La Haya, 14 feb (EFE).- La Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) anunció hoy que no investigará el bloqueo de carreteras de agosto de 2020 en Bolivia realizado por movimientos sociales simpatizantes del expresidente Evo Morales, los cuales protestaban contra el Ejecutivo de la entonces mandataria, Jeanine Áñez .
El fiscal jefe del tribunal, Karim Khan, dijo en un comunicado que “no existe una base razonable para creer que se han cometido presuntos delitos dentro de la jurisdicción de la CPI”.
El jurista británico añadió que, de probarse en sede judicial los bloqueos, éstos no serían lo suficientemente graves para ser calificados como el crimen de lesa humanidad de ataque contra la población civil.
La decisión de la Fiscalía es una respuesta a una solicitud del Gobierno de la expresidenta Áñez, que aseguró que la población civil no tuvo acceso a “insumos y servicios de salud pública” por culpa de las protestas, en el contexto de la pandemia de la covid-19, y remitió la situación al tribunal internacional.
La Procuraduría de Bolivia había denunciado que los bloqueos fueron provocados por miembros del Movimiento al Socialismo (MAS) y que al menos 40 personas murieron porque no tuvieron acceso a oxígeno medicinal.
Khan dijo que su función “no es emitir un juicio sobre el contexto político en el que ocurrieron los presuntos incidentes”, sino determinar si los hechos denunciados “constituyen crímenes de acuerdo con el Estatuto de Roma”, la carta fundacional de la CPI.
La conclusión del jurista británico será remitida a una sala de asuntos preliminares de la CPI, que haría una revisión judicial si lo pidiera el actual Ejecutivo de Bolivia.
Khan también advirtió de que su decisión no impide a otros actores o víctimas la posibilidad enviar informes con nuevas evidencias a la Fiscalía, que podría reevaluar su decisión.
Los bloqueos se produjeron en agosto de 2020 después de que el órgano electoral boliviano retrasase por segunda vez la celebración de las elecciones generales ante la emergencia sanitaria de la covid-19.