Equo supera con notable la prueba. Después de refundir y organizar las propuestas de dos plataformas que piden reformular la Ley de Partidos, podrían extraerse diez premisas generales. Si las propuestas fueran un examen sobre diez puntos aplicado a los estatutos de la formación política, Equo tendría un 7,25
Por una parte está la plataforma que promueve el manifiesto 'Por una nueva ley de partidos', que propone siete puntos centrados en la gestión interna de las formaciones: congresos, elección de cargos internos y de candidatos, control de gastos, regulación de mandatos y estructuras... Por otra parte, Más Democracia, que articula una propuesta en cinco puntos, de contenido más genérico y ligado a principios de transparencia y publicidad.
Punto 1: Celebración de Congresos y reuniones de los órganos de dirección de forma regular y fija
La Asamblea Federal se reunirá de forma ordinaria al menos una vez cada dos años (artículo 18.4), mientras que la Mesa Federal, órgano de coordinación territorial, como mínimo cada tres meses (artículo 20.1). La Comisión Ejecutiva Federal no especifica en los estatutos cada cuánto se reúnen “seguramente por un error”, según aseguran desde el partido, porque “se reúne regularmente cada dos meses”, aseguran. Los distintos órganos tendrán definida por los estatutos o el presente reglamento una periodicidad o circunstancias para la celebración de reuniones ordinarias Nota: 0.75 / 1
Punto 2: Establecimiento del voto secreto en reuniones y elecciones internas
En la Asamblea Federal los órganos del partido -Comisión Ejecutiva Federal, coportavoces federales, tesoreros, Comisión de Respeto y Tolerancia y Comisión de Control Financiero y Administración- se eligen por voto “libre, directo y secreto” (artículo 18.7.c). Las decisiones de todos sus órganos se deben tomar por consenso y, sin éste, se decidirá mediante voto, que en el caso de elección de personas será “nominal y secreto” (anexo 5.4), sin especificar nada más acerca del voto para toma de decisiones sin consenso Nota: 0.75 / 1
Punto 3: Limitación de miembros según afiliados y votos, limitación de mandatos de los órganos internos
En la Mesa Federal, órgano de coordinación, cada federación cuenta con una pareja paritaria de representantes con voto ponderado en función del número de afiliados a los que representan (artículo 20.2). Respecto a lo segundo, los miembros de la Comisión Ejecutiva tendrán un mandato máximo de dos años (artículo 21.4), igual que coportavoces y tesoreros (artículo 22.5). En los tres casos se establece un máximo de tres mandatos (artículo 37.6) Nota: 1 / 1
Punto 4: Principio de publicidad de la actividad y rendición de cuentas
El partido establece el derecho de sus afiliados a conocer la información del partido con limitaciones concretas (artículo 32), y en lo que respecta a las finanzas especifica que, por defecto, todos los datos son públicos (artículo 33) Nota: 1 / 1
Punto 5. Auditorías independientes anuales previas a la aprobación de cuentas
Las cuentas del partido son aprobadas por la Asamblea Federal y auditadas por la Comisión de Control Financiero y Administrativo que “podrá contratar un servicio profesional de auditoría” (artículo 47.d), es decir, concede la posibilidad pero no se fija como obligación Nota: 0.5 / 1
Punto 6. Comisiones independientes de cuentas y legalidad, e inspecciones para controlar gastos
La Comisión de Control Financiero y Administrivo estará formada por los tesoreros y tres miembros titulares y dos suplentes elegidos por la Asamblea Federal, así que no es independiente. Nota: 0 / 1
Punto 7. Elección de órganos con regularidad mediante voto de afiliados o delegados
La Comisión Ejecutiva Federal es elegida por los afiliados (artículo 21.3) en cada Asamblea Federal, es decir, cada dos años (artículo 18.4). Sucede lo mismo con el resto de órganos del partido (artículo 18.7.c) Nota: 1 / 1
Punto 8. Paridad en los órganos internos
Al menos la mitad de los puestos de la Comisión Federal, la Mesa Federal, las Mesas de Coordinación territoriales y cualquier otro organismo que se establezca tienen que ser para mujeres (anexo IV.I). En las listas electorales la cuota mínima será el 40%, y en caso de cabeza de lista masculino los números dos y tres deben ser para mujeres (anexo IV.II) Nota: 1 / 1
Punto 9. Elección de candidatos en primarias abiertas, ya sea a afiliados o también a simpatizantes y votantes
Los candidatos serán elegidos en primarias mediante sufragio universal de afiliados y simpatizantes del ámbito territorial correspondiente a las elecciones (artículo 49.1). Los afiliados pueden presentarse directamente (artículo 49.2), mientras los simpatizantes podrán presentarse a unas primarias para ser candidatos a las elecciones con el aval de la asamblea o de la entidad territorial de la que provenga y en la que vayan a celebrarse los comicios (artículo 12.1.c) Nota: 1 / 1
Punto 10. Programas electorales vinculantes
No se especifica nada al respecto Nota: 0 / 1
Fuentes: Estatutos de Equo | Programa electoral de Equo