Recurso de IU ante la Junta Electoral Central
D. ADOLFO BARRENA SALCES, mayor de edad, con D.N.I núm. 01.3………., en su condición de Representante General de Izquierda Unida, con NIF núm. G78269206, y domicilio en Madrid, calle Olimpo núm. 35, 28043, comparece y como mejor proceda, DICE:
Que en el día de ayer esta parte ha tenido conocimiento de la propuesta de la Corporación RTVE para la emisión de espacios de propaganda electoral para el periodo 8-22 de mayo de 2015.
Que no estando conforme con la propuesta realizada, dado que IZQUIERDA UNIDA ha resultado excluida en lo que a las elecciones municipales se refiere de la oferta de bloques de emisión nacional, vengo a realizar las siguientes,
ALEGACIONES
PRIMERA.- Que conforme establece el artículo 61 de la LOREG la distribución de espacios gratuitos para propaganda electoral se hace atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes.
Que el resultado electoral en las elecciones municipales celebradas el 22 de mayo de 2011 fue de un 6,36% (1.437.061 votos y 2.249 concejales electos).
Que en la presente convocatoria electoral Izquierda Unida concurre en todo el territorio nacional, bien directamente, bien integrada en coaliciones electorales.
Respecto a las coaliciones, es cierto que no se ha configurado una única coalición, si bien, aun existiendo alguna diferencia en los partidos integrantes de las coaliciones conformadas, tanto los representantes generales como los administradores pertenecen a Izquierda Unida. Por tanto, existe una unidad en torno a la presencia de Izquierda Unida en las próximas elecciones municipales, una clara vinculación entre todas las coaliciones en los distintos ámbitos que por la propia naturaleza del proceso electoral no permiten la conformación de una coalición de ámbito estatal. Es importante destacar que así se constató en anteriores elecciones municipales donde Izquierda Unida ha tenido derecho a espacios gratuitos de propaganda electoral en RTVE (concretamente, elecciones municipales de 2011, 30 minutos).
En el mismo sentido, es necesario mencionar que IZQUIERDA UNIDA concurre, de manera tradicional y en los distintos procesos electorales, integrada en coaliciones electorales; a tal efecto mencionar que en las elecciones municipales de 2011 se constituyeron distintas coaliciones, siendo que los resultados obtenidos por Izquierda Unida han sido computados para esta formación política, a nivel nacional, tal y como se aprecia en la información expuesta por el Ministerio del Interior, y que adjuntamos al presente escrito.
SEGUNDA.- De manera independiente a lo expuesto con anterioridad, cabe referir que Izquierda Unida Federal presenta candidaturas ‘propias’ en las siguientes provincias:
Andalucía: Almería, Huelva, Jaén, Sevilla, Córdoba, Cádiz y Granada
Aragón: Zaragoza (Lituenigo, Daroca y Manchones)
Asturias
Cantabria
Castilla y León: Ávila, Soria, Zamora y Segovia.
Extremadura: Cáceres (Jaraiz de la Vera, Malpartida de Plasencia, Navalmoral de la Mata y Santibáñez) y Badajoz (Almendral, Arroyo de San Serván, Barcarrota, Llera, Llerena, Mérida, Montijo, Nogales, Puebla de la Calzada, Valle de Santa Ana, Villalba de los Barros y Zahinos).
Coruña: Cedeira, Fene y Narón.
La Rioja
Murcia: Lorca, La Unión, Mazarrón, Yecla y Jumilla.
Navarra
Comunidad Valenciana: Alicante (Benidorm, Buñol y Torrevieja) y Valencia (Alboraya y Sueca).
Por tanto, debe considerarse la pluralidad de formas en las que concurre Izquierda Unida, adicionándose a las arriba reseñadas todas las Coaliciones Electorales de las que forma parte y en las que se acredita una misma representación y administración general ante las Juntas Electorales competentes. De esta forma, a juicio de esta parte, debe interpretarse lo establecido en la legislación electoral y los efectos derivados de la misma con respecto al derecho a espacios gratuitos en RTVE en programación nacional conforme a lo establecido en los artículos 60 y siguientes de la LOREG.
Que las candidaturas presentadas en estas circunscripciones deben suponer el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 65 de la LOREG para optar a la distribución de espacios gratuitos para propaganda electoral, ello de conformidad con lo previsto por la propia LOREG para las elecciones municipales, en el artículo 188, presentando candidaturas en municipios que comprenden más del 50% de la población de derecho en las circunscripciones incluidas en el ámbito de difusión nacional de RTVE. Los electores mantienen una referencia nítida de Izquierda Unida en municipios que superan el 80% de la población de derecho.
TERCERA.- Que en virtud de lo expuesto, esta parte considera que Izquierda Unida cumple con los requisitos señalados por la legislación electoral para formar parte de la distribución de emisión de espacios gratuitos para propaganda electoral. Su exclusión supone la vulneración de los derechos al pluralismo político y social así como a la igualdad y proporcionalidad. Cualquier otro criterio resultaría lesivo y perjudicial para respetar el criterio de proporcionalidad que garantice en condiciones de equilibrio, neutralidad y pluralidad informativa la presencia de IU en los medios públicos de información.
Por todo lo expuesto,
SOLICITO A ESTA JUNTA ELECTORAL, se tenga por presentado este escrito, se admita y en su virtud, se acuerde incluir a IZQUIERDA UNIDA en la propuesta realizada por RTVE para la distribución de espacios gratuitos para la emisión de propaganda electoral.
Madrid, 30 de abril de 2015
Adolfo Barrena Salces
Representante Electoral General
IU y Coaliciones Electorales de IU