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ERC pide rebajar a tres años la condena máxima de cárcel por malversar dinero público sin beneficio personal o de otros

La enmienda presentada finalmente por ERC para modificar los delitos de sedición y malversación de caudales públicos rebaja la condena máxima que se puede imponer a un culpable de este segundo delito cuando no exista ánimo de lucro del criminal ni de terceros. En la primera versión de la enmienda revelada por elDiario.es, que estaba sujeta a cambios, la malversación por parte de un cargo público sin ánimo de enriquecimiento personal estaba penada con hasta cuatro años de prisión en los casos más graves. La versión definitiva presentada este viernes por la formación independentista elimina uno de los artículos que sí incluía la versión previa y deja esas posibles condenas máximas en tres años de cárcel, un año menos.

ERC defiende que, con sus enmiendas, los hechos del procés quedarían absolutamente despenalizados. Según su interpretación, casos como el de Oriol Junqueras y el resto de líderes ya juzgados quedarían prácticamente libres de condena, al desaparecer los delitos de sedición y el tipo de malversación sin lucro personal ni de terceros que se les aplicó. Pero además creen que, si sus enmiendas prosperasen tal y como las presentan, ningún alto cargo de la treintena a la espera de juicio se podría enfrentar ahora a penas de cárcel.

Todo ello sin afectar a casos de malversación con usos lucrativos personales o de terceros, que no cambiarían, siempre según el punto de vista de los republicanos. Entienden también desde ERC que esta modificación legal no supondría una rebaja de condenas a todo aquel que haga un uso indebido del dinero público ya sea para enriquecerse personalmente, para conseguir que lo haga una tercera persona o incluso para que un cargo público utilice de forma indebida recursos puestos a su disposición, como un coche oficial.

Tal y como reveló este periódico el pasado miércoles, la enmienda de ERC invita a volver a una redacción similar a la previa a la reforma legal de 2015 y a diferenciar entre los que malversan dinero público en beneficio directo de su propio bolsillo y los que no lo hacen. En el primer caso, la enmienda sigue contemplando condenas de hasta ocho años de cárcel en los casos más graves: por ejemplo, cuando el desfalco supere los 250.000 euros o cause un “grave daño” al servicio público.

La enmienda definitiva introduce modificaciones en lo relativo a quienes delincan sin hacerlo en beneficio propio directo. Un nuevo artículo 432 bis específicamente redactado para quien malverse dinero público pero “sin ánimo de apropiárselo” y que recoge condenas de entre seis meses y tres años de cárcel, como en su versión previa. Pero una modificación de última hora rebaja la posibilidad de elevar esa condena máxima hasta los cuatro años: el artículo 433, que en la versión previa que manejaba ERC y reveló elDiario.es castigaba con hasta cuatro años a quien usara dinero público para fines ajenos causando “daño o entorpecimiento del servicio”.

Este último artículo queda neutralizado a efectos penales con ese concepto grave de “daño o entorpecimiento del servicio” quedando reservado para quienes sí usan el dinero público en beneficio propio, con ánimo de lucro. La versión definitiva de la enmienda también mantiene que si un condenado por malversación sin ánimo de lucro no devuelve el dinero diez días después de “la incoación del proceso” se enfrentará a las mismas condenas que un condenado por malversar con ánimo de lucro.

Es una enmienda que, en caso de salir adelante con este redactado, supondría un beneficio directo para los líderes independentistas catalanes condenados por el procés de 2017 a penas de hasta 13 años de cárcel por sedición y malversación, pero también a los acusados pendientes de juicio en otras causas relacionadas. En el caso de los primeros, sus condenas de cárcel e inhabilitación se podrían rebajar de manera retroactiva, pero ya han sido indultados así que no tendría consecuencias relevantes para ellos a nivel de penas de prisión. En el caso de los segundos sí supondría un beneficio directo en la tramitación de sus causas.

Reforma de los desórdenes públicos

La enmienda que ha presentado finalmente ERC va incluida en una propuesta de reforma para el delito de sedición, clave en el acuerdo entre el ejecutivo central y el partido republicano para la aprobación de los presupuestos generales. El texto también incluye modificaciones de calado en cuanto a los desórdenes públicos y el artículo 557, tradicionalmente aplicado entre otras cosas a los piquetes de las huelgas. Una reforma que va en la línea de lo propuesto por el Gobierno para los casos actualmente condenados como sedición.

El Código Penal actual castiga con hasta tres años de cárcel a quienes “alteraren la paz pública ejecutando actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas, o amenazando a otros con llevarlos a cabo”. Esta condena se mantiene, pero para quienes “actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia causando lesiones a las personas o produciendo daños en las propiedades”. Se modifica, eso sí, uno de los artículos para incluir condenas de hasta cinco años de cárcel cuando “se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público”, con penas de inhabilitación de hasta ocho años para las autoridades.

La enmienda de ERC propone eliminar, finalmente, el artículo 557 bis, que actualmente recoge condenas de hasta seis años para los desórdenes públicos más graves: con gente armada, cuando se ponga en peligro la vida de la gente, ocurra en una manifestación o existan actos de pillaje.

Esta enmienda lima aún más el delito de desórdenes públicos con respecto a lo propuesto por el Gobierno, que sí llegó a incluir, por ejemplo, condenas de hasta seis meses de cárcel para las ocupaciones de edificios públicos o privados o condenas menos graves para quienes conspiren en este tipo de delitos.

Podemos no apoyará la enmienda “si beneficia a corruptos”

El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, ha reiterado que no apoyarán la enmienda presentada por ERC para modificar la malversación si supone beneficiar a condenados por corrupción. “No podemos apoyar ese planteamiento, esa es la línea roja”, ha dicho en rueda prensa Echenique, quien ha recordado que tienen de plazo hasta el lunes para estudiarla.

“La hemos recibido muy recientemente y veremos si esa nueva formulación provocaría algún beneficio a algún condenado por corrupción, porque, si esto fuera así, nosotros no podríamos aceptar algo que beneficie a investigados o condenados por corrupción”, ha insistido.