El Gobierno podrá exigir a turistas o secuestrados en el extranjero el dinero gastado en rescatarlos

El Gobierno de España se reservará la opción de pedir dinero a quien viaje o trabaje en zonas del mundo con riesgos y, ante una emergencia, tenga que ser rescatado o requiera asistencia urgente. La nueva Ley de Acción Exterior, que ultima su trámite parlamentario, limita la responsabilidad del Estado con los españoles en el extranjero: el artículo 39 establece que se podrá “exigir el reembolso de la totalidad o parte” del dinero público cuando se decida “intervenir en operaciones de asistencia en el extranjero que comporten la utilización de recursos presupuestarios del Estado”, siempre que “se hayan expuesto voluntariamente a riesgos”. Esos riesgos están catalogados en la lista de recomendaciones que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación suele tener actualizada en su página web.

La ley no habla explícitamente de algo que el Estado nunca reconoce haber hecho, es decir, pagar rescate en casos de secuestros de españoles en el extranjero, pero sí cita específicamente que el Gobierno podrá reclamar el dinero a aquellos que viajen a pesar de las contraindicaciones “en relación con las condiciones de seguridad en los distintos países y regiones del mundo”, como suele ser frecuente para cooperantes o periodistas, cuyo trabajo tiene valor precisamente por su presencia en esos lugares.

Hay otro tipo de casos, de índole comercial, como el de la tripulación del barco pesquero Alakrana, secuestrado cuando faenaba en aguas de Somalia en octubre de 2009. Varios medios confirmaron que se empleó una cuantía millonaria para el rescate, ante lo que el Gobierno siempre mantuvo silencio, o incluso llegó a negar tajantemente, para no generar “efecto llamada”, esto es, para que no corra la voz de que España paga y que se sepa cuánto. Ese dinero sale de los fondos reservados del Estado y es el CNI el que se encarga de negociar con él.

Los cambios en la nueva Ley de Acción Exterior se pueden interpretar como argumento para disuadir a cualquier ciudadano de que acuda a zonas de riesgo con la seguridad de que su país responderá por él, pero el CNI sigue teniendo margen para operar, y el Gobierno, para hacerse cargo de los costes necesarios en caso de “emergencia”. Sin embargo, la ley no explica qué criterios se seguirán para establecer qué casos serán considerados como aceptables para que el Estado corra con el gasto y cuáles no. Solo afirma que lo decidirá una Comisión de Emergencia Consular presidida por el ministro de Asuntos Exteriores.

Este aspecto de la nueva Ley de Acción Exterior, que unifica varias legislaciones que no se tocaban desde hace décadas, ha pasado desapercibido ante la polémica suscitada en torno a otros aspectos de la ley, por ejemplo, el que regula la presencia diplomática de las comunidades autónomas en el extranjero.