Hasta el 4 de agosto de 2016 cualquiera se pudo topar con Manuel Pérez Villar, Francisco Hidalgo Estévez o José Javier Esteban Alonso. En los tres casos tenía delante, en realidad, al comisario Villarejo. Al día siguiente de su jubilación, el Ministerio del Interior dio de baja las tres “identidades supuestas” del policía. Un rastreo de la actividad de Villarejo en los últimos años y algunas revelaciones de la investigación que le mantiene en la cárcel permiten concluir que el uso de esos tres DNI falsos contravino toda la normativa vigente. Casi 900 “identidades supuestas” viajan a día de hoy en las carteras de miembros de los servicios de información e investigación, según revelan a eldiario.es fuentes policiales.
El DNI de Villarejo a nombre de Francisco Hidalgo caducó el 20 de enero de 2016, pero el policía no lo comunicó en ese momento y se lo devolvió a Interior el día de su jubilación, ocho meses después. Llegado el día, el comisario alegó “que lo tiene en algún lugar de su domicilio sin que sepa dónde”. Así consta en el documento reservado al que ha tenido acceso este medio [ver imagen de arriba]. Se trata de la nota con la que la Dirección de la Policía informa a la Secretaría de Estado de Seguridad de la cancelación de las identidades falsas de Villarejo. En el caso del otro DNI, el que supuestamente pertenecía a un tal José Javier Esteban Alonso, Villarejo alegó que lo había “extraviado”. Sin mayor comprobación, sus superiores decidieron introducir el carnet falso en la aplicación de “objetos perdidos”.
Esas fueron las excusas del policía y así las dio por buenas la Dirección de la Policía. El 3 de noviembre de 2017 quedó demostrado que lo alegado no era cierto. Los agentes de Asuntos Internos que registraron ese día su mansión de Boadilla del Monte encontraron ambos documentos con las “identidades supuestas”. Habían transcurrido 15 meses desde su jubilación. Sobre Villarejo ya pesaba la acusación de liderar una organización criminal en el marco de la Operación Tándem.
El de los carnets falsos de Villarejo fue uno de los asuntos que pusieron en conocimiento de Fernando Grande-Marlaska los funcionarios del Ministerio a su llegada al departamento el pasado junio. El titular de Interior ordenó paralizar la expedición de nuevas identidades supuestas hasta que no estuviera redactada una nueva instrucción que regulara con más restricciones y controles su uso por parte de los investigadores. Hace unos diez días, las unidades antiterroristas y contra el crimen organizado han recibido la nueva instrucción, cuyo contenido se ha declarado secreto.
Hasta ese momento, cientos de identidades supuestas funcionaban bajo otra instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad, dictada en 1997. Aquella norma ya establecía unos límites que el caso Villarejo demuestra que no se aplicaban. “Estos DNI -dice la instrucción del Gobierno de Anzar- se concederán con carácter absolutamente restringido y exclusivamente para servicios concretos y determinados, en los cuales la revelación de la verdadera identidad podría poner en peligro su integridad física y el curso de las investigaciones, quedando totalmente prohibida su utilización para fines ajenos al servicio”, reza en su tercer punto. El documento por el que la Policía da cuenta de la supuesta baja de las identidades de Villarejo alude directamente a este texto normativo.
¿Qué servicio “concreto y determinado” cumplía Villarejo cuando intentó contactar con un periodista en octubre de 2012 haciéndose pasar por el abogado Manuel Villar? ¿Y cuando el policía se presentó al empresario Javier de la Rosa, con ese mismo nombre, en diciembre de 2012, en los inicios de la Operación Catalunya? Así intentó obtener el policía información de la familia Pujol del otrora empresario referente del pujolismo. El Pequeño Nicolás declaró ante la Policía que el comisario debía 200.000 euros a De la Rosa, de un pago de 400.000, a cambio de que el empresario tirara de la manta en las investigaciones a la familia Pujol. Un abogado de nombre Manuel Villar propició que De la Rosa se presentara a finales de 2012 ante la Policía para declarar que había ayudado a Jordi Pujol i Soley abrir una cuenta en Suiza. Luego, De la Rosa se desdijo.
El comisario hoy encarcelado no devolvió el DNI con el nombre de Manuel Pérez Villar a la División de Documentación hasta el 30 de abril de 2014, por lo que pudo utilizar la identidad falsa por un periodo de tiempo muy superior al que establecía la propia normativa de Interior, un máximo de seis meses. Como el resto de las casi 900 identidades falsas, todas constan en un archivo secreto de la citada División policial.
A las restricciones que imponía la anterior instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad había que sumar lo que recoge al respecto la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal. En su artículo 282 bis., el texto ya señala que será el juez, “mediante resolución fundada”, quien establezca cuándo un miembro de la policía judicial puede utilizar una identidad supuesta en su trabajo como “agente encubierto”. “La información que vaya obteniendo el agente encubierto deberá ser puesta a la mayor brevedad posible en conocimiento de quien autorizó la investigación”, dice la Ley Orgánica.
Toda la actividad de Villarejo y del resto de policías implicados en la Operación Catalunya se caracterizaba, sin embargo, por escapar de cualquier control judicial. La misión durante el mandato de Jorge Fernández Díaz al frente del Ministerio del Interior consistía en una búsqueda prospectiva de posibles delitos de corrupción en un sector determinado, los políticos que lideraban la apuesta secesionista y su entorno familiar.
El comisario Villarejo mantuvo sus identidades falsas operativas en los últimos años de servicio, destacado en la Dirección Adjunta Operativa de la Policía que albergó esa Operación Catalunya. A día de hoy cumple prisión provisional acusado de liderar una organización criminal con la que se enriqueció mientras era policía en activo, utilizando las prerrogativas de su condición de funcionario público, con placa, pistola y las citadas “identidades supuestas”.
Una nueva norma
Consultado el Ministerio del Interior sobre los cambios introducidos en los últimos días, un portavoz asegura que la nueva instrucción pretende establecer los requisitos para conceder esas identidades en actividades operativas correspondientes a investigaciones “exclusivamente de terrorismo y delincuencia organizada”, toda vez que la regulación en caso de agentes encubiertos, testigos protegidos y agentes del CNI era ya la adecuada. Se trata, añade el Ministerio, de una actualización que conlleva el suficiente “respaldo jurídico” a la adjudicación y uso de las identidades falsas.
Entre los motivos de la nueva instrucción están las reformas que han sufrido “varias normas procesales”, lo que dejaba en una situación “endeble” la anterior instrucción, añaden. La misma fuente excusa no dar más detalles sobre su contenido por tratarse de materia clasificada.
En el caso del servicio de espionaje español, la Ley orgánica que lo regula incluye una alusión al “uso de medios y actividades bajo cobertura” y acredita a sus miembros para que pidan a la Policía la “expedición de las identidades, matrículas y permisos reservados que resulten precisos y adecuados a las necesidades de sus misiones”.