Los delitos que el juez imputa a la infanta Cristina están castigados con hasta 10 años de prisión

Cooperación necesaria o complicidad. Estos son los dos delitos en los que podría haber incurrido la infanta Cristina de Borbón, según el magistrado José Castro, que decidió su imputación y la interrogará el próximo día 27 para que explique su intervención en el Instituto Nóos y en la sociedad Aizoon S.L y el manejo y destino de sus fondos. Los delitos antes citados lo son en relación con aquellos de los que está acusado su marido, Iñaki Urdangarin, y podrían acarrear a la infanta una condena de hasta 10 años de prisión.

El artículo 28 del Código Penal dice que incurre en delito de cooperación necesaria quienes cooperan a la ejecución de un hecho con un acto sin el cual éste no podría haberse llevado a cabo. El artículo 29 dice, a su vez, que son cómplices quienes, no estando comprendidos en el artículo anterior, sí coadyuven a la comisión del delito. En el primer supuesto, las penas a imponer son las mismas que al autor, y en el segundo se aplican en un grado inferior a este.

Iñaki Urdangarin está imputado por la presunta comisión de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, falsedad documental, fraude a la administración y malversación, castigados con hasta 10 años de reclusión, si bien alguno de los delitos puede haber prescrito y también le pueden ser de aplicación algunos atenuantes si reconociera como ciertos los hechos de que se le acusa. Estas circunstancias impiden concretar de manera totalmente fehaciente las penas que pudieran pedir el fiscal y las acusaciones si es procesado.

El auto del magistrado es exquisito en el tratamiento dado a Cristina de Borbón y explicita que quiere que “quede bien claro que su convocatoria no prejuzga en absoluto actuaciones procesales ulteriores”, lo que deja abierto todo el abanico de posibilidades procesales, incluso el sobreseimiento. “Si los aludidos indicios (en referencia a las razones por las que cita a la infanta, que explica previamente en su auto) abocaran a uno u otro resultado, es algo que no cabe aventurar en este momento, pero sí que tienen virtualidad suficiente para que, al igual que se ha hecho con los restantes componentes de la Junta Directiva de Nóos”, declare como imputada asistida de letrado.

El juez dice que los indicios existentes contra la infanta, “en sí mismos y aisladamente considerados carecen de peso suficiente para sustentar una imputación”, aunque no es así si se analizan en conjunto. Deja claro que si no la ha citado antes, ha sido precisamente por ello, y no “porque es quien es”, que puede interpretarse “que el distinto trato (en referencia a la mujer de Diego Torres, socio de Urdangarin, imputada en la causa) solo puede obedecer a su posicionamiento institucional y no a un sustancial diferente grado de participación en los hechos”.

El auto recoge algunas actitudes de Cristina de Borbón que, aunque no son delito, hacen sospechar que estaba al tanto de las actividades de su marido: “Aunque no delictivas por su degradación a infracciones laborales y fiscales, también en este nuevo contexto cobran ahora mayor significado supuestas actitudes, según se dice directamente protagonizadas por doña Cristina de Borbón y Grecia, tales como las relatadas por testigos de contratar empleados de hogar en situación irregular en España anunciándoles que se les pagarían sus salarios en dinero fiscalmente opaco para luego acabar siendo contratados por la mercantil Aizoon S.L coparticipada por el matrimonio, lo que revela que no es de descartar su conocimiento de que aquélla estaba siendo utilizada para fines ilícitos”.

Así las cosas, la infanta recorrerá el próximo sábado 27 a las 10 horas de la mañana la misma rampa que ya recorrió su marido camino del juzgado, salvo que el recurso que ha presentado la Fiscalía Anticorrupción contra su imputación fuera admitido, obviamente no por el juez que ha dictado el auto, pero sí en el posterior recurso ante la Audiencia Provincial. “La justicia –dice el juez Castro– es igual para todos”.