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Cómo se elige la Mesa del Congreso y por qué es importante tener la mayoría

Iñigo Aduriz

15 de agosto de 2023 21:43 h

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Con la constitución este jueves de las Cortes surgidas de las elecciones generales del 23J, lo primero que harán los nuevos diputados del Congreso será elegir al presidente de la Cámara Baja y, a continuación, al resto de los integrantes de la Mesa, el máximo órgano de gobierno y organización del Parlamento. El control del órgano rector de la Cámara cobra especial relevancia ante el ajustado resultado del 23J que no dio mayorías claras, tal y como ha ocurrido en las últimas legislaturas.

Lo que ocurra en esta sesión será decisivo para el resto de la legislatura, ya que la Mesa es la encargada de calificar todas las iniciativas parlamentarias –un mero trámite para constatar la legalidad de las propuestas pero sobre el que no siempre hay unanimidad entre los grupos–, declarar su admisibilidad y fijar el calendario de actividades del Pleno y de las comisiones para cada período de sesiones.

Que la Presidencia recaiga en el PP, la primera fuerza, o en el PSOE, la segunda –pero que puede sumar más apoyos parlamentarios– resulta determinante ya que el presidente o presidenta, además de dirigir los debates, mantener el orden de los mismos y hace cumplir el Reglamento, también es quien decide la fecha de las posibles investiduras una vez que el rey encargue a un candidato que intente formar gobierno.

Y es a partir del primer debate para la elección del nuevo presidente cuando, de ser fallida la investidura, empieza a correr el plazo para la convocatoria de unas nuevas elecciones: dos meses desde ese primer intento.

El Reglamento del Congreso establece que la sesión constitutiva de este 17 de agosto “será presidida inicialmente por el diputado electo de mayor edad de los presentes, asistido, en calidad de secretarios, por los dos más jóvenes”. “El presidente declarará abierta la sesión y por uno de los secretarios se dará lectura al Real Decreto de convocatoria, a la relación de diputados electos y a los recursos contencioso-electorales interpuestos, con indicación de los diputados electos que pudieran quedar afectados por la resolución de los mismos”, añade el texto.

La elección del presidente y el resto de la Mesa

El Reglamento se limita a señalar que en la elección del presidente “cada Diputado escribirá sólo un nombre en la papeleta”. “Resultará elegido el que obtenga el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara. Si ninguno obtuviera en primera votación dicha mayoría, se repetirá la elección entre los que hayan alcanzado las dos mayores votaciones y resultará elegido el que obtenga más votos”, apunta el documento que rige la Cámara.

Ni la suma de PP y Vox ni la de PSOE y Sumar alcanza la mayoría absoluta (176 diputados) para elegir al presidente del Congreso en primera vuelta, con lo que ambos bloques deberían contar con apoyos de otros partidos. Las derechas, a las que hay que añadir el único diputado de UPN, alcanzan los 171 diputados, cinco menos de la mayoría absoluta. PSOE y Sumar llegan a 152, pero si consiguen los apoyos de ERC (7 escaños), EH Bildu (6), PNV (5) y BNG (1) empatarían a 171. Queda sin definir qué hará la única diputada de Coalición Canaria, así como los 7 diputados de Junts, que tienen en su mano inclinar la balanza.

Después, los cuatro Vicepresidentes se elegirán simultáneamente. “Cada diputado escribirá sólo un nombre en la papeleta. Resultarán elegidos, por orden sucesivo, los cuatro que obtengan mayor número de votos. En la misma forma serán elegidos los cuatro Secretarios. Si en alguna votación se produjere empate, se celebrarán sucesivas votaciones entre los candidatos igualados en votos hasta que el empate quede dirimido”, apunta el Reglamento.

Estas son las votaciones más complejas de la sesión constitutiva del Congreso ya que para poder colocar en la Mesa a los candidatos deseados y, sobre todo, de cara a que un bloque ideológico logre el control del órgano rector, las distintas fuerzas políticas deben negociar y hacer cálculos en muchas ocasiones sin saber bien qué van a votar sus adversarios. De hecho, en el arranque de la anterior legislatura el bloque progresista le birló un secretario a Vox precisamente por un error de estrategia.

Cuáles son las funciones y los poderes del presidente y de la Mesa

El Reglamento del Congreso establece que “la Mesa es el órgano rector de la Cámara y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a que asista”. Entre sus funciones está la de “adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara” o elaborar el proyecto de Presupuesto del Congreso de los Diputados, dirigir y controlar su ejecución y presentar ante el Pleno de la Cámara, al final de cada ejercicio, un informe acerca de su cumplimiento“.

También corresponde a la Mesa “calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como declarar la admisibilidad o inadmisibilidad de los mismos” y “decidir la tramitación de todos los escritos y documentos de índole parlamentaria”. El órgano rector “programa las líneas generales de actuación de la Cámara, fija el calendario de actividades del Pleno y de las Comisiones para cada período de sesiones y coordina los trabajos de sus distintos órganos, todo ello previa audiencia de la Junta de Portavoces”.

En cuanto al presidente, el texto señala que “ostenta la representación de la Cámara, asegura la buena marcha de los trabajos, dirige los debates, mantiene el orden de los mismos y ordena los pagos, sin perjuicio de las delegaciones que pueda conferir”. “Corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento, interpretándolo en los casos de duda y supliéndolo en los de omisión”, añade el Reglamento.

Los vicepresidentes “sustituyen al presidente, ejerciendo sus funciones en caso de vacante, ausencia o imposibilidad de éste” y “desempeñan, además, cualesquiera otras funciones que les encomiende el Presidente o la Mesa”. Mientras los secretarios supervisan y autorizan, con el visto bueno del presidente, las actas de las sesiones plenarias, de la Mesa y de la Junta de Portavoces, así como las certificaciones que hayan de expedirse, asisten al Presidente en las sesiones para asegurar el orden en los debates y la corrección en las votaciones; colaboran al normal desarrollo de los trabajos de la Cámara según las disposiciones del Presidente; ejercen, además, cualesquiera otras funciones que les encomiende el Presidente o la Mesa“.

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