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El Gobierno recurre tanto la candidatura de Puigdemont como el pleno de investidura

EFE

Madrid —

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El recurso que ha presentado el Gobierno ante el Tribunal Constitucional para impedir la investidura de Carles Puigdemont pretende impugnar tanto la resolución del presidente del Parlament, Roger Torrent, planteando esa candidatura como la que firmó convocando el pleno para hacerla efectiva.

Así se especifica en el texto del recurso que ha presentado el Ejecutivo ante el TC y que en caso de ser admitido a trámite supondría la suspensión de ambas resoluciones.

El Gobierno explica que ha actuado de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.2 de la Constitución para impugnar la resolución del 22 de enero del presidente del Parlament por la que se propone a la Cámara a Puigdemont como candidato a la presidencia de la Generalitat.

Y que, de la misma forma, plantea la impugnación de la resolución de Torrent de ayer, 25 de enero, por la que se convoca el pleno del Parlament para el día 30 a las 15 horas con el fin de debatir el programa de gobierno y efectuar la votación de investidura de Puigdemont.

Recalca el Gobierno que esta segunda impugnación se refiere exclusivamente a la inclusión en el orden del día del pleno de ese debate de investidura.

Además, el recurso hace expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución a fin de que se produzca la suspensión de dichas resoluciones en los términos en que se impugnan.

También se pide al Tribunal Constitucional que, en la providencia en que se decrete la suspensión de las resoluciones impugnadas y en la resolución que en su momento se dicte, se ordene la notificación personal tanto al presidente del Parlament como a los demás miembros de la Mesa.

Igualmente, solicita al TC que en dicha notificación se advierta a todos ellos de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada.

En particular, recalca, que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura cuyo candidato a la presidencia de la Generalitat sea Puigdemont.

Asimismo, solicita que les haga advertencia expresa de las consecuencias penales en caso de que así no se haga.

Para asegurar el mayor conocimiento posible de la providencia de suspensión, el Gobierno pide igualmente al TC que ordene la publicación inmediata de la misma en el Boletín Oficial del Estado y que proceda a cursar las notificaciones con la mayor brevedad posible y por los trámites más inmediatos a su disposición.