejaría salir para fumar”.
El segundo incidente se produjo en un bar en el que la víctima entró con uno de los condenados. “El camarero hace un comentario diciéndole 'si ese era el Guardia Civil homosexual, que si se lo quería follar, le arreglasen una cita con él’. Igualmente, se hacían comentarios a la ciudadanía acerca de la poca valía profesional [de Alexander]”, continúa la sentencia.
El tribunal también se detiene en el papel que tuvo uno de los superiores de la víctima, un sargento que no figura entre los condenados y al que Alexader “se dirigió” en “diferentes ocasiones” para contarle “que sus compañeros le dispensaban un trato inadecuado”. Ante estas quejas, el mando “se limitó a decirle que no hiciese caso”. Asimismo, tres de los condenados “le hicieron llegar” al agente que “el sargento estaba descontento con su aspecto, con su forma de trabajar y que lo iba a sancionar”, según la sentencia.
La víctima “empezó a percibir” que su superior jerárquico “le hacía muchos reproches acerca de cuestiones profesionales, tildándolo de poco competente y vago”. Alexander asumió que estos comentarios se debían a que el sargento “estaba influenciado” por los agentes condenados. Y detallan una conducta del mando: “Cuando presentó una baja médica, le dijo que esa baja no era justificada, comentario que le extrañó porque no se lo había hecho a otro compañero que se encontraba igualmente de baja, llegando a percibir que la disposición del mando hacia su persona era negativa”.
En el juicio el sargento “negó haber oído comentarios despectivos o vejaciones referidas” a Alexander y aseguró que la víctima “no se quejó ni de acoso ni de insultos”. El tribunal también destaca una explicación “contradictoria” del mando: “Comenzó diciendo que tenía buen concepto de [Alexander] y que le hacía buenos informes pero finaliza su declaración diciendo que se decía que profesionalmente dejaba que desear”.
El tribunal habla de “pasividad” del superior de la víctima
A pesar de la declaración de este sargento, los jueces recogen como hecho probado las quejas de Alexander, llegan a hablar de “una pasividad del superior jerárquico” y recuerdan que cuando se transmite al mando “hechos ilegítimos” él está obligado a actuar. Ante esta exposición, han acordado remitir “a la autoridad con potestad disciplinaria” la “conducta protagonizada” por el hoy subteniente para que la valore. A su juicio, podría suponer “algunas de las faltas graves” o una falta muy grave, que castiga la discriminación o acoso por orientación sexual, reguladas en el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
elDiario.es se ha puesto en contacto con la Guardia Civil para consultar cómo gestionó la institución el trato vejatorio que recoge esta sentencia, sin haber recibido respuesta por el momento. La abogada de la víctima, Esther Diz, expone que su cliente está “disgustado” con la actuación del instituto armado. “No tuvo ningún apoyo, solicitó un destino en unas oficinas y no se lo concedieron”, apunta. Por su parte, los abogados de los condenados sostienen que la Guardia Civil “no debe abrir ningún expediente” a sus clientes porque la sentencia no es firme.
El último capítulo de “hostigamiento” descrito en el cuartel de Noia detalla que dos de los condenados sobrecargaron a Alexander durante su servicio, “mientras ellos se jactaban de que no tenían mucho que hacer”. Uno de ellos también “le encomendó la realización de actuaciones referentes a la violencia de género y, posteriormente se atribuía el trabajo realizado”. La víctima también puso “estos problemas” en conocimiento del sargento, según la sentencia.
Algunos de los compañeros que sostuvieron la declaración de la víctima en el juicio explicaron que a la víctima “le afectaba el trato recibido” y que “fue en declive”. Por su parte, la defensa de los condenados planteó como línea argumental que el objetivo de Alexander era “abandonar la Guardia Civil con una pensión por dolencia en acto de servicio”. El caso se judicializó después que el servicio sanitario que atendió en 2014 a la víctima remitiese el atestado médico a un juzgado de instrucción.