El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido la ley catalana que grava las emisiones contaminantes de los vuelos comerciales y la industria y la producción de energía eléctrica de carácter nuclear.
El tribunal de garantías ha adoptado esta decisión al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra varios preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera.
Esta ley se refiere expresamente a la contaminación producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de carácter nuclear.
La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que se resolverá próximamente.
El Constitucional ha acordado la suspensión automática de la vigencia y aplicación de los preceptos catalanes impugnados porque así lo ha solicitado en su recurso el Gobierno en aplicación del artículo 161.2 de la Constitución.
Dicho precepto establece que la impugnación del Gobierno ante el TC producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, que el tribunal deberá ratificar o levantar en un plazo no superior a cinco meses.
El Constitucional ha dado traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Govern catalán y al Parlamento de Cataluña, para que en el plazo de 15 días puedan personarse en el procedimiento y formular las alegaciones que estimen convenientes.