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El Gobierno teme que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos le obligue a excarcelar a 54 etarras

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) puede obligar al Gobierno a liberar a 54 presos de ETA que permanecen encarcelados al habérseles aplicado la denominada 'doctrina Parot', que permite prolongar hasta diez años su estancia en prisión. El TEDH falló en julio del año pasado a favor de la etarra Inés del Río Prada, que recurrió la aplicación de la citada doctrina, pidió al Estado su puesta en libertad “a la mayor brevedad posible” y le condenó a indemnizarla con 30.000 euros por los daños morales causados. El fallo fue recurrido por el Abogado del Estado y el próximo jueves 20 la Gran Sala del tribunal se reúne para debatir si confirma su resolución, lo que supondría de facto la derogación de la 'doctrina Parot', o da marcha atrás.

Si el fallo del año pasado cayó como una bomba en el Ministerio del Interior, para el que la política penitenciaria es una de las 'patas' fundamentales de la lucha antiterrorista, la posibilidad de que el TEDH confirme la condena ha generado una enorme preocupación en el Gobierno. El rechazo del recurso sería también un varapalo para el Tribunal Supremo (TS), que puso en marcha la 'doctrina Parot' en 2006, y para el Tribunal Constitucional (TC), que la avaló en marzo de 2012 al rechazar 25 recursos de amparo presentados por presos de ETA.

Una resolución confirmando el fallo obligaría a los tribunales a excarcelar a 54 etarras, según datos de Interior, entre ellos Domingo Troitiño, exmiembro del comando Madrid, condenado a más de mil años de reclusión por veintidós asesinatos; José Antonio López Ruiz 'Kubati', con penas que suman 1.200 años; Juan Carlos Arruti Azpitarte (1.285 años) y la propia Inés del Río, que suma 3.828 años de condena. El Código Penal por el que fueron condenados establecía que todas las penas se refundían en una única de 30 años, sobre la que se aplicaban los beneficios penitenciarios por trabajo y estudios, que solían reducir a 20 años el periodo real de cumplimiento.

Esta era la práctica habitual hasta que el etarra Henri Parot, preso desde el año 1990 y condenado a casi cincuenta siglos de reclusión por 82 asesinatos, reclamó que se aplicaran los beneficios penitenciarios, lo que le habría permitido salir de prisión a principios de 2010. El TS refundió sus condenas en una sola de 30 años, pero estableció que las redenciones no se computaran sobre esta pena acumulada, sino sucesivamente sobre cada una de sus 26 condenas, lo que supone de hecho acabar con los beneficios penitenciarios. Este mismo criterio se aplicó a Inés del Río, que tendría que haber sido excarcelada el 2 de julio de 2008, tras 20 años de prisión, pero la 'doctrina Parot' pospuso su puesta en libertad hasta el 27 de julio de 2017. La etarra recurrió al TEDH, que le dio la razón.

Además de los 54 etarras, los tribunales tendrían que ordenar también la puesta en libertad de 7 miembros de los GRAPO, 1 de los GAL, otro más de Ejercito Guerrillero del Pueblo Gallego, y otros 14 condenados por delitos de asesinato y violación.

La reforma del Código Penal de 1995 estableció el cumplimiento íntegro de las penas para los terroristas, y la reforma de 2005 elevó la pena máxima de 30 a 40 años. Estas modificaciones sólo son aplicables a los terroristas condenados con posterioridad a la entrada en vigor de las mencionadas reformar, que son una minoría.