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El juez alarga su investigación a Begoña Gómez pese a los límites de la Audiencia de Madrid y la Fiscalía Europea

La mujer del secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, Begoña Gómez, durante un acto electoral.

Pedro Águeda

12 de junio de 2024 21:54 h

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¿Qué investiga hoy el juez en la causa contra Begoña Gómez? Solo Juan Carlos Peinado tiene respuesta a esa pregunta, después de que la Audiencia de Madrid descartara dos de los tres bloques en los que indagaba el juez a partir de una denuncia de Manos Limpias y de que el tercero, sobre las adjudicaciones que recibió el empresario Juan Carlos Barrabés, haya pasado a ser competencia de la Fiscalía europea. 

Y sin embargo, Juan Carlos Peinado mantiene secreta una parte de la causa por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios mientras emprende con publicidad rocambolescas pesquisas, como averiguar quién puso su firma en el Palacio de la Moncloa al recibí de la citación de Begoña Gómez para declarar como imputada. 

Este martes se conoció un auto dictado el pasado viernes en el que el juez acepta la avocación presentada por la Fiscalía europea y se inhibe en favor de esta para que investigue la parte central de la denuncia contra Gómez, esto es, los contratos adjudicados por una empresa pública al empresario Juan Carlos Barrabés, cuya oferta incluía una carta firmada por Gómez. La Fiscalía europea es competente para investigar este caso porque el dinero procede de la Unión Europea. 

El juez ha informado a las partes de la entrega de esa parte de la investigación a la Fiscalía europea en un escrito donde únicamente plasma la parte dispositiva del auto, la que recoge la decisión que adopta, pero no su razonamiento. Si a eso se le suma el errático estilo del juez al escribir, la confusión es total. La defensa de Begoña Gómez ha remitido un escrito al juzgado en el que pide al magistrado que le informe de qué investiga en estos momentos. 

Peinado había escrito en la parte dispositiva de su auto que acepta la avocación de la Fiscalía europea por los hechos “relativos a la adjudicación de los contratos financiados con fondos europeos por la entidad pública Red.es a la UTE Innova Next SLU [propiedad de Barrabés] y Escuela de Negocios The Valley”. A continuación, añadía: “Sin perjuicio de las irregularidades vinculadas a los anteriores hechos que pudieran ser constitutivas de ilícitos penales y en los que se vieran afectados fondos europeos”. ¿Significa esa última frase que si hay otros indicios de delito los investigará? Si son fondos europeos también sería competencia de la Fiscalía europea.

Además, todo lo que no fueran los contratos procedentes de fondos europeos ya había quedado fuera de la causa. El 16 de abril, Peinado abrió unas diligencias previas a partir de una denuncia de Manos Limpias que incluía siete informaciones de prensa y un bulo de un diario digital. Una parte de esas informaciones aludían a la supuesta mediación de Begoña Gómez en el rescate de Air Europa a cambio de supuestas prebendas para una de las organizaciones con las que colabora que luego nunca se materializaron. Pero la Audiencia Provincial, al contestar al recurso de la Fiscalía en contra de la investigación de Peinado, estableció que ni el bulo de una subvención a la mujer del presidente que en realidad era una empresaria cántabra que se llamaba igual, ni nada de lo referente a la compañía aérea pasaban de ser “meras conjeturas”.

Por tanto, si la Fiscalía europea se ha hecho cargo de revisar los contratos con Barrabés y el resto de la denuncia de Manos Limpias no debe ser investigado, ¿por qué no cierra Peinado la causa? Esta confusión ha llevado al abogado de Gómez a presentar un escrito en el juzgado en el que apela al derecho a la defensa de su representada y, por tanto, a pedir que se “aclare cuáles son los hechos que en la actualidad conformarían la causa que sigue siendo competencia del presente juzgado”.

La respuesta reside en el secreto que mantiene sobre una pieza separada el juez. Pero el uso de su facultad de declarar secretas las actuaciones -para todas las partes pero no para la Fiscalía– ya fue cuestionado en esta causa por la Audiencia Provincial de Madrid. En el mismo auto en el que establecía límites a la investigación de Peinado, los jueces de la instancia superior le ordenaban levantar el secreto de las diligencias, si bien el magistrado lo había hecho poco antes tras la publicación del contenido del atestado que había ordenado a la Guardia Civil, y en el que también se descartaba indicios de delito por parte de Begoña Gómez. 

Los jueces de la Audiencia de Madrid explicaban que no tenía sentido el secreto que sobre sus actuaciones decretaba Peinado, toda vez que había informado a Gómez de la investigación que pesaba sobre ella y, por tanto, había reconocido así que no había peligro de destrucción de pruebas ni de obstrucción a la causa. 

El misterio P.D

De lo que el juez sí ha informado con claridad es de su interés por saber a quién pertenece la firma con la que se dio por recibida en la residencia de Begoña Gómez, en el Palacio de La Moncloa, la notificación del juzgado para citarla como investigada el próximo 5 de julio. Tal y como describe en una providencia el propio juez, alguien escribió “P.D” y a continuación “una firma ilegible”.

Esa expresión alude a “Por Delegación” y la firma, según ha podido saber elDiario.es, es de Antonio Camacho, el abogado de Gómez que se encontraba allí preparando su defensa. El juez Peinado va a hacer comparecer como testigo al jefe de seguridad del Palacio de La Moncloa para aclarar el misterio.

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